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El Real Decreto 1738/1997, de 20 de noviembre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad, tiene por objeto financiar una parte de los gastos derivados del control que deben realizar los programas de carne de vacuno de calidad para garantizar un completo seguimiento del producto desde la explotación de origen hasta el consumidor final.
En el artículo 5 del Real Decreto citado faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para fijar anualmente el porcentaje máximo de los gastos de control subvencionables, que no podrá exceder del 50 por 100 de los mismos. La presente Orden fija este porcentaje máximo de gasto a partir de las solicitudes de ayuda recibidas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas sin que en ningún caso se superen las disponibilidades presupuestarias.
En su virtud, dispongo:
El importe de las ayudas concedidas durante 2000 al amparo del Real Decreto 1738/1997, de 20 de noviembre, no podrá superar el 50 por 100 de los gastos derivados del control establecido en cada programa de carne de vacuno de calidad.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, a 3 de agosto de 2000.
ARIAS CAÑETE
Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretaria general de Agricultura y Alimentación y Director general de Ganadería.
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