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Documento BOE-A-2000-19346

Resolución de 5 de octubre de 2000, de la Universidad de Murcia, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la Escala Técnica de Gestión de la misma, mediante el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2000, páginas 37444 a 37450 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-19346

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Real Decreto 1282/1985, de 19 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio), y con el fin de atender

las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma

Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como

en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de la

Universidad de Murcia, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de

la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, mediante

el sistema de promoción interna. El número de plazas convocadas

podrán incrementarse en la resolución rectoral a que se refiere

la base 4.1.

Los aspirantes que superen estas pruebas selectivas serán

nombrados para el mismo puesto de trabajo que desempeñen,

modificándose, si fuera necesario, la relación de puestos de trabajo.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado ; los

Estatutos de la Universidad de Murcia, y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas

y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición comenzará

a partir del 1 de febrero de 2001, determinándose en la resolución

que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista

de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de

concurso. Dicha lista deberá exponerse, en todo caso, en el local

donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición

y en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de

acceso a la función pública (artículo 30 del Real Decreto

315/1964, de 7 de febrero), y en particular:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

b) Pertenecer al grupo B de las Escalas de Gestión de

Universidades Estatales, Cuerpos o Escalas de Gestión de la

Administración del Estado y sus Organismos Autónomos, de la

Seguridad Social, Comunidades Autónomas o de las Corporaciones

Locales.

c) Tener destino en propiedad en la Universidad de Murcia

en dicho grupo, como funcionario de carrera de alguno de los

Cuerpos o Escalas indicadas en el anterior apartado b), o estar

en cualquiera de las situaciones que permiten la reserva de puesto

de trabajo.

d) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en los

Cuerpos o Escalas citados.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, correspondientes a algunos de los Cuerpos o

Escalas citados no serán computables, a efectos de antigüedad,

para participar en estas pruebas selectivas.

2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes

y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como

funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo en solicitud, que se ajustará al modelo que figura

como anexo III de esta convocatoria. A la solicitud se acompañará

una fotocopia del documento nacional de identidad. Los aspirantes

que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá

carácter eliminatorio, deberán hacerlo constar en la solicitud,

indicando en el recuadro A del apartado 23 (datos a consignar según

las bases de la convocatoria), la antigüedad en años en el Cuerpo

o Escala del grupo B al que pertenezcan ; en el recuadro B, el

grado personal consolidado que se posea, y en el recuadro C,

el nivel del puesto ocupado en propiedad.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Servicio de Recursos Humanos expedirá certificación acreditativa

del Cuerpo o Escala a que pertenezca el funcionario, así como

de su antigüedad en el mismo, grado personal consolidado y nivel

del puesto ocupado en propiedad, referido a la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad de Murcia (Santo Cristo, 1, 30071 Murcia),

o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de veinte días

naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al magnífico y

excelentísimo señor Rector de la Universidad de Murcia.

Los interesados adjuntarán a dicha solicitud comprobante

bancario original de haber abonado los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la

solicitud la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el

correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar,

expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de

tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta

adaptación sea necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se

ingresarán en la cuenta número 1302-3190-17-0010538111,

Universidad de Murcia, de Argentaria, oficina principal de Murcia.

En ningún caso la presentación y pago de los derechos de

examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad de Murcia, a la vista de la certificación del

Servicio de Recursos Humanos a la que se refiere la base 3.1,

dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", y en la que, además de declarar

aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar

y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación

de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de la

exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y

excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen

la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser

incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a

los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará

compuesto en la forma prevista en el artículo 191 de los Estatutos

de la Universidad de Murcia. La misma composición tendrá el

Tribunal suplente. El Tribunal se nombrará en la resolución

prevista en la base 4.1 de esta convocatoria, y se publicará en el

"Boletín Oficial del Estado".

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Murcia, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, o

si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a

pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación

de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros

del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

parcialmente por la Ley 4/1999.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros

del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así

como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por

la Ley 4/1999.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la

Universidad de Murcia.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Murcia, avenida Teniente Flomesta, sin número, edificio

"Convalecencia", teléfono 36 36 86.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el artículo 33 del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra B, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de marzo) por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el 16 de febrero de 2000.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera

otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación, a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo

ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya

celebrado, en la citada sede del Tribunal y por cualquier otro

medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de

antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector

de la Universidad de Murcia, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, y en

aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes

que superen las pruebas selectivas, por orden de puntuación

alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, una

vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso,

y teniendo en cuenta lo establecido en la base 5.12.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Rector de la Universidad de Murcia, especificando,

igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hizo pública la relación de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados

deberán presentar, en la Sección de PAS de la Universidad de

Murcia, los siguientes documentos:

A) Fotocopia debidamente compulsada del título o

certificación académica que acredite estar en posesión del título de Doctor,

Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o certificación

académica que acredite haber realizado y superado todos los

estudios necesarios para la obtención del título.

B) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

personas con minusvalías deberán presentar certificación de los

órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que

acredite tal condición, e igualmente deberán presentar

certificación de los citados órganos o de la Administración sanitaria,

acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y

funciones correspondientes.

De constar en su expediente personal los documentos del

apartado A) o B), podrán ser sustituidos por una certificación única

expedida por el Servicio de Recursos Humanos que acredite dicho

extremo.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

parcialmente por la Ley 4/1999.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

Murcia, 5 de octubre de 2000.-El Rector, José Ballesta

Germán.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorarán los servicios efectivos prestados o reconocidos

al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes, en los Cuerpos o Escalas

citados en la base 2.1, así como el grado personal consolidado

y el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto

de trabajo que desempeñe en propiedad en la misma fecha.

1.2 La fase de oposición estará formada por los tres ejercicios

que a continuación se indican, siendo los tres obligatorios y

eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario de

100 preguntas con respuestas alternativas, de las que sólo una

será válida, referentes a la totalidad del programa que figura como

anexo II de esta convocatoria. Las respuestas erróneas puntuarán

negativamente, deduciéndose una respuesta correcta por cada

"n-1" incorrectas, siendo "n" el número de opciones de respuestas

posibles en cada pregunta.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de una hora.

Segundo ejercicio: Consistirá en la expresión escrita de dos

temas coincidentes con los del programa, uno de cada una de

las dos partes de la que consta el mismo. Dichos temas serán

elegidos por cada aspirante de entre cuatro de cada parte,

determinados mediante sorteo celebrado en ese momento por el

Tribunal, en presencia de los aspirantes.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuatro

horas.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública,

convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal

dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su

ejercicio, durante un tiempo máximo de diez minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de dos

supuestos prácticos, de entre cuatro propuestos por el Tribunal,

sobre el contenido del programa que figura como anexo II y

elaborarán por escrito la propuesta de resolución, informe, recurso

y/o instrumento que proceda. Los aspirantes podrán utilizar los

textos, libros o documentación que consideren necesaria y que

aporten para la ocasión.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuatro

horas.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública,

convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal

dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su

ejercicio, durante un tiempo máximo de diez minutos.

2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios:

2.1 Fase de concurso.-La valoración de los méritos señalados

en el apartado 1.1 se realizará de la forma siguiente:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos

o Escalas del grupo B a que se refiere la base 2.1, se valorará

hasta un máximo de 3,21 puntos, teniéndose en cuenta a estos

efectos, los servicios prestados hasta la fecha de finalización del

plazo de presentación de solicitudes, asignándose por cada año

completo de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala una

puntuación de 0,214 puntos hasta el límite máximo expuesto.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado, a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta

convocatoria se otorgará la siguiente puntuación: 6,43 puntos por grado

personal, consolidado igual al 22, y 0,2825 puntos por cada

unidad de grado superior, hasta un máximo de 7,56 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

propiedad el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

9,64 puntos por nivel de destino igual al 22, y 0,57 puntos por

cada unidad de nivel de destino superior, hasta un máximo de

11,92 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los

efectos económicos de las mismas.

d) Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán

a la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer

la relación definitiva de aspirantes aprobados. Estos puntos no

podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de

oposición.

2.2 Fase de oposición:

a) Primer ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo

eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10

puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo

necesario para superarlo un mínimo de 10 puntos.

La valoración de este ejercicio será la media aritmética de las

puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal

con derecho a voto, previa eliminación a estos efectos de las

puntuaciones máxima y mínima concedidas o, en su caso, de una

de las que resulten repetidas como tales.

Esta valoración se realizará y hará pública antes de la lectura

del ejercicio a que se refiere el tercer párrafo del punto 1.2 de

este anexo. La lectura es obligatoria para los aspirantes que hayan

superado el ejercicio, quedando anulada la calificación del mismo

de no realizarse la citada lectura por causa imputable al aspirante.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 10 puntos.

La valoración de este ejercicio será la media aritmética de las

puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal

con derecho a voto, previa eliminación a estos efectos de las

puntuaciones máxima y mínima concedidas o, en su caso, de una

de las que resulten repetidas como tales.

2.3 Calificación final de las pruebas selectivas: La calificación

final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en el primer ejercicio, segundo ejercicio,

tercer ejercicio, y si persistiere el empate, éste se dirimirá por orden

alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados,

iniciándose el citado orden por la letra B a que se refiere la base

6.1 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Programa

PRIMERA PARTE

Derecho Administrativo

Tema 1. La Administración Pública: El principio de legalidad.

Las potestades administrativas: Regladas y discrecionales. El

control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.

Tema 2. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto. El

papel de la costumbre. Los principios generales del Derecho.

Tema 3. La Constitución como norma jurídica. La Ley.

Concepto y reserva de Ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias.

Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y

Decretos Legislativos.

Tema 4. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases.

Límites de la potestad reglamentaria: Formales y sustanciales.

Reglamentos ilegales: Sanción, medios técnicos de reacción y remedios

activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos

del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.

Tema 6. El acto administrativo: Motivación. Notificación.

Publicación. Actos presuntos.

Tema 7. El acto administrativo. Efectos: Eficacia demorada

y eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.

Tema 8. El acto administrativo. Nulidad de pleno derecho.

Anulabilidad. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados.

Conservación de actos y trámites. Convalidación.

Tema 9. El acto administrativo: Revisión de actos nulos.

Revisión de actos anulables. Revocación de actos. Límites de la

revisión.

Tema 10. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios

generales.

Tema 11. Órganos de las Administraciones Públicas.

Competencia. Abstención y recusación. Órganos colegiados.

Tema 12. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las

Administraciones Públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación

y tramitación de urgencia.

Tema 13. El procedimiento administrativo: Iniciación.

Ordenación. Instrucción. Finalización.

Tema 14. Los recursos administrativos: Principios generales.

Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones previas

al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

Tema 15. Las reclamaciones económico-administrativas:

Materias sobre las que pueden versar. Actos susceptibles de

reclamación. Órganos competentes para conocer y resolver las

reclamaciones.

Tema 16. Ejecución de resoluciones administrativas: Título.

Ejecutoriedad. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.

Tema 17. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción

contenciosoadministrativa. Las partes en el proceso

contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.

Tema 18. El procedimiento contencioso-administrativo.

Ejecución de sentencias. Recursos contra sentencias.

Tema 19. La intervención administrativa. La clasificación

tradicional de la actividad administrativa: Fomento, policía y servicio

público.

Tema 20. La Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas. Ámbito de aplicación. Requisitos para contratar con la

Administración.

Tema 21. Actuaciones administrativas preparatorias de los

contratos. Tramitación de los expedientes de contratación.

Prerrogativas de la Administración.

Tema 22. De los procedimientos y formas de adjudicación

de los contratos. Revisión de precios en los contratos de la

Administración.

Tema 23. Perfección y normalización de los contratos.

Ejecución y modificación. Extinción de los contratos.

Tema 24. Cesión de los contratos y subcontratación.

Contratación en el extranjero. Invalidez de los contratos.

Tema 25. El contrato de obras.

Tema 26. El contrato de gestión de servicios públicos.

Tema 27. El contrato de suministro.

Tema 28. El contrato de consultoría y asistencia. El contrato

de servicios.

Tema 29. La responsabilidad patrimonial de la

Administración. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio

de las Administraciones Públicas.

Hacienda Pública y gestión financiera

Tema 1. La Ley General Presupuestaria. Características y

Estructura.

Tema 2. El presupuesto: Concepto y clases. El Presupuesto

por programas: Objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto

en base cero: Objetivos, unidades y paquetes de decisión y

asignación de prioridades.

Tema 3. Los Presupuestos Generales del Estado: Principios

y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios.

Gastos plurianuales.

Tema 4. Modificaciones de los créditos. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de

crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

Tema 5. Los ingresos: Concepto. Impuestos directos:

Concepto y clasificación. Impuestos indirectos: Concepto y

clasificación. Tasas y precios públicos.

Tema 6. La financiación de las Comunidades Autónomas:

Financiación incondicionada, financiación condicionada y

financiación autónoma.

Tema 7. Los gastos: Concepto. Gastos de personal. Gastos

para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes

y de capital. Gastos de inversión.

Tema 8. Los pagos: Concepto. Pagos por obligaciones

presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija.

Pagos a "justificar". Justificación de libramientos.

Tema 9. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases

del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos

del Tesoro Público.

Tema 10. El control presupuestario: Concepto y ámbito de

aplicación. Control interno: La Intervención General del Estado.

El control externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia

al control de legalidad.

Tema 11. La contabilidad pública: El Plan General de

Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.

SEGUNDA PARTE

Administración de Personal

Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública: Ámbito de aplicación: Órganos superiores de la función

pública. Registros de personal.

Tema 2. Planificación de recursos humanos. Relaciones de

puestos de trabajo.

Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios:

Normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.

Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 5. Provisión de puestos de trabajo. Disposiciones

generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.

Tema 6. Carrera profesional. Grado personal. Intervalo de

niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.

Tema 7. Situaciones administrativas. Supuestos y efectos de

cada una de ellas.

Tema 8. Sistemas de retribuciones de los funcionarios:

Conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos

retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.

Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.

Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 9. Incompabilidades del personal al servicio de las

Administraciones Públicas: Principios generales y ámbito de

aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones

comunes.

Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios:

Personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias.

Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias.

Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios

públicos. La negociación colectiva y la participación en la

determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios

públicos. El derecho de reunión.

Tema 12. El régimen de la Seguridad Social de los

funcionarios. La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.

Tema 13. Las fuentes del ordenamiento laboral. Aplicación

e interpretación de las normas laborales. Principios de ordenación

jerárquica en el Derecho Laboral.

Tema 14. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad

para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos

y deberes derivados del contrato. Período de prueba.

Tema 15. Contratos formativos. Contrato de trabajo en

prácticas y contrato para la formación. Contrato a tiempo parcial,

contrato fijo-discontinuo y contrato de relevo. Contratos de

duración determinada.

Tema 16. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.

Salarios y garantías salariales. Tiempo de trabajo.

Tema 17. Modificación del contrato de trabajo: Movilidad

funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las

condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. La

suspensión del contrato de trabajo.

Tema 18. La extinción del contrato de trabajo: Causas.

Extinción por voluntad del trabajador. Extinción por causas objetivas.

Despido colectivo, disciplinario e improcedente.

Tema 19. La libertad sindical. Órganos de representación:

Delegados de personal y Comités de empresa. Derecho de reunión.

Tema 20. Los Convenios Colectivos: Naturaleza y efectos.

Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión

y extensión.

Tema 21. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El

cierre patronal.

Tema 22. El procedimiento laboral: El ejercicio de la potestad

jurisdiccional. Las partes procesales. La evitación del proceso.

El proceso ordinario. La ejecución de sentencias frente a entes

públicos.

Tema 23. La Seguridad Social: Campo de aplicación y

estructura del sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización.

Tema 24. Régimen general de la Seguridad Social: Acción

protectora. Incapacidad temporal. Invalidez.

Tema 25. Régimen general de la Seguridad Social: Jubilación.

Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.

Tema 26. Protección por desempleo: Objeto. Nivel

contributivo. Nivel asistencial. Régimen de las prestaciones.

Administración universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria: Reconocimiento

constitucional. Contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y

estructura de las Universidades. Los Estatutos de las

Universidades. El Consejo de Universidades. Competencias educativas y

órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad Autónoma

de la Región de Murcia. La Ley de Reforma Universitaria.

Tema 2. Las Universidades públicas I: Naturaleza, fines y

competencias. Organización académica: Departamentos, Facultades

y Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios.

Tema 3. Las Universidades públicas II: Órganos de gobierno

y administración colegiados: Consejo Social. Claustro

universitario. Junta de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos

de Departamento y de Institutos Universitarios.

Tema 4. Las Universidades Públicas III: Órganos de gobierno

y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario

general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de

Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas

Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios

de Departamento.

Tema 5. El Profesorado universitario: Clases y régimen

jurídico. Retribuciones.

Tema 6. El Personal de Administración y Servicios

funcionario. Clases y régimen jurídico.

Tema 7. Personal de Administración y Servicios laboral:

Convenio Colectivo de carácter interuniversitario de las Universidades

de Extremadura, Murcia, Salamanca y Valladolid. Clases y régimen

jurídico.

Tema 8. Las Universidades públicas IV: Alumnado: Acceso.

Permanencia. Planes de estudios. Titulaciones universitarias:

Oficiales y propias. La regulación de los estudios del tercer ciclo.

Tema 9. Convalidaciones de estudios y homologación de

títulos extranjeros. Becas y ayudas al estudio. Precios públicos por

prestación del servicio público de la educación superior.

Tema 10. Las Universidades públicas V: Investigación:

Proyección investigadora, científica y cultural. Participación en

programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 11 de

la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 11. Las Universidades públicas VI: Régimen

económico: Financiación y presupuesto. Régimen patrimonial.

Instrucciones de régimen económico-presupuestario de la Universidad de

Murcia.

Tema 12. Los Estatutos de la Universidad de Murcia.

Gestión pública directiva

Tema 1. La dirección de las organizaciones. Funciones

directivas. Origen y naturaleza de la autoridad. El liderazgo. Jerarquía

y autoridad. Responsabilidad y autoridad. Jerarquía lineal y

jerarquía funcional. Delegación de la autoridad. El proceso de adopción

de decisiones.

Tema 2. Planificación y programación de la actividad de la

organización. Definición de objetivos, evaluación y asignación de

recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de

reproducción en la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos

de análisis y mejora de la organización.

ANEXO III (Ver imagen página 37450)

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