En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000, y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31
de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo
informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Médicos de la Sanidad Nacional (código 1200), con sujeción
a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema
general de acceso libre, dos plazas en el Cuerpo de Médicos de
la Sanidad Nacional.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 29), y por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 31); la Ley 17/1993, de 23 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo se efectuará mediante el sistema de
oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos.
1.6 El primer ejercicio de la oposición se celebrará con
posterioridad al 15 de febrero de 2001.
La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios
de la oposición será de seis meses, contados a partir de la
realización del primer ejercicio.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República
de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales
de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Licenciado en Medicina o Licenciado en Medicina y Cirugía.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso
a la función pública.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por
el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del
Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen
en el organismo internacional correspondiente. Las certificaciones
de homologación habrán de presentarse, según se establece en
el mencionado Real Decreto, acompañándolas a la solicitud para
tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter excepcional,
al Tribunal con antelación a la celebración de las correspondientes
pruebas. La eficacia de estas homologaciones se condiciona al
mantenimiento del sistema selectivo en base al cual se produjeron.
En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal a la Comisión
Permanente de Homologación.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas y Subdelegaciones del Gobierno, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en el Instituto
Nacional de Administración Pública, en la oficina de información
de los Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad y Consumo,
así como en las representaciones diplomáticas o consulares de
España en el extranjero.
3.2 En la cumplimentación de la solicitud se deberá tener
en cuenta:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio los aspirantes consignarán "Sanidad y
Consumo". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar
"Subsecretaría". En el espacio destinado a código que figura debajo
se cumplimentará el 26001. En el recuadro relativo a la tasa de
derechos de examen, en el espacio destinado a código se hará
constar el 26020, rellenándose sólo los dos primeros dígitos.
En el recuadro número 15 se señalará "Cuerpo de Médicos
de la Sanidad Nacional", consignándose el código número 1200
en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se
consignará la letra "L": Sistema de acceso libre.
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la oposición se celebrarán en Madrid capital.
Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro
número 20.
Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la misma,
en el que consignarán el porcentaje del grado de minusvalía según
el dictamen del órgano competente. Asimismo, deberán solicitar
expresándolo en el recuadro número 23, las posibles adaptaciones
de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que
esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posea para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
en la base 2.1.3 de esta convocatoria.
3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en
el Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo, paseo
del Prado, 18-20, 28014 Madrid, o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá a la Directora general
de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios
(Subdirección General de Recursos Humanos). En la solicitud
deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los
derechos de examen, como se señala en la base 3.5.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Ministerio de Asuntos
Exteriores (Subdirección General de Personal) para su entrega
posterior a este Ministerio. El interesado adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
examen, mediante el oportuno ingreso del importe, en la cuenta
restringida de recaudación número 1302 9071 9 7 0007075007
de la Caja Postal. Todos los gastos de la transferencia serán por
cuenta del aspirante. El ingreso podrá efectuarse directamente
en cualquier oficina de Caja Postal o mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria. A estos efectos, los importes
correspondientes a la tasa por derechos de examen son los que se
establecen en la base 3.5 de la presente convoctoria.
3.4 A la solicitud "ejemplar para la Administración" se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de
Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.5 De conformidad con lo establecido en el apartado siete
del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos
de examen será de 4.000 pesetas.
Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el apartado
cinco.a) del artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, los
aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que
deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en
su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, debiendo
acompañarse a la solicitud.
Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el apartado
cinco.b) del artículo 17 de la citada Ley 50/1998, estarán exentos
del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes
de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de la convocatoria, siempre que, en el plazo de que se trate,
no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubieren
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En
cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará mediante una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa
de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo
y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un
mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la
que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,
así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación
de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo
caso, los apellidos y nombre y número del documento nacional
de identidad.
4.2 Los aspirantes exluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran
la exclusión justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización
de las pruebas.
Contra la resolución definitiva de exclusión dictada podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con
carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo
de un mes ante el órgano que dictó el acto.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en
la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan
en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios en los Servicios Centrales del Ministerio de
Sanidad y Consumo, en la Dirección General de la Función Pública,
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas y en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas y Subdelegaciones del Gobierno.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus
Vocales titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario
y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus áreas de conocimiento. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la autoridad
convocante.
5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.2 las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición que sean
escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la
Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado"
del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por
la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendra su sede en el Ministerio de Sanidad y Consumo
(paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid, teléfono 91 596 43 80).
El Tribunal dispondrá que en esa sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que ha superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo
establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con
lo establecido en el Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo) por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el anterior ejercicio, así
como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del
Ministerio de Sanidad y Consumo con, al menos, veinticuatro horas
de antelación a la señalada para la celebración de los mismos.
Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado
en los locales donde se haya de celebrar y en los mencionados
tablones, con, al menos, doce horas de antelación; de considerarse
conveniente, podrán utilizarse, adicionalmente, otros métodos.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante, comunicando, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución definitiva de exclusión dictada podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, desde el día siguiene al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y
con carácter previo, recurso adminitrativo de reposición en el plazo
de un mes ante el órgano que dictó el acto.
7. Lista de aprobados
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas,
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su
documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará por duplicado copia
certificada de la lista de aprobados a la autoridad convocante que
la publicará en el "Boletín Oficial del Estado", según se establece
en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
8. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar, en el Registro General del Ministerio
de Sanidad y Consumo, o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
de la convocatoria o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
anexo IV de esta convocatoria.
C) Certificado médico oficial que acredite lo señalado en la
base 2.1.4.
Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán
presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado
la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la
hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud
de participación.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera del Cuerpo de Médicos de la Sanidad Nacional y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el proceso selectivo
y publicada la relación de aspirantes seleccionados, con
posterioridad a la presentación de documentos y previa oferta de los
mismos.
8.5 Por resolución de la autoridad convocante se procederá
al nombramiento de funcionarios de carrera del Cuerpo de Médicos
de la Sanidad Nacional que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado" con indicación del destino adjudicado.
8.6 En el caso de que alguno de los puestos de trabajo
ofrecidos como primer destino supongan la participación directa o
indirecta en el ejercicio del poder público o en las funciones que
tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del
Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos por
los aspirantes que no posean la nacionalidad española, siendo
la Administración la competente para determinar cuáles serían
esos puestos de trabajo.
8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impug
nados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 16 de octubre de 2000.-La Ministra, P. D. (Orden
de 1 de julio de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el
Subsecretario, Julio Sánchez Fierro.
Ilma. Sra. Directora general de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
El proceso de selección se realizará mediante el sistema de
oposición y constará de cinco ejercicios, todos ellos de carácter
eliminatorio.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase
de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante
la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen
un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en
esta lengua.
Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que
no posean la nacionalidad española: El contenido de esta prueba
se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 826/1988, de 20
de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que se
establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como
lengua extranjera.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del diploma superior de español como lengua extranjera,
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado
y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o
del certificado de aptitud en español para extranjeros, expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Esta prueba se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario
obtener la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas
de la fase de oposición.
Primer ejercicio: Contestación por escrito, en el plazo máximo
de tres horas a un cuestionario de 150 preguntas de respuestas
alternativas, preparado al efecto por el Tribunal, que versará sobre
el contenido del programa que se publica en el anexo II de esta
convocatoria.
Segundo ejercicio: Será por escrito y consistirá en redactar
durante el plazo máximo de cuatro horas y media, tres temas
del programa, uno de cada una de las partes de que se compone,
a elegir entre seis, dos de cada una de dichas partes. Cada opositor
procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual
el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo
durante un período de tiempo máximo de quince minutos.
Tercer ejercicio: Resolución por escrito, durante el plazo
máximo de cuatro horas, de un supuesto práctico propuesto por el
Tribunal, sobre materias contenidas en el programa. Cada opositor
procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual
el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo
durante un período de tiempo máximo de quince minutos.
Cuarto ejercicio: Redacción por escrito, durante un plazo
máximo de tres horas, de un informe de actuación dirigido a las
autoridades sanitarias y de un informe de comunicación a la población
sobre un problema sanitario planteado por el Tribunal. Cada
opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la
cual el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de
los mismos durante un período de tiempo máximo quince minutos.
Quinto ejercicio: Será escrito y consistirá en la traducción
directa y sin diccionario, en el plazo máximo de un hora, de un texto
de carácter técnico, en alemán, francés o inglés, a elegir por el
opositor. Cada opositor procederá a la lectura pública de su
ejercicio.
Todos los ejercicios se calificarán de cero a diez puntos. El
aspirante que obtenga en alguno de ellos menos de cinco puntos
quedará eliminado.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer
ejercicio: Caso de persistir el empate se utilizará el mismo criterio
atendiendo por orden a los siguientes ejercicios, tercero, cuarto,
segundo y quinto. Si persistiere el empate éste se dirimirá por
el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes
empatados, iniciándose el citado orden por la letra "B" a que se refiere
la base 6.1 de la presente convocatoria. Si aún así continuase,
se realizará un sorteo público.
ANEXO II
Programa
Primera parte
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características,
principios y derechos fundamentales.
Tema 2. La Corona y las Cortes Generales, atribuciones y
competencias. El Gobierno, designación, funciones y relaciones
con el resto de los poderes del Estado.
Tema 3. La Administración Pública, la Administración del
Estado y su organización periférica. El Estado y las Comunidades
Autónomas, la coordinación entre las distintas Administraciones.
Competencias.
Tema 4. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. Derecho
Administrativo: Concepto y fuentes.
Tema 5. Derechos, deberes y responsabilidades de los
funcionarios.
Tema 6. La Ley General Presupuestaria. El Presupuesto:
Estructura, control y ejecución del gasto. Ley de Contratos de
las Administraciones Públicas.
Tema 7. Ley de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Tema 8. Unión Europea: Antecedentes, objetivos y
funcionamiento. Instituciones comunitarias. Competencias en materia
sanitaria y farmacéutica.
Tema 9. Tratado de la Unión Europea. Derecho Comunitario.
Derecho Derivado: Complementario y Jurisprudencial.
Incorporación de las normas comunitarias a la legislación española.
Tema 10. La Agencia Europea de Evaluación de
Medicamentos. Base jurídica, estructura y funciones. Coordinación con las
autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea.
Tema 11. La Unión Europea y el Medicamento. Estructuras
de funcionamiento de comisiones. Competencia de la Comisión
Europea y los medicamentos.
Tema 12. La Administración Sanitaria. Conceptos. Principios
y niveles de organización. La Ley General de Sanidad.
Tema 13. El Ministerio de Sanidad y Consumo. Estructura.
Interrelación con otros Departamentos y con otras
Administraciones Públicas. Organismos Autónomos del Ministerio de Sanidad
y Consumo: Estructura y funciones.
Tema 14. Las Agencias de Evaluación del Medicamento en
los países europeos. La Agencia Española del Medicamento:
Estructura y funciones. Base jurídica.
Tema 15. La Organización Mundial de la Salud: Antecedentes
históricos, estructura y funciones. Otros organismos
internacionales con influencia en materia sanitaria. El Reglamento Sanitario
Internacional.
Tema 16. La salud pública: Concepto y evolución histórica.
La salud pública en España: Organización, legislación y
estructuras. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud:
Concepto, organización y funciones.
Tema 17. La ordenación farmacéutica en España:
Organización y funciones. Las prestaciones farmacéuticas.
Tema 18. Datos epidemiológicos y confidencialidad.
Legislación europea y nacional de la protección de datos personales.
La Agencia de Protección de Datos.
Tema 19. La transición demográfica, epidemiológica y de
riesgo.
Tema 20. El estado de bienestar.
Tema 21. La salud pública y su relación con la gestión y
administración sanitarias.
Tema 22. Definición del modelo sanitario. Clasificación y
descripción de los principales modelos sanitarios en el mundo. Su
evaluación.
Tema 23. El sistema nacional de salud. Estructura y
organización. Prestaciones sanitarias y sociales.
Tema 24. Atención primaria de salud. Concepto y
organización. Legislación.
Tema 25. Asistencia especializada. Concepto, legislación y
organización.
Tema 26. El hospital: Organización funcional, órganos de
gobierno, registros hospitalarios, indicadores de actividad y
rendimiento.
Tema 27. El hospital: Gestión hospitalaria. Modelos de
gestión y financiación, proceso de gestión, control de la gestión:
Indicadores de actividad y económicos.
Segunda parte
Tema 28. La medida del nivel de salud. Indicadores e índices
de salud. Perfiles de salud. Encuestas de salud.
Tema 29. Concepto de población y muestra. Técnicas de
muestreo en salud pública: Concepto, aplicación e interpretación.
Tema 30. Concepto de probabilidad. Probabilidad
condicional. Teorema de Bayes. Unidad del Teorema de Bayes en Salud
Pública.
Tema 31. Distribución de probabilidad. Distribución normal,
binomial y de Poisson.
Tema 32. Estudio preliminar de datos. Estadística descriptiva.
Tipos de variable. Escalas de medida de las variables.
Representación gráfica de datos. Estadísticos de centralización y dispersión.
Tema 33. Análisis estadístico de datos (I): Estimación de una
población a partir de una muestra. Estimación de una media.
Muestras grandes y pequeñas. Estimación de un porcentaje.
Tema 34. Análisis estadístico de datos (II): Conformidad de
un experimento con una teoría. Conformidad de un parámetro
con un valor teórico. Conformidad de una distribución
experimental con una distribución teórica.
Tema 35. Análisis estadístico de datos (III): Carácter
cuantitativo y cualitativo. Análisis de varianza.
Tema 36. Regresión y correlación: Diferencias y similitudes.
Correlación de variables cuantitativas. Coeficiente de correlación.
Significado del coeficiente de correlación. Intervalo de confianza
del coeficiente de correlación. Comparación de dos coeficientes
de correlación.
Tema 37. Regresión. Métodos de estimación de los
coeficientes de regresión. Aplicaciones de los modelos de regresión.
Utilidades en salud pública.
Tema 38. Métodos no paramétricos. Ventajas y desventajas
de estos métodos. Estudio de las principales pruebas Wilcoxon,
Kruskal, Wailis, etcétera.
Tema 39. Los sistemas de información sanitaria: Evolución
histórica, definición, conceptos y principales elementos.
Tema 40. Fuentes de información demográficas. Censos y
estructuras de población: Natalidad y fecundidad. Modelos de
población y proyecciones.
Tema 41. Fuentes de datos de mortalidad. Concepto de causa
básica de defunción y sus implicaciones. Las clasificaciones
internacionales de causa de muerte.
Tema 42. Fuentes de datos de morbilidad. Encuesta de
morbilidad hospitalaria. Registro de enfermedades. Conjunto mínimo
básico de datos. Otras fuentes.
Tema 43. La causalidad. Modelos para la inferencia causal
en epidemiología. Criterios de causalidad.
Tema 44. Metodología de la recogida de información
epidemiológica. Diseño de cuestionarios de salud.
Tema 45. Medidas de frecuencia de la enfermedad. Razones,
proporciones y tasas: Concepto y tipos. Incidencia, prevalencia
y mortalidad.
Tema 46. Ajuste de tasas. Concepto, metodología y
aplicación epidemiológica.
Tema 47. Medidas de asociación y efecto. Medidas de efecto
absoluto. Medidas de efecto relativo. Efecto atribuible. Medidas
de efecto estandarizadas.
Tema 48. Diseño y análisis epidemiológico.
Tema 49. Los estudios descriptivos. Variables
temporo-espaciales, personales y poblacionales.
Tema 50. Estudios de cohortes. Estudios de casos-cohorte.
Tema 51. Estudio de casos y controles. Estudios anidados.
Tema 52. Estudios experimentales.
Tema 53. Ensayos clínicos (I): Análisis por intención de tratar.
Análisis por protocolo. Interpretación de resultados.
Tema 54. Ensayos clínicos (II): Criterios y definición de
variables de eficacia subrogados y clínicos. Bases jurídicas de los
ensayos clínicos.
Tema 55. Estudios de utilización de medicamentos. Diseño
y aspectos metodológicos. Estudios fármaco-económicos.
Tema 56. Estudios ecológicos.
Tema 57. Análisis de supervivencia en estudios
epidemiológicos.
Tema 58. Precisión, validez y generalización en los estudios
epidemiológicos. Sesgos: Concepto, prevención y control.
Tema 59. Interacción y modificación del efecto. Concepto,
medición y evaluación.
Tema 60. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de
sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Cribado poblacional.
Tema 61. Las revisiones sistemáticas en epidemiología. Salud
pública basada en la evidencia. La documentación científica en
salud pública.
Tema 62. Especificidad del método epidemiológico al estudio
de las enfermedades transmisibles. Modelo epidemiológico de las
enfermedades transmisibles.
Tema 63. Especificidad del método epidemiológico al estudio
de las enfermedades laborales.
Tema 64. Especificidad del método epidemiológico al estudio
de las enfermedades ambientales.
Tema 65. Aspectos básicos de la farmacocinética clínica,
farmacodinámica y toxicología.
Tema 66. Técnicas de investigación social. Aplicaciones en
salud pública.
Tercera parte
Tema 67. Concepto y usos de la epidemiología.
Tema 68. La vigilancia epidemiológica: Concepto,
actividades, usos y aplicaciones. Sistemas de vigilancia epidemiológica
en España y en la Unión Europea.
Tema 69. Farmacovigilancia. Concepto, objetivos,
organización y funcionamiento de la farmacovigilancia en España.
Coordinación con la Unión Europea y otros organismos internacionales.
Sistema de vigilancia de reacciones adversas.
Tema 70. La planificación sanitaria. Definición y concepto.
Tipos de planificación. Las etapas del proceso de planificación.
Tema 71. La determinación de necesidades. Definición y
conceptos de necesidades. Métodos para la identificación de
problemas y necesidades de salud.
Tema 72. La determinación de prioridades. Examen de las
alternativas de intervención. El proceso y los instrumentos para
determinar prioridades.
Tema 73. La planificación de los recursos necesarios para
alcanzar los objetivos del plan. Métodos de estimación de los
recursos necesarios.
Tema 74. Técnicas básicas de presupuestación. El
presupuesto. Elaboración y contenido. La ejecución del presupuesto. El
control presupuestario.
Tema 75. La evaluación sanitaria. Definición y concepto.
Eficacia, efectividad, eficiencia, rentabilidad y costes. Métodos de
evaluación económica de programas.
Tema 76. La promoción de la salud. Evolución histórica y
conceptos. Organismos de promoción de la salud y conferencias
internacionales. Redes de promoción de la salud. La participación
comunitaria en la promoción de la saud. La comunicación en la
salud.
Tema 77. La educación sanitaria. Definición y concepto.
Campos de acción de la educación sanitaria. Los agentes de la
educación para la salud. Métodos y medios de la educación sanitaria.
Tema 78. Control de la calidad asistencial: Concepto,
evolución y organización.
Tema 79. La oferta y la demanda de los servicios sanitarios.
Principales aspectos y factores condicionantes.
Tema 80. Autorización y registro de medicamentos de uso
humano y veterinario. Actividades post-registro y mantenimiento
de la autorización de comercialización de medicamentos.
Tema 81. Información sobre medicamentos a los
profesionales sanitarios y consumidores. Ficha técnica y prospecto.
Tema 82. Investigación, desarrollo, evaluación y registro de
los medicamentos genéricos.
Tema 83. Inmunizaciones: Políticas de vacunación en
España. Investigación, control y vigilancia de las vacunas. Las vacunas
y la salud pública.
Tema 84. Epidemiología y control de las enfermedades
inmunoprevenibles.
Tema 85. Epidemiología y control de las enfermedades
nosocomiales. Resistencias microbianas a los antibióticos.
Tema 86. Epidemiología y control de las enfermedades
transmisión hídrica y alimentaria.
Tema 87. Epidemiología y control de las enfermedades de
transmisión respiratoria.
Tema 88. Epidemiología y control de zoonosis.
Tema 89. Epidemiología y control de las enfermedades de
transmisión sexual.
Tema 90. Epidemiología y control del SIDA. El Plan Nacional
sobre el SIDA.
Tema 91. Epidemiología y control de las enfermedades
sometidas al Reglamento Sanitario Internacional y otras enfermedades
importadas.
Tema 92. Epidemiología y control de otras enfermedades
transmisibles. Concepto de emergencia y reemergencia.
Tema 93. Epidemiología laboral: Organización, estructura y
legislación.
Tema 94. Salud y sanidad ambiental. Principales riesgos
ambientales.
Tema 95. Epidemiología ambiental: Evaluación del riesgo.
Objetivos y aplicaciones. Biomarcadores.
Tema 96. Riesgos sanitarios de la contaminación atmosférica.
Principales contaminantes. Sistemas de vigilancia y control.
Tema 97. Riesgos sanitarios del agua. Enfermedades de
transmisión hídrica. Sistemas de abastecimiento. Legislación nacional
y europea.
Tema 98. Riesgos sanitarios de los residuos urbanos, tóxicos
y peligrosos. Sistemas de tratamiento.
Tema 99. Riesgos sanitarios de la utilización de radiaciones.
Protección radiológica. Sistemas de límite de dosis. Reglamentos
de protección y organismos responsables.
Tema 100. Riesgos para la salud de los productos químicos.
Legislación nacional sobre clasificación, envasado y etiquetado
de sustancias y preparados químicos peligrosos. Plaguicidas y
biocidas.
Tema 101. Epidemiología genética. Genómica y proteómica.
Terapia génica, terapia celular y xenoterapia.
Tema 102. Epidemiología de las enfermedades mentales.
Tema 103. Epidemiología del cáncer.
Tema 104. Epidemiología de las enfermedades
cardiovasculares.
Tema 105. Epidemiología de las enfermedades respiratorias
no transmisibles.
Tema 106. Neuroepidemiología.
Tema 107. Epidemiología de las enfermedades metabólicas.
Tema 108. Epidemiología de la alimentación y nutrición.
Tema 109. Evaluación epidemiológica del estado nutricional.
Diseño de los estudios epidemiológicos nutricionales.
Tema 110. Epidemiología de los accidentes y violencias.
Tema 111. Epidemiología en el estudio de las
drogodependencias.
Tema 112. Epidemiología en el estudio del alcohol.
Tema 113. Epidemiología en el estudio del tabaco.
Tema 114. Aspectos sanitarios del ejercicio físico y el deporte.
El control antidopaje.
Tema 115. Las dificiencias, discapacidades y minusvalías.
Readaptación y reinserción. Situación en España.
Tema 116. Fundamentos y análisis de los Sistemas de
Seguridad Social. Inserción de la Seguridad Social en los programas
sanitarios.
Tema 117. La Seguridad Social en España. Bases jurídicas.
Organización.
Tema 118. La inspección de los servicios sanitarios.
Concepto, legislación, organización.
Tema 119. La ordenación de medidas sanitarias en
situaciones catastróficas.
Tema 120. Salud de la mujer. Concepto, situación, programas
y su evaluación.
Tema 121. Salud del niño y del adolescente. Concepto,
situación, programas y evaluación.
Tema 122. Salud de la tercera y cuarta edad. Concepto,
situación, programas y evaluación.
Tema 123. Epidemiología de la salud bucodental.
Organización de los servicios.
Tema 124. Vigilancia sanitaria de actividades,
establecimientos y locales públicos.
Tema 125. Marco legal del control oficial de productos
alimenticios. El Código Alimentario Español y su desarrollo. El Codex
Alimentarius y su papel en la seguridad en el comercio
internacional de alimentos. El principio de precaución en la Unión Europea
y en el Codex: Su aplicación a la gestión de riesgos alimentarios.
Sistemas de red de alerta alimentaria.
Tema 126. Enfermedades transmitidas por los alimentos:
Agentes etiológicos bióticos y abióticos. Concepto de
contaminante y residuo. Bases para el establecimiento de criterios
microbiológicos, tolerancias de contaminantes y límites máximos de
residuos. Concepto de IDA e IDMT.
Tema 127. Normas horizontales en la gestión de la seguridad
alimentarias. Disposiciones generales en materia de higiene de
los alimentos. Disposiciones en materia de etiquetado y su
aplicación en la seguridad alimentaria. Control de la inocuidad de
los alimentos e ingredientes modificados genéticamente.
Tema 128. Economía de la salud. Características económicas
de la salud. Contribuciones de enfoque económico. Procesos
productivos de asistencia sanitaria y salud. El mercado de los servicios
sanitarios. Mercado y eficiencia.
Tema 129. Financiación de los sistemas de salud. Modelos
de financiación de los gastos sanitarios. Financiación de los gastos
sanitarios en España.
Tema 130. El personal del Sistema Nacional de Salud.
Necesidades. Recursos. Formación. Legislación y Estatutos. La carrera
profesional.
Tema 131. Tecnología sanitaria. Concepto. Calidad y uso
apropiado. Evaluación y difusión de la tecnología sanitaria.
Agencias de evaluación.
Tema 132. La bioética y justicia en la práctica sanitaria.
Deontología sanitaria. La ética y la experimentación. El uso compasivo
de los medicamentos.
ANEXO III
Tribunal Calificador
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Julia González Alonso, Cuerpo de Médicos
de la Sanidad Nacional.
Vocales: Don Juan Fernando Martínez Navarro, Cuerpo de
Médicos de la Sanidad Nacional; don José Miguel Mata de la Torre,
Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Licenciado
en Medicina y Cirugía; doña María Begoña Merino Merino, Cuerpo
de Médicos Titulares.
Secretario: Don Ramón Palop Baixauli, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos, Licenciado en Medicina y Cirugía.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Enrique Gil López, Cuerpo de Médicos de la
Sanidad Nacional.
Vocales: Doña María Isabel Pachón del Amo, Escala Técnica
de Gestión de Organismos Autónomos, Licenciada en Medicina
y Cirugía; don Víctor Conde Rodelgo, Cuerpo de Médicos de la
Sanidad Nacional; don José Félix Olalla Marañón, Escala de
Farmacéuticos-Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la
Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña María Teresa Pagés Jiménez, Cuerpo de
Farmacéuticos de la Sanidad Nacional.
ANEXO IV
Aspirantes de nacionalidad española
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento nacional de identidad número .....................
DECLARA bajo juramento o promesa, a efectos de ser
nombrado funcionario/a del Cuerpo de Médicos de la Sanidad
Nacional, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para
el ejercicio de funciones públicas.
En ............., a ............. de ............. de 2000.
Aspirantes de otras nacionalidades
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento nacional de identidad número .....................
DECLARA bajo juramento o promesa, a efectos de ser
nombrado funcionario/a del Cuerpo de Médicos de la Sanidad
Nacional, que no ha sido sometido/a sanción o condena penal que
impida en su Estdo el acceso a la función pública.
En ............., a ............. de ............. de 2000.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid