Contido non dispoñible en galego
Por Resolución de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, de 26 de enero de 1999, fueron nombrados
funcionarios en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones
Penitenciarias, Escalas Masculina y Femenina, los aspirantes
aprobados en las correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el período de prácticas previsto en la base 1.7
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada
por Orden del Ministerio del Interior de 18 de junio de 1998
("Boletín Oficial del Estado" de 2 de julio), procede el
nombramiento de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre),
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas Masculina y
Femenina, a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo. La relación
completa de los funcionarios nombrados se encontrará expuesta
en los tablones de anuncios de todos los centros penitenciarios
y en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado".
Tercero.-Los funcionarios en prácticas don Carlos Fernández
Yagüe y don Fernando Márquez Bo, a los que les ha sido concedido
el aplazamiento para la realización del período de prácticas,
podrán incorporarse a uno posterior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 24.2 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.
Cuarto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de
reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de
julio de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 29 de mayo de 2000.-El Secretario de Estado, Ignacio
González González.
Ilmos. Sres. Director general de Instituciones Penitenciarias y
Director general de la Función Pública.
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