De acuerdo con los artículos 260.5 de la Ley Hipotecaria, artículo 3.1.b) del Real Decreto 1882/1996, de 2 de agosto, de Estructura Básica del Ministerio de Justicia, y artículo 4.2.3 de los Estatutos Generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, y a solicitud motivada de dicho Colegio, esta Dirección General ha resuelto:
Declarar inhábiles a todos los efectos registrales los días 19 y 20 del próximo mes de abril, para los Registros de la Propiedad de Barcelona, con motivo del traslado de dichos Registros a una nueva sede.
Dar la mayor difusión posible a este acuerdo, mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para salvaguardar la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario, y evitar molestias a los ciudadanos.
Madrid, 17 de marzo de 1999.–El Director general, Luis María Cabello de los Cobos y Mancha.
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