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Documento BOE-A-2000-15555

Acuerdo de 25 de julio de 2000, del Consejo Rector de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, por el que se modifican la composición y competencias de la Comisión Delegada de dicho Consejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2000, páginas 29260 a 29260 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2000-15555
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2000/07/25/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Rector de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, en su reunión del 28 de mayo de 1999, adoptó el Acuerdo de crear la Comisión Delegada, prevista en el artículo 85 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, por la que se crea la Gerencia, y en los artículos 7.1.b) y 10 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre.

En dicho Acuerdo, además, se fijaba el régimen de funcionamiento de la Comisión Delegada y en éste y en el Acuerdo posterior de 15 de julio de 1999, se regularon las competencias que el Consejo Rector delegaba en la Comisión.

Como fruto de la experiencia acumulada en el tiempo de funcionamiento de esta Comisión Delegada, se han evidenciado algunos aspectos susceptibles de mejor regulación, tanto respecto de la composición de la precitada Comisión, como en relación con las competencias que ejerce por delegación del Consejo Rector.

En su virtud, el Consejo Rector de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, en su reunión del día 25 de julio de 2000, ha aprobado, por unanimidad, modificar la composición y las competencias atribuidas a la Comisión Delegada del mismo, mediante el siguiente Acuerdo:

1. Se mantiene la Comisión Delegada del Consejo Rector de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, creada por Acuerdo de dicho Consejo Rector de fecha 28 de mayo de 1999, cuya composición pasa a ser la siguiente:

Presidente: El Director de la Gerencia.

Vocales: El Director del Gabinete del Secretario de Estado de Seguridad ; el Secretario general de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, quien actuará además como Secretario de la Comisión Delegada ; un representante de la Dirección General de la Policía, con nivel de Subdirector general ; un representante de la Dirección General de la Guardia Civil, con nivel de Subdirector general ; y un representante de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, con nivel de Subdirector general.

2. La Comisión Delegada del Consejo Rector de la G.I.S.E. se ajustará en su funcionamiento y en el régimen de adopción de acuerdos a lo establecido en el capítulo 2 del título II de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Se modifican las competencias atribuidas a la Comisión Delegada del Consejo Rector de la G.I.S.E., que pasan a ser las siguientes:

3.1 Se encargará de la preparación, estudio y deliberación de las cuestiones propias de la competencia del Consejo Rector, al que elevará las correspondientes propuestas.

3.2 Ejercerá, por delegación del Consejo Rector, las siguientes competencias:

3.2.1 Aprobar las enajenaciones y adquisiciones de bienes inmuebles, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de la G.I.S.E., hasta el límite de 300 millones de pesetas.

3.2.2 Aprobar los contratos que celebre la Gerencia, por un importe máximo que no podrá superar la cantidad de 300 millones de pesetas en aportaciones propias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

3.2.3 Autorizar la firma de todo tipo de convenios con entidades públicas y privadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 74.4 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, siempre que el importe de las operaciones previstas no supere los 300 millones de pesetas de aportaciones propias o carezcan de cuantía.

3.2.4 Acordar el ejercicio de las acciones y recursos que correspondan a la G.I.S.E. en defensa de sus intereses ante las Administraciones Públicas y los Tribunales de Justicia, en asuntos de cuantía inferior a los 100 millones de pesetas, excluyendo los de cuantía indeterminada.

3.2.5 Autorizar los pagos aplazados en las adquisiciones, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General Presupuestaria ; y los cobros aplazados en las enajenaciones en las que proceda, con el límite máximo de 300 millones de pesetas.

3.2.6 Resolver los recursos ordinarios interpuestos contra las resoluciones y actos de trámite dictados por el Director de la Gerencia.

3.2.7 Autorizar las operaciones de crédito y las demás de endeudamiento de la G.I.S.E., cuyo importe no podrá superar los 25 millones de pesetas, dentro de los límites de la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado.

3.2.8 Convocar públicas subastas, en sus modalidades al alza y a la baja, para la enajenación de inmuebles, con arreglo a los pliegos de condiciones aprobados por el Consejo Rector, y sin perjuicio de las facultades de éste para aprobar las enajenaciones.

4. El Consejo Rector acuerda, igualmente por unanimidad, delegar en el Director de la Gerencia las siguientes competencias:

4.1 Proponer a los órganos competentes para su aprobación las modificaciones de la organización y estructura de la G.I.S.E., así como los correspondientes catálogo y relación de puestos de trabajo.

4.2 Aprobar el inventario de bienes y derechos de la G.I.S.E.

Madrid, 25 de julio de 2000.-El Secretario de Estado de Seguridad, Presidente del Consejo Rector de la G.I.S.E., Pedro Morenés Eulate.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 25/07/2000
  • Fecha de publicación: 17/08/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-1365).
Materias
  • Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado
  • Ministerio del Interior
  • Organización de la Administración del Estado

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