Visto el escrito remitido por la entidad The Sumitomo Bank, Limited, sucursal en España, en el que solicita quedar excluida como entidad colaboradora en la recaudación de tributos, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 287 para actuar como colaboradora con el Tesoro en la gestión recaudatoria, correspondiente a la entidad The Sumitomo Bank, Limited, sucursal en España. En consecuencia, la citada entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el punto 2 del apartado I de la Orden de 15 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 22).
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante el Director general de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de enero de 1999.–El Director del Departamento, Juan Beceiro Mosquera.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid