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Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley
23/1988, de 28 de julio,
Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por
el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo
que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con
arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser
solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos
establecidos para el desempeño del mismo.
Segunda.-Los interesados dirigirán sus solicitudes, que
deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la ilustrísima
señora Directora general de Programación Económica, Personal
y Servicios, dentro del plazo de quince días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado" y las presentarán en el Registro
de la Secretaría de Estado (plaza del Rey, 1, Madrid), o en la
forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
En el supuesto de que un mismo solicitante optase a más de
un puesto de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberá
formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando
el orden de preferencia en que se soliciten.
Tercera.-A las citadas solicitudes deberán acompañar
currículum vitae en el que harán constar los títulos académicos que
posean, puestos de trabajo desempeñados y demás circunstancias
y méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.
Cuarta.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, ante el titular del Departamento,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
ante el correspondiente Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo
interponerse este último hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada a los mismos
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos
9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Madrid, 11 de septiembre de 2000.-P. D. (Órdenes de 17
de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19, y de 3 de
julio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 5), la Directora
general de Programación Económica, Personal y Servicios,
Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra Directora general de Programación Económica, Personal
y Servicios.
ANEXO I
Resolución de 11 de septiembre de 2000
SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA
Secretaría de Estado de Cultura
Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Ayudante de Secretaría
de la Secretaria (EPC050000128001007). Dotaciones: 2. Nivel:
16. Complemento específico: 580.656 pesetas/año.
Administración: AE. Grupo: C/D. Localidad y provincia: Madrid.
Gabinete del Secretario de Estado de Cultura
Número de orden: 2. Puesto de trabajo: Secretaria de Director
del Gabinete (EPC050000228001023). Dotaciones: 2. Nivel: 14.
Complemento específico: 580.656 pesetas/año. Administración:
AE. Grupo: C/D. Localidad y provincia: Madrid.
ANEXO II (ver imagen página 31784).
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