En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para 2000, y con el fin
de atender a las necesidades de personal en la Administración
Pública, esta Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en uso
de las competencias que le están atribuidas por delegación
conforme al artículo 2, ocho, a), de la Orden de 21 de mayo de 1996
("Boletín Oficial del Estado" del 27), previo informe favorable de
la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar
pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Superiores
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por turno
libre, 10 plazas de la Escala de Titulados Superiores del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por el sistema
de oposición.
1.2 A las pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984,
de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 24), sobre el acceso a determinados
sectores de la función pública de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea, y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición
de cuatro ejercicios con las pruebas y puntuaciones que se
especifican en anexo I.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la
oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española,
y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen,
deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la
realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un
nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El
contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real
Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"
del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del
conocimiento del castellano como lengua extranjera. La prueba se
calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración
de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la oposición.
En la Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos
Sociales, a que hace referencia la base 4.1, se determinará el
lugar y la fecha de realización de la prueba de conocimiento del
castellano.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del Diploma Superior de Español como lengua extranjera
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,
modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,
o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como anexos II y III de esta Resolución.
1.5 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
de los tres meses desde la publicación de la convocatoria y la
duración máxima del proceso selectivo será de doce meses. Desde
la conclusión total de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos
horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea, nacional del Reino de Noruega o nacional de la
República de Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones del título de Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso
a la función pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las
Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid),
en la Dirección General de la Función Pública (calle María de
Molina, 50, de Madrid), en el Instituto Nacional de la
Administración Pública (calle Atocha, 106, de Madrid), y en las
representaciones consulares o diplomáticas de España en el extranjero.
Será facilitado también en los Servicios Centrales, los Centros
Nacionales y los Gabinetes Técnico-Provinciales del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Los aspirantes que posean la nacionalidad española
acompañarán a la instancia dos fotocopias del documento nacional de
identidad. Los aspirantes extranjeros que residan en España
deberán presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor, o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, y que
de conformidad con lo dispuesto en la base 1.3 estén exentos
de la realización de la prueba previa de acreditación del
conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia
compulsada del Diploma Superior de Español como lengua
extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros
expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta
documentación no podrán ser declarados exentos debiendo en
consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado 1.3
de esta convocatoria.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Trabajo y
Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a centro gestor se hará
constar "subsecretaría". En el espacio destinado a código que figura
debajo, se cumplimentará el 19001. En el recuadro relativo a
la tasa de derechos de examen, en el espacio destinado a código
se hará constar el 19020, rellenándose sólo los dos primeros
dígitos.
En el recuadro 15 se señalará "Escala de Titulados Superiores
del INSHT", consignándose el código número 6305 en el espacio
reservado para el mismo, que figura a su lado.
En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se
consignará la letra L (acceso por el sistema general de acceso
libre).
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid
capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el
recuadro número 20.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas.
En el recuadro 25.A) se hará constar el idioma elegido por
el aspirante para la realización del cuarto ejercicio de la fase de
oposición.
Los aspirantes con minusvalía podrán indicarlo en la solicitud,
para lo cual se utilizará el recuadro 21 de la misma. Asimismo,
podrán solicitar, expresándolo en el recuadro número 23, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en
los Servicios Centrales del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, así como en las Direcciones Provinciales de dicho Ministerio
y en los Servicios Centrales, Centros Nacionales y Gabinetes
Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", y que se dirigirán al Subsecretario de Trabajo y
Asuntos Sociales.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno
ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número
1302/9002/26/00236447145, abierta en la sucursal 9002,
paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, de la Caja Postal,
a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el
extranjero. Tasa 19.020. Derechos de examen". El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina de la Caja Postal o
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. A estos
efectos, los importes correspondientes a la tasa por los derechos
de examen son los que se establecen en la base 3.3 de la presente
convocatoria.
3.3 De conformidad con lo establecido por el apartado siete
del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos
de examen será de 4.000 pesetas.
Estarán exentos del pago de la tasa, tal como señala el apartado
cinco del artículo 18 de la citada Ley 66/1997, en su redacción
dada por el artículo 17 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, los aspirantes con
discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditar tal
condición junto con la solicitud y las personas que figuren como
demandantes de empleo durante el plazo al menos de un mes
anterior a la fecha de la presente convocatoria, que no hubieren
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales, que se acreditará con
certificación de la correspondiente oficina del INEM, y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional, que se acreditará mediante una
declaración jurada o promesa escrita por el solicitante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa
de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el
Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales dictará Resolución en
el plazo máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", y en la que, además de declarar aprobada la lista
de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha del
comienzo del primer ejercicio de la oposición, así como la relación de
aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre
y documento nacional de identidad o pasaporte.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días contados a partir del día siguiente al de la publicación de
la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente o
bien, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo
de un mes desde su publicación, ante el órgano convocante.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de la tasa por derechos de examen, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo V a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificando al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, o si hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco
años anteriores a la publicación de esta convoctoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos, de
sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de
constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de la
designación y mínimo de diez días antes del inicio del primer ejercicio
de la oposición.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar
validamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario
o, en su caso, de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos,
de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como aquello que proceda en los casos no previstos.
El Tribunal en su actuación se ajustará en todo momento a
lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación deberá comunicarse al
Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna, 73, 28027 Madrid,
teléfono 91 405 99 29.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1888, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra B de conformidad con lo
establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de fecha 16 de febrero de 2000.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada fase de la
oposición en único llamamiento, siendo excluidos de ésta quienes
no comparezcan salvo en casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, al que se comunicarán
las posibles inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión o en las pruebas selectivas a los efectos
procedentes.
Contra dicha exclusión se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, o
bien, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo
de un mes desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano
convocante.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizados cada uno de los ejercicios de la oposición,
el Tribunal hará pública en el lugar de celebración de la misma,
así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en
aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes
aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación
del documento nacional de identidad o pasaporte.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha
lista al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales. Dicha lista
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se
publiquen en el "Boletín Oficial del Estado" las relaciones definitivas
de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales los siguientes
documentos:
A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse la acreditación de su homologación.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura en el anexo IV.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
anexo IV a esta convocatoria.
C) Los aspirantes que no posean nacionalidad española que
no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada
del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia
comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en
el momento de presentar la solicitud de participación.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya aportados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Trabajo
y Asuntos Sociales, funcionarios de carrera mediante Resolución
del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en que se indicará
el destino adjudicado.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse en el plazo de diez días naturales, previa
oferta de los mismos. En el caso de que algunos de los puestos
de trabajo ofrecidos como primer destino supongan la
participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en
las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses
generales del Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser
elegidos por los aspirantes que no posean la nacionalidad
española, siendo la Administración la competente para determinar
cuáles serían estos puestos de trabajo.
8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha
de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de su
nombramiento como funcionarios de carrera.
8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la
Administración Pública, el Ministerio de Administraciones
Públicas, a través del Instituto Nacional de la Administración Pública,
en colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de las lenguas oficiales de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación de los Tribunales podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecida en el título VII,
capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la mencionada Ley.
Madrid, 11 de diciembre de 2000.-P. D. (Orden de 21 de
mayo de 1996), el Subsecretario, Marino Díaz Guerra.
ANEXO I
Pruebas y puntuaciones
El procedimiento de selección constará de una fase de
oposición, con cuatro ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio.-Constará de dos partes:
Primera: Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos
temas, entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con
el contenido de los anexos II-A y II-B de esta convocatoria. El
tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro
horas.
Segunda: Consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión
pública ante el Tribunal, del ejercicio realizado. El Tribunal podrá
solicitar aclaraciones sobre el contenido del mismo. Este ejercicio
será calificado atendiendo a los conocimientos, claridad, orden
de ideas y claridad de expresión escrita demostrados por el
aspirante.
La calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder
al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio.-Constará de dos partes:
Primera: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto
práctico propuesto por el Tribunal y relacionado con los
contenidos de las materias del programa a que hace referencia el anexo
III. Para la realización del ejercicio los aspirantes dispondrán de
un tiempo máximo de cinco horas, pudiendo emplear cualquier
documentación que estimen pertinente.
Segunda.-Consistirá en la lectura pública o exposición de las
operaciones realizada ante el Tribunal del ejercicio escrito
desarrollado, seguida de un diálogo en el que se le planteará al opositor
cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés para un
mejor conocimiento de los argumentos y criterios utilizados por
el aspirante en dicho supuesto.
La puntuación de este segundo ejercicio será única tras la
realización y valoración de las dos partes indicadas. La puntuación
máxima será de 12 puntos, siendo necesario obtener al menos
seis para superarla.
Tercer ejercicio: Consistirá en un examen oral, en el que habrá
que desarrollar cuatro temas de la parte específica del programa,
elegidos al azar por el opositor, de entre cada uno de los apartados
del anexo III. Los aspirantes dispondrán de un período de quince
minutos para la preparación de este ejercicio.
La exposición oral de los cuatro temas habrá de realizarse en
un tiempo máximo de una hora, y durante la misma podrá utilizarse
el guión que, en su caso, se hubiese realizado.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor durante un período máximo de quince minutos sobre
aspectos de los temas que hubiera desarrollado.
En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de
los temas, así como el volumen y comprensión de los
conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
Se otorgará una calificación máxima de 12 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de seis para superar el ejercicio.
Cuarto ejercicio.-Consistirá en la realización de una traducción
directa, por escrito, en castellano, de un documento redactado
en inglés, francés o alemán, a elección del aspirante, sin
diccionario. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de una hora.
Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser
asistido por los asesores especialistas que designe.
La calificación máxima de este ejercicio será de ocho puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de cuatro puntos.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejer
cicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio; si esto no
fuera suficiente, en el segundo, y de continuar aquél se recurrirá
a la puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si persistiera el
empate, éste se dirimirá en base a la puntuación del cuarto
ejercicio.
ANEXOS II y III
TEMARIO
Anexo II-A
Temas jurídicos de carácter general
1. La Constitución Española de 1978, su significado y
características. El Estado. La organización de los poderes en la
Constitución. Estructura del Estado. Las Cortes Generales. La
elaboración de las Leyes. Los Tratados internacionales. El Gobierno
y la Administración. El Poder Judicial.
2. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución
de 1978. Los principios rectores de la política social y económica.
Garantías y suspensión de derechos y libertades. El Defensor del
Pueblo. El Tribunal Constitucional.
3. Organización territorial del Estado. El Estado de las
Autonomías. Los Estatutos de Autonomía. Los niveles competenciales.
Los principios de solidaridad, no discriminación e interdicción de
privilegios en la Constitución Española. La organización
institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración local.
4. La Unión Europea. Los Tratados constitutivos. Naturaleza
jurídica de las Comunidades Europeas. El segundo y tercer pilar:
La política exterior y de seguridad común y la cooperación en
el ámbito de la justicia y los asuntos del interior.
5. Las instituciones de la Unión Europea. El Consejo. La
Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Comité
Económico y Social. El Comité de las Regiones. El Banco Central
Europeo.
6. El Derecho comunitario. Sus fuentes. El Derecho primario.
El Derecho derivado. La eficacia del Derecho comunitario en el
ordenamiento jurídico nacional de los Estados miembros.
7. El ordenamiento y las normas jurídicas. Concepto,
naturaleza, estructura y elementos de las normas. Los diferentes tipos
de normas jurídicas: De Derecho público y de Derecho privado,
de Derecho dispositivo y de Derecho necesario, normales y
especiales, de carácter general y de carácter particular.
8. Las fuentes del Derecho. La Ley y sus clases. Los
Reglamentos y otras disposiciones. La costumbre. Los principios
generales del Derecho. La jurisprudencia. Otras fuentes del Derecho.
La aplicación e interpretación de las normas jurídicas. El Derecho
transitorio. El principio de irretroactividad.
9. El Derecho penal y sus fuentes. Su aplicación e
interpretación. Teoría general del delito. La responsabilidad criminal. La
responsabilidad civil derivada del delito.
10. Delitos contra los derechos de los trabajadores. La
protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo. Supuestos
especiales de responsabilidad. Delitos contra la Seguridad Social.
11. El Derecho administrativo, su concepto y contenido. La
Administración Pública y el Derecho administrativo. Tipología de
las Administraciones Públicas.
12. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Los recursos administrativos. Naturaleza,
extensión y límites de la jurisdicción contencioso-administrativa.
13. Los funcionarios públicos. Concepto y clases. Situaciones
de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario
de los funcionarios públicos.
14. El Derecho del trabajo. Concepto, fines y contenido. Sus
fuentes. Derechos y deberes de los trabajadores.
15. Los Convenios Colectivos de trabajo. Concepto y clases.
Negociación. Legitimación. Contenido. El principio de jerarquía
normativa. Conflicto entre normas labores estatales o pactadas.
El principio de la norma más favorable.
16. Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el cierre
patronal. Medios de solución de conflictos.
17. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza jurídica.
Modalidades de contratación. Derechos y deberes derivados del
contrato. Las empresas de trabajo temporal y la subcontratación.
18. El salario, su concepto y clases. La composición del
salario. La jornada laboral. Horas extraordinarias. Descanso.
Vacaciones.
19. La suspensión del contrato de trabajo: Causas.
Subrogaciones. Derecho disciplinario laboral. Causas de extinción del
contrato. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del
contrato de trabajo.
20. El sistema español de la Seguridad Social. El Régimen
General: Acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto
y clase de prestaciones. Las entidades gestoras. Las mutuas de
accidentes de trabajo y enfermedad profesionales de la Seguridad
Social.
ANEXO II-B
Temas generales de ciencia y tecnología
21. Introducción a la estadística. Distribuciones de
frecuencias. Números índices. Series temporales. Probabilidad. Variables
aleatorias y sus distribuciones.
22. Estadística empresarial. Muestreo y distribuciones en el
muestreo. Estimación y obtención de estimadores. Estimación por
intervalos de confianza. Contrastes de hipótesis. Contrastes de
la bondad de ajuste y tablas de contingencia.
23. Métodos y modelos operativos de gestión. La
programación lineal. Método del simplex. Teoría de la Dualidad y sus
aplicaciones económicas. Análisis de la sensibilidad y programación
paramétrica.
24. Problemas de transporte y asignación. Problemas en
redes. Flujos en redes. Otros problemas en redes.
25. Teoría de juegos. Conceptos generales. Juegos
bipersonales de suma cero. Cálculo de las estrategias óptimas de un juego
matricial. Teoría de colas. Colas de Poisson con población infinita.
Colas de Poisson con población finita.
26. Programación Dinámica. Programación Dinámica
determinística. Programación Dinámica estocástica.
27. La dirección de empresas. La gerencia y su entorno.
Sistema de objetivos en la empresa. Ética y responsabilidad social
en la empresa. El gobierno de las sociedades cotizadas.
28. Estrategia competitiva. Análisis del entorno general y
específico. Estrategia corporativa y ventaja competitiva. La
planificación en la empresa. Relación entre objetivos y estrategias.
El proceso de toma de decisiones.
29. La función de organización. Estructura organizativa.
Fundamentos de la dirección de personal en las organizaciones.
30. Gestión de calidad y reingeniería de procesos. El control
en la empresa. La comunicación externa de la empresa. Desarrollo
organizacional y gestión del cambio en las organizaciones.
31. Inversión y financiación. Valoración del dinero en el
tiempo y tipos de interés. Valoración de acciones y obligaciones.
Análisis y selección de inversiones. Análisis de los flujos de caja y
comparación de proyectos de diferente duración. El riesgo en las
decisiones de inversión. El coste del capital.
32. Cálculo, construcción y ensayo de máquinas. Materiales
en la construcción de máquinas. Elementos mecánicos y su
resistencia. Ejes y árboles. Uniones de árboles y cubos. Uniones
atornilladas. La lubricación en las máquinas. Cojinetes de
deslizamiento. Rodamientos. Unión de árboles con árboles. Embragues
y frenos de fricción. Resortes.
33. Tecnología mecánica: Fundición. Modelos y cajas de
machos. Moldeo en arena. Defectos de las piezas procedentes
de fundición. Conformado por deformación plástica. Procesos de
estirado. Procesos de extrusión. Procesos de laminación. Procesos
de forja. Conformado de chapa.
34. Conformado por eliminación de material. Teorías de
corte. Potencia de corte. Herramientas de corte. Economía de los
procesos de mecanizado. Torneado. Fresado. Mecanizado de
agujeros. Rectificado. Mecanizado con arranque de viruta. Dinámica
de las máquinas-herramienta.
35. Control numérico. Programación de máquinas de control
numérico. Análisis y preparación del trabajo con control numérico.
Programación manual de centros de torneado y de mecanizado.
Programación automática. Tendencias en control numérico.
Sistemas de fabricación flexible. Tecnologías en sistemas flexibles.
36. Motores de combustión interna alternativos. Ciclos de
trabajo de los motores. Pérdidas de calor y refrigeración en motores.
Pérdidas mecánicas. Lubricación. Renovación de la carga en
moto
res de cuatro y de dos tiempos. Motores de encendido provocado.
Motores de encendido por compresión. Encendido eléctrico de
la mezcla. La contaminación de los motores.
37. Máquinas térmicas. Tendencias del ciclo de Rankine.
Turbinas de gas. Motores de reacción. Contaminación por
instalaciones de potencia con turbina de vapor y turbina de gas.
Turbomáquinas. Turbocompresores. Compresores volumétricos.
38. Tecnología frigorífica. Aplicaciones industriales del frío.
Instalaciones frigoríficas. Refrigeración. Torres de enfriamiento.
Baterías de superficie húmeda. Producción de frío a temperaturas
muy bajas. Sistemas de climatización. Bomba de calor. Redes de
distribución y retorno.
39. Técnicas de defensa del medio ambiente. Conceptos
fundamentales. Contaminación, tratamiento y protección del agua.
Contaminación del suelo. Ingeniería para el control de la
contaminación atmosférica. Control de gases contaminantes.
Chimeneas. Control de partículas. Tratamiento de contaminantes
gaseosos.
40. Residuos sólidos. Técnicas de tratamiento. Vertederos.
Reciclado. Bioconversión. Combustión. Gestión de residuos.
41. Legislación medioambiental. Aspectos económicos de la
gestión ambiental. Evaluación del impacto ambiental. Auditoría
medioambiental. Control de la contaminación en actividades
específicas.
42. Principios fundamentales de las máquinas eléctricas. Los
transformadores. Máquinas asíncronas. Máquinas síncronas.
43. Nuevas fuentes de energía. Radiación solar. Radiación
de materiales opacos. Colectores de placa plana. Colectores de
concentración. Almacenamiento de energía. Modelación de
procesos solares. Calefacción solar y calentamiento solar de agua.
Refrigeración solar.
44. Ingeniería química. Bombeo y transporte de fluidos.
Eyectores. Compresores alternativos y centrífugos. Movimiento de
partículas y su separación en el seno de fluidos. Centrifugación.
Cámaras de gravedad, ciclones y electrofiltros. Filtración. Separación
por transferencia de materia. Transferencia vapor-líquido.
Destilación.
45. Fundamentos de la soldadura. Procedimientos de
soldadura. Oxigás. Con electrodo revestido. Soldaduras TIG, MIG/MAG,
por arco sumergido. Soldaduras por resistencia. Soldabilidad.
Control de uniones soldadas.
46. Concepción y proyecto de obras de construcción.
Cimentaciones. Estructuras pétreas. Muros de cerramiento. Forjados y
escaleras. Coberturas. Pavimentos. Instalaciones.
47. Teoría general del proyecto. Proyectos tradicionales.
Estudios previos. Viabilidad, mercado, etc. Definición y objetivos
del proyecto. El Director del proyecto. La organización del
proyecto. Información básica. Construcción, montaje y puesta en
servicio. Administración y control del proyecto.
48. Dirección integrada de proyectos y obras. Conceptos
básicos. Teoría General de Sistemas. El sistema proyecto. La
construcción como sistema. Calidad total = Garantía de calidad.
Gerencia de los riesgos en proyectos de construcción. Implantación de
obras.
49. Organización de la producción. Diseño de procesos.
Programación de operaciones. Gestión de inventarios. Organización
del trabajo. Productividad. Planificación y control de la calidad.
ANEXO III
Parte A: Conceptos generales de la Prevención de Riesgos
Laborales. Ámbito jurídico
1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el
trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral.
Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y
terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación
con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo
y enfermedad profesional.
2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales:
Interacción, trabajo y salud. Costes de los daños derivados del
trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto
de integración de la prevención. Prevención y calidad.
3. Evolución de las actuaciones relacionadas con la seguridad
y la salud en el trabajo: Antecedentes históricos. La seguridad
en las minas. La creación de la inspección de trabajo en el Reino
Unido en el siglo XIX. La evolución en España desde la Ley Dato
de 1900. El papel de la OIT. La política de la Unión Europea.
La perspectiva de la Organización Mundial del Comercio.
4. Las técnicas preventivas. Los principios de prevención.
Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía.
Psicosociología aplicada. Medicina del trabajo. Técnicas de
participación. La información y la comunicación. La formación. Relaciones
con otros ámbitos: Industrial, sanitario, medioambiental,
sectoriales (agricultura, minería, pesca, construcción, transporte).
5. Unión Europea (I): El derecho comunitario relacionado con
la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política
comunitaria en esta materia en el ámbito de los Tratados de las tres
Comunidades, CE, CECA y Euratrom. Situación actual tras la
entrada en vigor del Tratado de Amsterdam y en las perspectivas de
una nueva modificación de los Tratados.
6. Unión Europea (II): Las actuaciones en materia de
seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones
comunitarias. La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de
Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud
en el Trabajo y la Red Europea de la Seguridad y Salud en el
Trabajo. El Comité Consultivo para la Seguridad, la Higiene y
la Salud en el Trabajo. El Órgano Permanente para la Seguridad
y Salubridad en las Minas. El Comité de Altos Responsables de
las Inspecciones de Trabajo. El Comité Científico para el
Establecimiento de Valores Límite de Exposición.
7. Unión Europea (III): Las directivas sobre disposciones
mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La directiva marco
89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y
completan lo establecido en la directiva marco. Programas de acción.
Recomendaciones y otros actos.
8. Unión Europea (IV): Las directivas del mercado interior
único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El
funcionamiento y características del mercado único. El Espacio
Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los
requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.
9. Las normas técnicas: Concepto y tipos de normas. Origen
y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO
y CEI. Organismos europeos. Situación en España. El mercado
único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado
CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y salud
en el trabajo.
10. Ámbito internacional: La Organización Internacional del
Trabajo OIT, origen y evolución; sus objetivos, estructura y
organización. Los Convenios de la OIT, las recomendaciones y otras
actuaciones. Contenidos de los Convenios OIT sobre salud y
seguridad. El papel de otras organizaciones y programas: OMS, OMI,
PNUMA, OCDE. La Asociación Internacional de la Seguridad
Social AISS. El Consejo de Europa. La Carta Social Europea.
11. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales
en España (I): Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978.
El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública.
La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995, de 8
de noviembre; contenido, significado general y naturaleza. La Ley
sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La articulación
jurídica de la prevención de riesgos laborales.
12. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales
en España (II): Actuaciones de las Administraciones Públicas
competentes en materia laboral. La distribución de competencias y
coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en
el trabajo entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas. Funciones y actuaciones de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social en relación con esta materia. El
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los
órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. La Red Española
de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación para la Prevención
de Riesgos Laborales. La Seguridad Social y las Mutuas de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. El Plan de Acción
sobre la siniestralidad laboral de 29 de octubre de 1998.
13. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales
en España (III): Actuaciones de las Administraciones Públicas
competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986,
de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de
julio, de Industria.
14. Derechos y deberes. El derecho de los trabajadores a la
protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de
protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación
de actividades empresariales en materia de prevención. Protección
de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones
de los trabajadores.
15. Consulta y participación de los trabajadores: El deber
de consulta del empresario. Los derechos de participación y
representación específica de los trabajadores. Los Delegados de
Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El
Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
16. El Reglamento de los Servicios de Prevención (I): La
integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en
esta materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de
la prevención. Características y funciones de un servicio de
prevención. La organización de recursos para las actividades
preventivas y sus diferentes modalidades; sus funciones y requisitos.
Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes
de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
17. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La
acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención
ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación.
Autorización de entidades para desarrollar y certificar actividades
formativas en materia de prevención de riesgos laborales. La
especialidad de Medicina del Trabajo y la Diplomatura de Enfermería
de Empresa. Colaboración de los servicios de prevención con el
Sistema Nacional de Salud.
18. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto.
El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de
la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría.
La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter
su sistema de prevención a una auditoría externa. Requisitos y
autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades
especializadas para la realización de auditorías. Idoneidad de los
auditores. Otros sistemas de auditoría. Su valor y relación con
la calidad.
19. Las obligaciones de los fabricantes, importadores y
suministradores: Las exigencias de la libre circulación de mercancías
en el mercado único europeo. La responsabilidad por los perjuicios
causados por los productos defectuosos. La obligación de facilitar
toda información útil sobre el uso seguro de un equipo o producto
con ocasión de su comercialización. La obligación de información
del empresario a los trabajadores.
20. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención.
Responsabilidades administrativas y su compatibilidad con las de
otro orden. Las actuciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social. Las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
21. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos
laborales al ámbito de la Administración Pública: Las excepciones
de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998, de 10 de
julio, de adaptación a la Administración General del Estado.
Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo. El Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de
adaptación a los centros y establecimientos militares.
22. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos
laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de
embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección
a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos
específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su
trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Trabajos
prohibidos.
23. Relaciones de trabajo temporales, de duración
determinada y en empresas de trabajo temporal: Características
específicas de estas relaciones. Normativa aplicable. Obligaciones
empresariales con relación a la prevención de riesgos laborales.
El Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones
mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las
Empresas de Trabajo Temporal.
24. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos
de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral.
Epidemiología laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud.
Planificación e información sanitaria.
25. Utilización de equipos de protección individual. Concepto
y prioridad de utilización de los equipos de protección individual
(EPI), en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único
europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. Aplicación
del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo.
26. La formación en prevención de riesgos laborales.
Derechos y obligaciones. Condiciones de eficacia. La planificación de
la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La
definición de los objetivos. La determinación de los programas.
La selección del profesorado. La presupuestación. Métodos y
técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas
tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.
La formación de adultos. Técnicas de modificación de conducta.
27. Objeto de las estadísticas de prevención. Principales
índices y parámetros. La evolución de la siniestralidad en España.
La comparabilidad de los datos estadísticos con los de otros
Estados. El parte de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad
Social y su normativa de desarrollo y en la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales. Economía de la prevención.
28. Otras técnicas relacionadas con la prevención: La gestión
medioambiental. La seguridad vial. La denominada seguridad
patrimonial. La seguridad industrial y las políticas de calidad total.
Parte B: Seguridad en el trabajo
29. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares
de trabajo: El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, y la Guía
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Obligaciones generales del empresario. Condiciones generales de
seguridad en lugares nuevos y antiguos. Orden, limpieza y
mantenimiento. Condiciones ambientales. Iluminación. Servicios y locales
de descanso. Locales provisionales y trabajos al aire libre. Material
y locales de primeros auxilios. Casos en que se mantiene la
vigencia de parte de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene
en el Trabajo de 1971. Comunicación de apertura de un centro
de trabajo.
30. Prevención y protección contra incendios: Conceptos
básicos sobre causas y propagación de los incendios. Principios
generales de prevención y protección. Productos inflamables y
explosivos y su almacenamiento. Planes de emergencia y
autoprotección. Reglamentación de industria de instalaciones de
protección contra incendios. La Norma Básica de Edificación NBE-CPI
96. La aplicación de las disposiciones específicas de las
Comunidades Autónomas y de las Ordenanzas Municipales. La
aplicación del Capítulo VII del Título II de la Ordenanza General de
Seguridad e Higiene en el Trabajo de 1971.
31. Riesgos de explosión: Conceptos de explosión y atmósfera
explosiva. Límites y valores de referencia. Emplazamientos
peligrosos. Clases. Polvos inflamables o combustibles. Modos de
protección. Material utilizable en atmósferas explosivas.
32. Riesgos eléctricos (I): Riesgos eléctricos. Su localización.
Efectos fisiológicos de la corriente eléctrica. Factores de riesgo
en el choque eléctrico. Actuaciones en caso de accidente eléctrico.
33. Riesgos eléctricos (II): Sistemas de protección contra
contactos eléctricos en baja tensión. Trabajos en baja tensión, sin
tensión y en tensión. Trabajos en alta tensión. Herramientas y
aparatos eléctricos. Medios específicos de protección, colectiva
e individual.
34. Riesgos eléctricos (III): Verificación de instalaciones
eléctricas. Lugares con riesgos especiales: Humedad, corrosión,
líquidos, etc. Protección contra incendios de origen eléctrico. Material
eléctrico y protecciones en emplazamientos clasificados.
Electricidad estática.
35. Prevención de accidentes mayores: Concepto y marco
legal. Evaluación de riesgos de accidente mayor. Análisis de
accidentes. Método HAZOP. Otros méritos. Planes de emergencia
interior y exterior. Actuaciones de las administraciones públicas
competentes.
36. Norma y señalización de seguridad y salud: La norma
interna de seguridad. Objetivos. Concepto y tipos de señalización.
Objeto y utilización adecuada de la señalización de seguridad.
El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización
de seguridad y salud en el trabajo.
37. Utilización de equipos de trabajo: El Real Decreto
1215/1997, de 18 de julio, sobre la utilización por los trabajadores
de equipos de trabajo. Legislación del mercado único europeo
sobre los distintos equipos de trabajo. La certificación y el marcado
CE. Seguridad de las máquinas. Aparatos e instalaciones a presión.
Maquinaria móvil. Aparatos de elevación de cargas y de personas.
38. Técnicas de seguridad: El concepto del riesgo y la teoría
de la causalidad. Técnicas específicas. Técnicas generales:
Analíticas y operativas.
39. Inspecciones de seguridad e investigación de accidentes:
Concepto y objetivos de las inspecciones de seguridad.
Inspecciones planificadas y no planificadas. Medios de apoyo y acciones
de la dirección. Concepto y objetivos de la investigación de
accidentes. Metodología general de la investigación. El informe.
Consecuencias.
40. Técnicas de eliminación y reducción de los riesgos:
Concepto de integración de la prevención en el proceso productivo
y en la organización. Calidad total y prevención de riesgos.
Prevención en el diseño y en la fase de toma de decisiones. Prevención
en el origen. Actuaciones sobre el medio. Protección colectiva.
Actuaciones de carácter organizativo. Actuaciones sobre la
persona.
41. Seguridad y salud en las obras de construcción:
Principales riesgos propios de las obras de construcción. Objeto y campo
de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
El estudio y los planes de seguridad y salud en el trabajo.
Actuaciones y responsabilidades de proyectistas, promotores,
constructores, contratistas y subcontratistas, trabajadores autónomos,
coordinadores de seguridad, dirección facultativa y la propiedad.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de
construcción. Actuaciones de las administraciones públicas.
Parte C: Higiene industrial
42. Higiene industrial: Conceptos básicos. Definición,
objetivos y división de la higiene industrial. Condiciones ambientales
y tipos de agentes contaminantes. Concepto de exposición, dosis
y valor límite. Noción de sustancia y preparado peligroso.
43. Toxicología laboral. Vías de entrada al organismo.
Interacción con el organismo. Daños derivados del trabajo a corto
y largo plazo. Enfermedades profesionales. Medidas preventivas
de eliminación y reducción del riesgo.
44. Legislación del mercado único europeo sobre sustancias
y preparados peligrosos: Clasificación, envasado y etiquetado de
sustancias y preparados peligrosos. Limitación de la
comercialización y uso de las sustancias y los preparados peligrosos.
Legislación específica sobre productos fitosanitarios y biocidas.
45. Toma de muestras y evaluación de riesgos por exposición
a agentes químicos. Clasificación de los agentes químicos según
su estado y forma. Sistemas y dispositivos de toma de muestras
ambientales.
46. Estrategias de la toma de muestras y de las mediciones.
Valores límite de exposición y otros índices de referencia. Índices
biológicos de exposición. Evaluación del riesgo.
47. La Directiva 98/24/CE sobre riesgos laborales
relacionados con agentes químicos: Objeto y campo de aplicación de
la Directiva. Concepto y utilización de los valores límite vinculantes
e indicativos. Medidas de prevención generales y específicas.
Medidas técnicas y organizativas frente a riesgos por propiedades
fisicoquímicas de los agentes químicos. Relación con otras Directivas.
48. Prevención de riesgos por exposición a agentes
carcinógenos y mutágenos: Concepto y categorías de agente carcinógeno
y de agente mutágeno. El Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo,
y su modificación por el Real Decreto 1124/2000, de 16 de junio.
La Directiva que modifica por segunda vez a la inicial 90/394/CEE.
La legislación vigente sobre amianto y cloruro de vinilo. El Real
Decreto 88/1990, de 26 de enero, sobre prohibición de
determinados agentes específicos.
49. Control de riesgos por exposición a agentes químicos:
Prevención en el diseño. El principio de sustitución. El control
sobre la fuente. Extracción localizada. Actuaciones sobre el
ambiente. Ventilación general. Medidas preventivas sobre la
persona. La vigilancia específica de la salud. Otras medidas
preventivas: Organizativas, limitación de acceso, etc.
50. Prevención de riesgos por exposición al ruido y a las
vibraciones: Características físicas del ruido. Tipos de ruido laboral.
Mecanismo de la audición. Riesgos por exposición al ruido.
Evaluación del riesgo por exposición al ruido. Medidas preventivas.
El Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre. La legislación
de mercado único sobre máquinas en relación con el ruido emitido.
Características físicas de las vibraciones. Sus tipos y riesgos
laborales por exposición a las mismas. Métodos de evaluación de
riesgos y medidas preventivas.
51. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones
ionizantes: Concepto y tipos de radiaciones ionizantes. Riesgos por
exposición a estas radiaciones. Principales actividades con este
tipo de riesgos. Conceptos básicos de protección radiológica. La
reglamentación vigente sobre protección contra las radiaciones
ionizantes, con inclusión del Real Decreto 413/1997, de 21 de
marzo, relativo a la protección operacional de los trabajadores
externos por intervención en zona controlada.
52. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones no
ionizantes: Clasificación y características físicas de las principales
radiaciones no ionizantes. Riesgos, actividades con riesgo,
evaluación del riesgo por exposición y medidas preventivas contra
la exposición a radiaciones ultravioleta, luz visible, radiaciones
infrarrojas, microondas y láseres. Problemática de las radiaciones
de baja frecuencia. Exposición a campos eléctricos y magnéticos.
53. Prevención de riesgos por exposición a agentes
biológicos: Conceptos básicos relativos a los agentes biológicos y a
los riesgos laborales por exposición a los mismos. Clasificación
por grupos según el riesgo laboral. Aplicación del Real Decreto
664/1997, de 12 de mayo, y la Orden de 25 de marzo de 1998,
que lo adapta al progreso técnico.
Parte D: Ergonomía y psicosociología aplicada
54. Ergonomía: Conceptos y objetivos. El ser humano y su
entorno. División de la ergonomía. Ergonomía en el proyecto.
Concepción y diseño de los centros y de los puestos de trabajo. Diseño
de espacios y flujos de los procesos de trabajo. Requisitos
ergonómicos del diseño de puestos de trabajo.
55. Especificaciones ergonómicas del ambiente físico y de la
calidad de aire interior en el proyecto de lugares de trabajo.
Condiciones termohigrométricas de los ambientes de trabajo. Riesgos
de estrés térmico. Índices de valoración de las condiciones de
trabajo en ambientes calurosos. El índice WBGT. Medidas
preventivas frente a los ambientes calurosos. Riesgos de estrés por
frío y su valoración. Medidas preventivas frente a ambientes fríos.
Otros criterios relativos a las condiciones termohigrométricas.
Fuentes de contaminación del aire interior, contaminantes más
frecuentes, sus efectos y control.
56. Iluminación y color. Factores de la visión. Tarea visual
y rendimiento visual. Fatiga visual y su evaluación. Niveles
mínimos exigibles. Sentido y aplicación del color. Las condiciones de
los puestos de trabajo en los que se utilizan pantallas de
visualización de datos. Aplicación del Real Decreto 488/1997, de 14
de abril.
57. Carga física de trabajo: Consideraciones generales. Carga
física estática y dinámica. Fatiga física. Lesiones y patologías.
Métodos de evaluación de los riesgos. Criterios para determinar
el consumo energético. Determinación de la frecuencia cardíaca.
Procedimientos basados en el consumo de oxígeno. Prevención
de los riesgos derivados de la carga física de trabajo. Manipulación
manual de cargas, aspectos cualitativos y cuantitativos. Posturas
y movimientos repetitivos.
58. Criterios ergonómicos aplicables a la organización del
trabajo. La duración y ordenación del tiempo de trabajo. La
organización como condición de trabajo. Modelos históricos de
organizar la producción. Una nueva organización del trabajo. La
organización del trabajo y el empleo. Exigencias de la tarea. Autonomía
y control. Modificación de la organización del trabajo. La duración
y ordenación del tiempo de trabajo. La carga mental de trabajo.
59. Factores de riesgos psicosociales: Concepto de riesgos
psicosociales. Factores de naturaleza psicosocial; sus
consecuencias. Las etapas de la evaluación psicosocial. El problema del
método. Las técnicas. Los factores psicosociales en los métodos
generales de evaluación de los riesgos psicosociales. Descripción
de un método específico de evaluación de los factores
psicosociales. La prevención de los riesgos psicosociales. La intervención
psicosocial. Envejecimiento y trabajo.
60. El estrés. Sus formas. Consecuencias físicas y fisiológicas
del estrés. Consecuencias psicológicas. La ansiedad. La depresión.
Otros correlatos psicológicos del estrés. Variables individuales y
estrés laboral: Variables de personalidad, el apoyo social, el estado
físico, la capacidad de ejecución. Estrategias de intervención en
el ámbito individual. Técnicas de relajación. Técnicas de
"biofeed
bak". El ejercicio físico. Entrenamiento en asertividad.
Entrenamiento en solución de problemas. Reestructuración cognitiva.
"Inoculación" de estrés. Algunas pautas de sencilla aplicación para
controlar el estrés.
61. El acoso y hostigamiento en el trabajo ("mobbing"). El
trabajo bajo presión. El efecto del "quemado" ("burn out"). Otros
aspectos de índole psicosocial.
62. Procesos organizacionales para el control del riesgo.
Comunicación y sistemas de información. Motivación. Campañas
de divulgación y sensibilización. Técnicas de participación.
Técnicas de negociación.
63. Técnicas de modificación de conductas. Concepto de
modificación de conducta. Tipos de aprendizaje. Agentes
modificadores de conductas. Características diferenciadoras de la
modificación de conductas. Principios de aprendizaje por
condicionamiento operante. Técnicas de reducción de conductas operantes.
Modificación de conducta como disciplina preventiva.
64. Seguridad y salud en el trabajo en oficinas. Trabajos con
pantallas. Características de los lugares de trabajo propios de
oficinas y similares. La aplicación del Real Decreto 486/1997, de
14 de abril, sobre lugares de trabajo. Aspectos de la Ordenanza
General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de 9 de marzo
de 1971, que permanecen vigentes. Otras normativas aplicables.
El denominado síndrome del edificio enfermo.
ANEXO IV
Don ................................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y documento nacional de identidad número ..............................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala de Titulados Superiores del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que no ha sido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas
y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
En .........................., a ........ de .......................... de ........
Aspirantes de otras nacionalidades
Don ................................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y documento de identidad o pasaporte número .........................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala de Titulados Superiores del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que no ha sido
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en
su Estado el acceso a la función pública.
En .........................., a ........ de .......................... de ........
ANEXO V
Tribunal titular:
Presidente: Don Leodegario Fernández Sánchez, Cuerpo
Superior de Inspectores de Trabajo.
Vocales: Don Francisco Alonso Valle, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;
don José Luis Castellá López, Escala de Titulados Superiores del
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo, y doña
María José Gómez García de Soria, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña Ana María Ruiz Espinosa, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Mario Grau Ríos, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Vocales: Don Eusebio Martín Asenjo, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;
don Pablo López Bergia, Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, y don José de la Puente Gil, Cuerpo Superior de
Inspectores de Trabajo.
Secretaria: Doña Nieves Plaza García, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos.
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