En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 1282/1985, de 19 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio), y con el fin de atender
las necesidades de personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como
en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de la
Universidad de Murcia, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de
la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, mediante
el sistema de promoción interna. El número de plazas convocadas
podrán incrementarse en la resolución rectoral a que se refiere
la base 4.1.
Los aspirantes que superen estas pruebas selectivas serán
nombrados para el mismo puesto de trabajo que desempeñen,
modificándose, si fuera necesario, la relación de puestos de trabajo.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado ; los
Estatutos de la Universidad de Murcia, y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas
y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición comenzará
a partir del 1 de febrero de 2001, determinándose en la resolución
que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización.
Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a
la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de
oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista
de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de
concurso. Dicha lista deberá exponerse, en todo caso, en el local
donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición
y en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de
acceso a la función pública (artículo 30 del Real Decreto
315/1964, de 7 de febrero), y en particular:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
b) Pertenecer al grupo B de las Escalas de Gestión de
Universidades Estatales, Cuerpos o Escalas de Gestión de la
Administración del Estado y sus Organismos Autónomos, de la
Seguridad Social, Comunidades Autónomas o de las Corporaciones
Locales.
c) Tener destino en propiedad en la Universidad de Murcia
en dicho grupo, como funcionario de carrera de alguno de los
Cuerpos o Escalas indicadas en el anterior apartado b), o estar
en cualquiera de las situaciones que permiten la reserva de puesto
de trabajo.
d) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en los
Cuerpos o Escalas citados.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, correspondientes a algunos de los Cuerpos o
Escalas citados no serán computables, a efectos de antigüedad,
para participar en estas pruebas selectivas.
2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes
y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo en solicitud, que se ajustará al modelo que figura
como anexo III de esta convocatoria. A la solicitud se acompañará
una fotocopia del documento nacional de identidad. Los aspirantes
que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá
carácter eliminatorio, deberán hacerlo constar en la solicitud,
indicando en el recuadro A del apartado 23 (datos a consignar según
las bases de la convocatoria), la antigüedad en años en el Cuerpo
o Escala del grupo B al que pertenezcan ; en el recuadro B, el
grado personal consolidado que se posea, y en el recuadro C,
el nivel del puesto ocupado en propiedad.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Servicio de Recursos Humanos expedirá certificación acreditativa
del Cuerpo o Escala a que pertenezca el funcionario, así como
de su antigüedad en el mismo, grado personal consolidado y nivel
del puesto ocupado en propiedad, referido a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad de Murcia (Santo Cristo, 1, 30071 Murcia),
o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de veinte días
naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al magnífico y
excelentísimo señor Rector de la Universidad de Murcia.
Los interesados adjuntarán a dicha solicitud comprobante
bancario original de haber abonado los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la
solicitud la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el
correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar,
expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta
adaptación sea necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se
ingresarán en la cuenta número 1302-3190-17-0010538111,
Universidad de Murcia, de Argentaria, oficina principal de Murcia.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de
examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad de Murcia, a la vista de la certificación del
Servicio de Recursos Humanos a la que se refiere la base 3.1,
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", y en la que, además de declarar
aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar
y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación
de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de la
exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a
los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará
compuesto en la forma prevista en el artículo 191 de los Estatutos
de la Universidad de Murcia. La misma composición tendrá el
Tribunal suplente. El Tribunal se nombrará en la resolución
prevista en la base 4.1 de esta convocatoria, y se publicará en el
"Boletín Oficial del Estado".
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Murcia, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, o
si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación
de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros
del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
parcialmente por la Ley 4/1999.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así
como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por
la Ley 4/1999.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad de Murcia.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Murcia, avenida Teniente Flomesta, sin número, edificio
"Convalecencia", teléfono 36 36 86.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el artículo 33 del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra B, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo) por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el 16 de febrero de 2000.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación, a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado, en la citada sede del Tribunal y por cualquier otro
medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de
antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector
de la Universidad de Murcia, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud
de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, y en
aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes
que superen las pruebas selectivas, por orden de puntuación
alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, una
vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso,
y teniendo en cuenta lo establecido en la base 5.12.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad de Murcia, especificando,
igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hizo pública la relación de
aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados
deberán presentar, en la Sección de PAS de la Universidad de
Murcia, los siguientes documentos:
A) Fotocopia debidamente compulsada del título o
certificación académica que acredite estar en posesión del título de Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o certificación
académica que acredite haber realizado y superado todos los
estudios necesarios para la obtención del título.
B) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
personas con minusvalías deberán presentar certificación de los
órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que
acredite tal condición, e igualmente deberán presentar
certificación de los citados órganos o de la Administración sanitaria,
acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones correspondientes.
De constar en su expediente personal los documentos del
apartado A) o B), podrán ser sustituidos por una certificación única
expedida por el Servicio de Recursos Humanos que acredite dicho
extremo.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
9. Norma final
9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
parcialmente por la Ley 4/1999.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.
Murcia, 5 de octubre de 2000.-El Rector, José Ballesta
Germán.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará
de las siguientes fases: Concurso y oposición.
1.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorarán los servicios efectivos prestados o reconocidos
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, en los Cuerpos o Escalas
citados en la base 2.1, así como el grado personal consolidado
y el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto
de trabajo que desempeñe en propiedad en la misma fecha.
1.2 La fase de oposición estará formada por los tres ejercicios
que a continuación se indican, siendo los tres obligatorios y
eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario de
100 preguntas con respuestas alternativas, de las que sólo una
será válida, referentes a la totalidad del programa que figura como
anexo II de esta convocatoria. Las respuestas erróneas puntuarán
negativamente, deduciéndose una respuesta correcta por cada
"n-1" incorrectas, siendo "n" el número de opciones de respuestas
posibles en cada pregunta.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de una hora.
Segundo ejercicio: Consistirá en la expresión escrita de dos
temas coincidentes con los del programa, uno de cada una de
las dos partes de la que consta el mismo. Dichos temas serán
elegidos por cada aspirante de entre cuatro de cada parte,
determinados mediante sorteo celebrado en ese momento por el
Tribunal, en presencia de los aspirantes.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuatro
horas.
El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública,
convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal
dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su
ejercicio, durante un tiempo máximo de diez minutos.
Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de dos
supuestos prácticos, de entre cuatro propuestos por el Tribunal,
sobre el contenido del programa que figura como anexo II y
elaborarán por escrito la propuesta de resolución, informe, recurso
y/o instrumento que proceda. Los aspirantes podrán utilizar los
textos, libros o documentación que consideren necesaria y que
aporten para la ocasión.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuatro
horas.
El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública,
convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal
dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su
ejercicio, durante un tiempo máximo de diez minutos.
2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios:
2.1 Fase de concurso.-La valoración de los méritos señalados
en el apartado 1.1 se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos
o Escalas del grupo B a que se refiere la base 2.1, se valorará
hasta un máximo de 3,21 puntos, teniéndose en cuenta a estos
efectos, los servicios prestados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, asignándose por cada año
completo de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala una
puntuación de 0,214 puntos hasta el límite máximo expuesto.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado, a través del acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta
convocatoria se otorgará la siguiente puntuación: 6,43 puntos por grado
personal, consolidado igual al 22, y 0,2825 puntos por cada
unidad de grado superior, hasta un máximo de 7,56 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
propiedad el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
9,64 puntos por nivel de destino igual al 22, y 0,57 puntos por
cada unidad de nivel de destino superior, hasta un máximo de
11,92 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los
efectos económicos de las mismas.
d) Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán
a la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer
la relación definitiva de aspirantes aprobados. Estos puntos no
podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de
oposición.
2.2 Fase de oposición:
a) Primer ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10
puntos.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo
necesario para superarlo un mínimo de 10 puntos.
La valoración de este ejercicio será la media aritmética de las
puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal
con derecho a voto, previa eliminación a estos efectos de las
puntuaciones máxima y mínima concedidas o, en su caso, de una
de las que resulten repetidas como tales.
Esta valoración se realizará y hará pública antes de la lectura
del ejercicio a que se refiere el tercer párrafo del punto 1.2 de
este anexo. La lectura es obligatoria para los aspirantes que hayan
superado el ejercicio, quedando anulada la calificación del mismo
de no realizarse la citada lectura por causa imputable al aspirante.
c) Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos.
La valoración de este ejercicio será la media aritmética de las
puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal
con derecho a voto, previa eliminación a estos efectos de las
puntuaciones máxima y mínima concedidas o, en su caso, de una
de las que resulten repetidas como tales.
2.3 Calificación final de las pruebas selectivas: La calificación
final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en el primer ejercicio, segundo ejercicio,
tercer ejercicio, y si persistiere el empate, éste se dirimirá por orden
alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados,
iniciándose el citado orden por la letra B a que se refiere la base
6.1 de la presente convocatoria.
ANEXO II
Programa
PRIMERA PARTE
Derecho Administrativo
Tema 1. La Administración Pública: El principio de legalidad.
Las potestades administrativas: Regladas y discrecionales. El
control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.
Tema 2. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto. El
papel de la costumbre. Los principios generales del Derecho.
Tema 3. La Constitución como norma jurídica. La Ley.
Concepto y reserva de Ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias.
Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y
Decretos Legislativos.
Tema 4. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases.
Límites de la potestad reglamentaria: Formales y sustanciales.
Reglamentos ilegales: Sanción, medios técnicos de reacción y remedios
activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.
Tema 5. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos
del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.
Tema 6. El acto administrativo: Motivación. Notificación.
Publicación. Actos presuntos.
Tema 7. El acto administrativo. Efectos: Eficacia demorada
y eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.
Tema 8. El acto administrativo. Nulidad de pleno derecho.
Anulabilidad. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados.
Conservación de actos y trámites. Convalidación.
Tema 9. El acto administrativo: Revisión de actos nulos.
Revisión de actos anulables. Revocación de actos. Límites de la
revisión.
Tema 10. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios
generales.
Tema 11. Órganos de las Administraciones Públicas.
Competencia. Abstención y recusación. Órganos colegiados.
Tema 12. Los interesados en el procedimiento administrativo.
Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las
Administraciones Públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación
y tramitación de urgencia.
Tema 13. El procedimiento administrativo: Iniciación.
Ordenación. Instrucción. Finalización.
Tema 14. Los recursos administrativos: Principios generales.
Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones previas
al ejercicio de las acciones civiles y laborales.
Tema 15. Las reclamaciones económico-administrativas:
Materias sobre las que pueden versar. Actos susceptibles de
reclamación. Órganos competentes para conocer y resolver las
reclamaciones.
Tema 16. Ejecución de resoluciones administrativas: Título.
Ejecutoriedad. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.
Tema 17. La jurisdicción contencioso-administrativa.
Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción
contenciosoadministrativa. Las partes en el proceso
contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.
Tema 18. El procedimiento contencioso-administrativo.
Ejecución de sentencias. Recursos contra sentencias.
Tema 19. La intervención administrativa. La clasificación
tradicional de la actividad administrativa: Fomento, policía y servicio
público.
Tema 20. La Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas. Ámbito de aplicación. Requisitos para contratar con la
Administración.
Tema 21. Actuaciones administrativas preparatorias de los
contratos. Tramitación de los expedientes de contratación.
Prerrogativas de la Administración.
Tema 22. De los procedimientos y formas de adjudicación
de los contratos. Revisión de precios en los contratos de la
Administración.
Tema 23. Perfección y normalización de los contratos.
Ejecución y modificación. Extinción de los contratos.
Tema 24. Cesión de los contratos y subcontratación.
Contratación en el extranjero. Invalidez de los contratos.
Tema 25. El contrato de obras.
Tema 26. El contrato de gestión de servicios públicos.
Tema 27. El contrato de suministro.
Tema 28. El contrato de consultoría y asistencia. El contrato
de servicios.
Tema 29. La responsabilidad patrimonial de la
Administración. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio
de las Administraciones Públicas.
Hacienda Pública y gestión financiera
Tema 1. La Ley General Presupuestaria. Características y
Estructura.
Tema 2. El presupuesto: Concepto y clases. El Presupuesto
por programas: Objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto
en base cero: Objetivos, unidades y paquetes de decisión y
asignación de prioridades.
Tema 3. Los Presupuestos Generales del Estado: Principios
y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios.
Gastos plurianuales.
Tema 4. Modificaciones de los créditos. Transferencias de
crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.
Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de
crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
Tema 5. Los ingresos: Concepto. Impuestos directos:
Concepto y clasificación. Impuestos indirectos: Concepto y
clasificación. Tasas y precios públicos.
Tema 6. La financiación de las Comunidades Autónomas:
Financiación incondicionada, financiación condicionada y
financiación autónoma.
Tema 7. Los gastos: Concepto. Gastos de personal. Gastos
para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes
y de capital. Gastos de inversión.
Tema 8. Los pagos: Concepto. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija.
Pagos a "justificar". Justificación de libramientos.
Tema 9. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases
del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos
del Tesoro Público.
Tema 10. El control presupuestario: Concepto y ámbito de
aplicación. Control interno: La Intervención General del Estado.
El control externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia
al control de legalidad.
Tema 11. La contabilidad pública: El Plan General de
Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.
SEGUNDA PARTE
Administración de Personal
Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública: Ámbito de aplicación: Órganos superiores de la función
pública. Registros de personal.
Tema 2. Planificación de recursos humanos. Relaciones de
puestos de trabajo.
Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios:
Normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.
Convocatorias y procedimiento selectivo.
Tema 5. Provisión de puestos de trabajo. Disposiciones
generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.
Tema 6. Carrera profesional. Grado personal. Intervalo de
niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.
Tema 7. Situaciones administrativas. Supuestos y efectos de
cada una de ellas.
Tema 8. Sistemas de retribuciones de los funcionarios:
Conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos
retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.
Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.
Indemnizaciones por razón del servicio.
Tema 9. Incompabilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas: Principios generales y ámbito de
aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones
comunes.
Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios:
Personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias.
Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias.
Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios
públicos. La negociación colectiva y la participación en la
determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios
públicos. El derecho de reunión.
Tema 12. El régimen de la Seguridad Social de los
funcionarios. La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
Tema 13. Las fuentes del ordenamiento laboral. Aplicación
e interpretación de las normas laborales. Principios de ordenación
jerárquica en el Derecho Laboral.
Tema 14. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad
para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos
y deberes derivados del contrato. Período de prueba.
Tema 15. Contratos formativos. Contrato de trabajo en
prácticas y contrato para la formación. Contrato a tiempo parcial,
contrato fijo-discontinuo y contrato de relevo. Contratos de
duración determinada.
Tema 16. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.
Salarios y garantías salariales. Tiempo de trabajo.
Tema 17. Modificación del contrato de trabajo: Movilidad
funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las
condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. La
suspensión del contrato de trabajo.
Tema 18. La extinción del contrato de trabajo: Causas.
Extinción por voluntad del trabajador. Extinción por causas objetivas.
Despido colectivo, disciplinario e improcedente.
Tema 19. La libertad sindical. Órganos de representación:
Delegados de personal y Comités de empresa. Derecho de reunión.
Tema 20. Los Convenios Colectivos: Naturaleza y efectos.
Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión
y extensión.
Tema 21. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El
cierre patronal.
Tema 22. El procedimiento laboral: El ejercicio de la potestad
jurisdiccional. Las partes procesales. La evitación del proceso.
El proceso ordinario. La ejecución de sentencias frente a entes
públicos.
Tema 23. La Seguridad Social: Campo de aplicación y
estructura del sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización.
Tema 24. Régimen general de la Seguridad Social: Acción
protectora. Incapacidad temporal. Invalidez.
Tema 25. Régimen general de la Seguridad Social: Jubilación.
Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.
Tema 26. Protección por desempleo: Objeto. Nivel
contributivo. Nivel asistencial. Régimen de las prestaciones.
Administración universitaria
Tema 1. La autonomía universitaria: Reconocimiento
constitucional. Contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y
estructura de las Universidades. Los Estatutos de las
Universidades. El Consejo de Universidades. Competencias educativas y
órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia. La Ley de Reforma Universitaria.
Tema 2. Las Universidades públicas I: Naturaleza, fines y
competencias. Organización académica: Departamentos, Facultades
y Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios.
Tema 3. Las Universidades públicas II: Órganos de gobierno
y administración colegiados: Consejo Social. Claustro
universitario. Junta de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos
de Departamento y de Institutos Universitarios.
Tema 4. Las Universidades Públicas III: Órganos de gobierno
y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario
general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de
Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas
Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios
de Departamento.
Tema 5. El Profesorado universitario: Clases y régimen
jurídico. Retribuciones.
Tema 6. El Personal de Administración y Servicios
funcionario. Clases y régimen jurídico.
Tema 7. Personal de Administración y Servicios laboral:
Convenio Colectivo de carácter interuniversitario de las Universidades
de Extremadura, Murcia, Salamanca y Valladolid. Clases y régimen
jurídico.
Tema 8. Las Universidades públicas IV: Alumnado: Acceso.
Permanencia. Planes de estudios. Titulaciones universitarias:
Oficiales y propias. La regulación de los estudios del tercer ciclo.
Tema 9. Convalidaciones de estudios y homologación de
títulos extranjeros. Becas y ayudas al estudio. Precios públicos por
prestación del servicio público de la educación superior.
Tema 10. Las Universidades públicas V: Investigación:
Proyección investigadora, científica y cultural. Participación en
programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 11 de
la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 11. Las Universidades públicas VI: Régimen
económico: Financiación y presupuesto. Régimen patrimonial.
Instrucciones de régimen económico-presupuestario de la Universidad de
Murcia.
Tema 12. Los Estatutos de la Universidad de Murcia.
Gestión pública directiva
Tema 1. La dirección de las organizaciones. Funciones
directivas. Origen y naturaleza de la autoridad. El liderazgo. Jerarquía
y autoridad. Responsabilidad y autoridad. Jerarquía lineal y
jerarquía funcional. Delegación de la autoridad. El proceso de adopción
de decisiones.
Tema 2. Planificación y programación de la actividad de la
organización. Definición de objetivos, evaluación y asignación de
recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de
reproducción en la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos
de análisis y mejora de la organización.
ANEXO III (Ver imagen página 37450)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid