En el recurso contencioso-administrativo número 1.181/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «CTM-Holding, Sociedad Anónima», actuando como coadyuvante «Tabacalera, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 24 de junio de 1994 y de 22 de febrero de 1995, se ha dictado, con fecha 13 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador señor Sorribes Calle, en nombre y representación de la sociedad ‘‘CTM-Holding, Sociedad Anónima’’, contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 24 de junio de 1994, confirmadas en reposición por Acuerdo de fecha 22 de febrero de 1995, por las que se denegó la inscripción de las marcas números 1.796.107, 1.796.108 y 1.796.109, para productos de la clase 34, debemos declarar y declaramos que ambas Resoluciones son ajustadas al ordenamiento jurídico, por lo que deben ser confirmadas. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid