A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la sesión del Pleno, celebrada el día 17 de febrero de 1999, y en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 29), del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 28), de desarrollo parcial de dicha Ley,
Este Ministerio ha resuelto:
Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre el bien mueble que fue incluido en el catálogo de la subasta pública celebrada por la «Sala Gros», Subastas de Arte, en Madrid, el día 23 de febrero de 1999, que figura con el número y referencia siguientes:
Lote número 261: Benditera de opalina blanca. Real Fábrica de La Granja. S. XVIII. Esmaltada en suave policromía. Frente de forma plana y perfil recortado. Decoración central con el símbolo mariano rodeado por motivo de cinta y lazo con guirnalda floral en la parte superior. Cazoleta periforme con idéntica decoración y remate esférico. Perímetro exterior de toda la pieza fleteado en dorado.
Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de 300.000 pesetas, más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.
Que dicho bien mueble se deposite en el Museo Nacional de Artes Decorativas, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.
Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de marzo de 1999.
RAJOY BREY
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura, ilustrísima señora Subsecretaria e ilustrísimo señor Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.
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