En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Reforma
Universitaria y en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), por el que se regulan
los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes
Universitarios, y en su nueva redacción dada por el Real Decreto
1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11
de julio), y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la
Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real Decreto
1291/1991, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 10),
Este Rectorado, conforme al acuerdo de la Junta de Gobierno
de esta Universidad de fecha 21 de diciembre de 1998, ha resuelto
convocar pruebas selectivas para la provisión de las plazas que
figuran como anexoIalapresente Resolución, con sujeción a
las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1. A los presentes concursos les será aplicable la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín
Oficial del Estado" de 1 de septiembre); el Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 26 de octubre); la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín
Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985), por la que se desarrolla
con carácter transitorio dicho Real Decreto y, en lo no previsto,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y la legislación general
de Funcionarios Civiles del Estado.
1.2. Los concursos tendrán procedimiento independiente
para cada plaza o plazas convocadas.
2. Requisitos de los candidatos
2.1. Para ser admitido a las presente pruebas selectivas los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida
en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según lo
establecido en el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín
Oficial del Estado" de 7 de junio).
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
cumplido los setenta años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones
públicas. En el caso de los concursantes que no ostenten la nacionalidad
española, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.2. Requisitos específicos:
a) Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea, según lo establecido en el Real
Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
de 7 de junio), por el que se regula el acceso a determinados
sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea.
b) Tener cumplido los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de las funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a
Profesores de Universidad.
2.3. Deberán reunir, además, las condiciones académicas
específicas que a continuación se señalan:
a) Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 4. o , apartado 1, letra c), del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre.
b) Para concursar a las plazas de Profesor titular de
Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las
condiciones señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la Ley
11/1983, de 25 de agosto.
c) Para concursar a la plazas de Catedrático de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Doctor.
d) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto
o Ingeniero, o cumplir las condiciones señaladas en el artículo
35, apartado 1, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria.
2.4. Los requisitos establecidos en la presente base deberán
cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
3. Solicitudes
3.1. La solicitud para participar en estas pruebas selectivas
se ajustará según modelo anexo II, que aparece en la Resolución
Rectoral de 15 de febrero de 1990 ("Boletín Oficial del Estado"
de 19 de marzo) y en la página web (http://www.uclm.es/vic-prof).
3.2. Las solicitudes, dirigidas al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha, se
presentarán en el Registro General de esta Universidad (antiguo
hospital de la Misericordia, calle Altagracia, 65, 13071 Ciudad Real)
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.3. Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar la
cantidad de 4.000 pesetas en concepto de derechos de examen
y formación de expedientes, de conformidad con lo establecido
en el artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. El ingreso
deberá efectuarse en la cuenta cliente, código
2105 0200 80 0140032000, de la Caja Castilla-La Mancha,
oficina de calle Ciruela, 9, 13001 Ciudad Real, haciéndose constar
los siguientes datos: Nombre y apellidos del interesado y plaza
a la que concursa (Cuerpo, área y número). El ingreso podrá
efectuarse en metálico o transferencia bancaria.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100.
3.4. Junto con la solicitud se acompañará la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del título que para cada plaza se
requiere o, en su caso, de las certificaciones de pago de los
derechos de un título, según modelo establecido en Resolución
de 26 de junio de 1989 ("Boletín Oficial del Estado" de 18 de
julio), de la Secretaría de Estado de Universidades relativa a la
expedición de títulos. En caso de haberse obtenido en el extranjero,
deberá haber sido homologado en España.
c) Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten
el cumplimiento de los requisitos académicos que se señalan en
los puntos 2.2 y 2.4, letra b) de la base segunda.
d) Ejemplar del recibo de ingreso debidamente diligenciado
por la entidad bancaria, como justificante del abono de los
derechos de examen. Aquellos aspirantes que hubieran realizado el
abono de estos derechos mediante transferencia adjuntarán,
inexcusablemente, el resguardo acreditativo de haber realizado dicha
transferencia. La falta de este justificante determinará la exclusión
del aspirante.
En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la
transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en
el punto 3.2. Procederá la devolución de las tasas cuando no
se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto
pasivo.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de los
interesados.
3.6. El domicilio que figura en las instancias se considerará
el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación
del mismo como la comunicación a la Administración de cualquier
cambio de dicho domicilio.
3.7. La concurrencia de dichos requisitos deberá estar
referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo
fijado para solicitar la participación del mismo.
4. Admisión de aspirantes
4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará resolución
por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos
con indicación de las causas de exclusión.
Esta resolución será remitida a todos los aspirantes por
cualquiera de los procedimientos establecido en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Contra esta resolución los interesados
podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de quince
días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación
de la relación de admitidos y excluidos. Resueltas dichas
reclamaciones o transcurrido el plazo para efectuar las mismas sin
que se haya producido alguna, en su caso, la relación de admitidos
y excluidos adquirirá carácter definitivo.
4.2. Al término de dicho plazo si hubiera de producirse
variaciones en la relación provisional, se notificará a los interesados
la lista definitiva de admitidos o excluidos, con indicación,
igualmente, de las causas de exclusión.
4.3. Únicamente procederá la devolución de las tasas cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo.
5. Desarrollo del concurso
5.1. El Presidente de la Comisión, previa consulta de los
restantes miembros de la misma, dentro del plazo reglamentariamente
establecido para la constitución de la Comisión dictará resolución
que deberá ser notificada a todos los interesados con una
antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha del
acto para el que se le cita convocando:
a) A todos los miembros titulares de la Comisión, y, en su
caso, suplentes, para proceder al acto de constitución de la misma,
para fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán para la
valoración equilibrada de las pruebas.
En el acto de constitución, la Comisión adoptará, además, todas
las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo
de las pruebas.
b) A todos los aspirantes admitidos, para realizar el acto de
presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora
y lugar de celebración de dicho acto, que no podrá exceder de
dos días hábiles desde la constitución de la Comisión.
5.2. Del acto de presentación:
a) En el acto de presentación, que será público, los
concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación
señalada en el artículo 9.1 (para las plazas convocadas para
"concurso de acceso") o en el artículo 10.1 (para las plazas convocadas
por "concurso de méritos") del Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre, modificado por Real Decreto 1427/1986, de 13
de junio, según modelo anexo III, que aparece en la Resolución
Rectoral de fecha 15 de febrero de 1990 ("Boletín Oficial del
Estado" de 19 de marzo) y disponible en la página web indicada en
el apartado 3.1. de esta convocatoria. Asimismo recibirán cuantas
instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban
comunicárseles.
La Comisión comunicará a los aspirantes por concurso de
méritos la decisión adoptada sobre la posibilidad prevista en el
artículo 10.3 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
b) En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo,
el orden de actuación de los concursantes y se fijará el lugar,
fecha y hora del comienzo de las pruebas, las cuales deberán
comenzar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el
siguiente al acto de presentación.
6. Presentación de documentos y nombramientos
6.1. Los candidatos propuestos para la provisión de plazas
deberán presentar en el Registro General de la Universidad, en
el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación
de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
los siguientes documentos:
a) copia compulsada del documento nacional de identidad
o documento equivalente en los demás Estados miembros de la
Unión Europea.
b) Fotocopia compulsada del título académico requerido para
la plaza que ha sido propuesto.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de ninguna
Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de la funciones docentes
y asistenciales.
Los concursantes que no ostenten la nacionalidad española
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la Función
Pública.
d) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de
las funciones correspondientes a Profesor de Universidad,
expedida por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda,
competentes en materia de Sanidad.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.
6.2. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos
de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u
Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de
funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios.
6.3. Los nombramientos propuestos por la Comisión, serán
efectuados por el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
6.4. En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su
destino.
7. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones podrán ser
impugnados por los interesados ante el Rector de la Universidad
de Castilla-La Mancha, en los casos y en la forma prevista en
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, agotadas,
en su caso, las reclamaciones previstas en las normas específicas.
Ciudad Real, 27 de enero de 1999.-El Rector, Luis Alberto
Arroyo Zapatero.
ANEXO QUE SE CITA
Número de plazas: Una. Cuerpo: Catedráticos de Universidad
(C.U. 5/99). Área de conocimiento: "Genética". Departamento:
Ciencia y Tecnología Agroforestal. Actividad Docente y destino:
Docencia en Genética, Ingeniería Genética y Biotecnología en la
Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Albacete.
Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
(C.U. 6/99). Área de conocimiento: "Edafología y Química
Agrícola". Departamento: Ciencia y Tecnología Agroforestal Actividad
docente y destino: Docencia Química General y Agrícola, Química
Agrícola, Química de los Productos Agrarios en la Escuela Técnica
Superior de Ingenieros Agrónomos de Albacete. Clase de
convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Catedráticos de Universidad
(C.U. 7/99). Área de conocimiento: "Pintura". Departamento: Arte.
Actividad docente y destino: Docencia en Pintura I en la Facultad
de Bellas Artes de Cuenca. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Universidad (T.U.
9/99). Área de conocimiento: "Ingeniería Agroforestal".
Departamento: Producción Vegetal y Tecnología Agraria. Actividad
docente y destino: Docencia en Procesos de las Industrias
Agroalimentarias; diseño de Industrias Agroalimentarias en la Escuela
Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Albacete. Clase
de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Universidad (T.U.
10/99). Área de conocimiento: "Mecánica de Medios Continuos
y Teoría de Estructuras". Departamento: Mecánica Aplicada e
Ingeniería de Proyectos. Actividad docente y destino: Docencia en
Mecánica de Medios Continuos, Elasticidad y Resistencia de
Materiales, Teoría de Estructuras y Construcciones Industriales, Cálculo
Avanzado Estructuras en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros
Industriales de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Universidad (T.U.
1/99). Área de conocimiento: "Nutrición y Bromatología".
Departamento: Química Analítica y Tecnología de los Alimentos.
Actividad docente y destino: Docencia en Higiene de los Alimentos
y en Bromatología en la Facultad de Químicas de Ciudad Real.
Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Universidad (T.U.
12/99). Área de conocimiento: "Derecho Internacional Público
y Relaciones Internacionales". Departamento: Ciencia Jurídica.
Actividad docente y destino: Docencia en Derecho Internacional
Público en la Facultad de Ciencias Sociales en Cuenca. Clase de
convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Universidad (T.U.
13/99). Área de conocimiento: "Escultura". Departamento: Arte.
Actividad docente y destino: Docencia en Escultura II en la
Facultad de Bellas Artes de Cuenca. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Universidad (T.U.
14/99). Área de conocimiento: "Derecho Procesal".
Departamento: Ciencia Jurídica. Actividad docente y destino: Docencia en
Derecho Procesal en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
en Toledo. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Escuela
Universitaria (T.E.U. 1/99). Área de conocimiento: "Arquitectura y
Tecnología de Computadores". Departamento: Informática. Actividad
docente y destino: Docencia en Fundamentos de Computadores
de Ingeniería Técnica de Informática de Sistemas en la Escuela
Politécnica Superior en Albacete. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Cuerpo: Titulares de Escuela
Universitaria (T.E.U. 2/99). Área de conocimiento: "Física Aplicada".
Departamento: Física Aplicada. Actividad docente y destino:
Docencia en Física en la Escuela Universitaria Politécnica de
Almadén. Clase de convocatoria: Concurso.
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