Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-16327

Resolución de 20 de junio de 2000, de la Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, el inmueble correspondiente a "Hostal del Reloj", localizado en Guadalajara.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 2 de septiembre de 2000, páginas 31001 a 31003 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2000-16327

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (calle Trinidad, 8, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.

Hacer saber al Ayuntamiento de Guadalajara que según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).

Quinto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.

Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 20 de junio de 2000.–El Director general, Rafael López Martín de la Vega.

ANEXO

Descripción histórico-artística

El edificio hoy conocido como «Hostal del Reloj», también denominado Casa Solariega del Mayorazgo Don Pedro Suárez de Alarcón, en la ciudad de Guadalajara, que ocupa una superficie de 1.000 metros cuadrados, presenta tres fachadas: Dos principales, que dan a la calle Dr. Mayoral y plaza de don Pedro, y otra secundaria, con vistas a la plaza de la Antigua. Consta de semisótano, planta baja, primera, áticos y buhardillas. Un gran patio central articula el edificio en tres cuerpos diferenciados.

Merecen ser destacados los dos portones principales, divididos en dos grandes hojas, realizadas en cuarterones moldurados; así como requiere especial mención la puerta de la calle Dr. Mayoral, que incluye un motivo ornamental cruciforme. En cuanto a la rejería, se distinguen tres ejemplos distintos: rejas carceleras de cuadradillo para los huecos inferiores; antepechos en los balcones de plantas superiores, de barrotes perpendiculares con anillaciones, y, por último, la cerrajería de los portones principales, donde se conservan unas espléndidas fallebas de paletón.

Todos estos componentes manifiestan la singularidad del edificio, y además permiten establecer una cronología determinada, que se encuadraría en las primeras décadas del siglo XVII.

El Mayorazgo Suárez de Alarcón fue fundado en la ciudad de Guadalajara por Alonso Gutiérrez de Écija –Alcaide de Alcázar y de las fortificaciones de Guadalajara hechas por los Reyes Católicos– y por su esposa, Violante Suárez de Alarcón, en el último tercio del siglo XV. Desde entonces, todos los bienes patrimoniales de la familia eran transmitidos en bloque al primogénito heredero.

El primero en recibir el Mayorazgo fue el licenciado don Pedro Suárez de Alarcón, casado con doña Ana de Hermosa, que fue Alcalde de Corte en la Chancillería de Valladolid. La reiteración del nombre don Pedro Suárez de Alarcón en los titulares del Mayorazgo –al primero le sucedió su hijo don Pedro y a éste su también hijo llamado don Pedro–, durante todo el siglo XVI, y la continua permanencia de sus «casas principales» en el mismo emplazamiento urbano, supuso que parte de éste pasara a denominarse «Plazuela de don Pedro», como aún se conoce en la actualidad. Asociada a este Mayorazgo se encontraba la Iglesia de Santo Domingo de Silos, que fue mandada construir en la actual plaza Mayor por Gómez Suárez de Écija y su mujer Constanza de Ávila, en las primeras décadas del siglo XV.

El edificio del «Hostal del Reloj» es un ejemplo de arquitectura civil encuadrado en la tendencia más innovadora de su momento, el manierismo clasicista o herreriano. Sus principales características son: La disposición equilibrada del plano, la proporcionalidad y perpendicularidad de los huecos, la sobriedad de los motivos ornamentales, la inclusión de rejería en el plano del muro y el recuadre de las ventanas y los balcones principales. Referencias todas ellas que se pueden apreciar en todos los edificios notables construidos a caballo entre los siglos XV y XVI.

No cabe duda de que las «casas principales» del Mayorazgo Suárez de Alarcón son una pieza única, y ello no sólo por la desaparición de las demás, sino por sus características propias. Son un exponente claro y representativo de la arquitectura de vanguardia de su época.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a «Hostal del Reloj», localizado en Guadalajara.

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana: 58834, parcela 05, completa.

Manzana: 59821, parcela 01, completa.

Manzana: 59823, parcelas 01 y 11, completas.

Manzana: 59831, parcelas 01, 22, 23 y 24, completas.

Manzana: 60821, parcelas 01 y 04, completas.

Manzana: 60836, parcelas 02 y 14, completas.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y percelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/211/16327_10585588_image1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid