Por Orden de 30 de julio de 1998 del Ministerio del Interior
("Boletín Oficial del Estado" del 13 de agosto), se convocó concurso
de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a
los grupos C, D y E, vacantes en el Organismo Autónomo Jefatura
Central de Tráfico.
De conformidad con lo dispuesto en la base VI.4.a) de dicha
convocatoria, se publicó Resolución de 13 de enero de 1999,
de la Dirección General de Tráfico ("Boletín Oficial del Estado"
del 22), por la que se hace pública la adjudicación provisional
de las plazas convocadas.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la
convocatoria, vista la valoración provisional de méritos alegados,
examinadas y solventadas las reclamaciones interpuestas contra la
citada adjudicación provisional y de acuerdo con la propuesta
elaborada por la Comisión de Valoración,
Este Ministerio resuelve:
Primero.-Hacer pública la adjudicación definitiva de destinos
de los funcionarios que han participado en el concurso y que
figuran en el anexo de la presente Orden.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo.
Tercero.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino será
de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un
mes, si comporta cambio de residencia o supone el reingreso al
servicio activo, de acuerdo con lo establecido en la base VII.3
de la Orden de convocatoria.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Resolución
comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación.
Las disposiciones de este punto se entenderá sin perjuicio de
las facultades otorgadas a los SubsecretariosyalaSecretaría
del Estado para la Administración Pública, por el apartado 2 del
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los
interesados, salvo que, por razones justificadas, el órgano convocante
acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa según lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10 y 11
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y en los artículos 66 y 74 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, en relación con el artículo 57 de
la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta
Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a su publicación.
Madrid, 3 de marzo de 1999.-P. D. (Orden de 30 de noviembre
de 1998), el Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Tráfico.
ANEXO (Ver imágenes páginas 10948 a 10971).
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