Conforme a lo dispuesto en la Orden de 23 de enero de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 29), por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios del Consejo Superior de Deportes (C.S.D.), base sexta, punto séptimo, y de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la Resolución del Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, de 9 de marzo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 17), por la que se clasifican las instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, a efectos de lo previsto en la Orden de 23 de enero de 1998, la clasificación de los centros se realizará por la Dirección General de Deportes del C.S.D.
Una vez analizada la documentación remitida por los titulares de la instalación y de acuerdo con los criterios específicos señalados en el apartado primero de dicha Resolución, por el que se establecen los criterios de clasificación, el Director general de Deportes, resuelve clasificar al Centro Especializado de Alto Rendimiento de Ciclismo, en Valencia.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de abril de 1999.−El Director general de Deportes del Consejo Superior de Deportes, Eduardo Ayuso Canals.
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