En el recurso contencioso-administrativo número 464/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Alcampo, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1995, se ha dictado, con fecha 7 de mayo de 1998,por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de la entidad “Alcampo, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1995, por la que se concedió el registro de la marca número 1.925.891, “Capitán Mani”, al haber ganado firmeza dicha Resolución. Sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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