Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-16744

Resolución de 31 de agosto de 2000, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace pública la lista de admitidos y excluidos para las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, y se indica el lugar, día y hora para la celebración del primer ejercicio.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 15 de septiembre de 2000, páginas 31776 a 31776 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2000-16744

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 28 de junio de 2000, de la Dirección General

de Instituciones Penitenciarias, se convocan pruebas selectivas

para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria

("Boletín Oficial del Estado" de 14 de julio).

Expirado el plazo de presentación de solicitudes que había sido

ampliado por Orden de 28 de julio de 2000 ("Boletín Oficial del

Estado" de 7 de agosto) y de acuerdo con lo dispuesto en la base 4.1

de la convocatoria, se declaran aprobadas las listas de admitidos

y excluidos en las citadas pruebas, con expresión de las causas

de exclusión que se adjuntan en el anexo I.

Al mismo tiempo, se establece que:

Primero.-Las listas certificadas provisionales completas de

admitidos y excluidos serán expuestas en las Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en Subdelegaciones

del Gobierno en las provincias, en la Dirección General de

Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Dirección

General de la Función Pública y en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas.

Segundo.-El primer ejercicio de la fase de oposición será el

día 21 de octubre de 2000, a las diez horas y se realizará en

la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación,

de la Universidad Politécnica, avenida de la Complutense, sin

número, Ciudad Universitaria, Madrid. Los aspirantes concurrirán

a la prueba provistos del documento nacional de identidad,

bolígrafo, lápiz del número 2 y goma de borrar.

Tercero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por Ley 4/1999, de 13 de enero, se concede a los aspirantes

un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de esta

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para la subsanación

de errores u omisiones que hubiese en las citadas listas.

Cuarto.-Los aspirantes que dentro del plazo señalado no

subsanen el error u omisión justificando su derecho a estar incluidos

en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de

la realización de las pruebas selectivas.

Quinto.-Frente a los actos de exclusión definitivos dictados

por la autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer

potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad

convocante en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

al de la publicación de la Resolución o ser impugnado directamente

ante el órgano jurisdiccional competente, pudiendo interponerse

en este caso recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación

de la Resolución, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 31 de agosto de 2000.-El Director general, Ángel

Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Cuadro de exclusiones

1. Instancia fuera de plazo.

2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen

correspondientes.

3. Falta de declaración jurada o promesa escrita de que

carece de rentas superiores al salario mínimo interprofesional,

necesaria para estar exenta del pago.

4. Falta de certificación de no negación de participación en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales,

necesaria para estar exento de pago.

5. Falta del tiempo suficiente en el certificado de demanda

de empleo, necesario para estar exento de pago.

6. No cumplir el requisito de la base 3.4 respecto a las

solicitudes.

7. Falta de firma en la solicitud.

8. Modelo no oficial de solicitud.

9. Instancia de solicitud sin completar datos.

10. Falta certificado de la demanda de empleo necesario para

estar exento del pago de tasas.

11. Pago insuficiente de las tasas de derecho de examen.

12. Falta de fotocopia del documento nacional de identidad.

Lista de excluidos

Orden Instancia Apellidosynombre DNI F.nacim. Minusvalía Exclusión

1 94 Aragón Cañadas, Norberto J. ................ 27.277.698 15- 9-1957 0 12

2 97 Camps Quijano, Jacqueline Eulalia .......... 2.550.269 12- 2-1966 0 6

3 84 Cia Blasco, Pedro ............................ 17.738.355 21- 4-1973 0 12

4 88 Cordero López, M. Mercedes ................. 1.177.557 10- 9-1949 0 4

5 92 Doeste Franco, Alfredo ....................... 35.292.571 18- 2-1961 0 12

6 85 García Castrejón, José Luis .................. 46.572.484 21- 5-1969 0 12

7 87 Gil Mateo, Jesús Ángel ....................... 16.803.970 22- 6-1971 0 12

8 95 Gutiérrez Sancho, Antonio ................... 28.526.127 6- 3-1957 0 12

9 86 Mateos Rodríguez, Antonio ................... 24.843.189 25-12-1954 0 12

10 89 Ramallo Guevara, René Guillermo ........... 29.046.084 28- 4-1949 0 2

11 83 Sanz González, M. Nieves .................... 18.904.751 29- 7-1955 0 12

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid