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Documento BOE-A-2000-2305

Resolución de 29 de diciembre de 1999, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de actualización del Convenio firmado por el Servicio Gallego de Salud con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguros de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2000, páginas 5125 a 5126 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2000-2305

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de noviembre de 1999, se suscribió el Acuerdo de

actualización del Convenio firmado el 14 de junio de 1993 por el Servicio Gallego

de Salud con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado,

el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial,

para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios

a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguros

de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura

como anexo de esta Resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 1999.-El Secretario de Estado, Ignacio

González González.

ANEXO I

Acuerdo de actualización del Convenio firmado el 14 de junio de 1993,

por el Servicio Gallego de Salud con la Mutualidad General de

Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas

y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales

de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás

beneficiarios adscritos a entidades de seguros de asistencia sanitaria

concertada con dichas mutualidades

En Santiago de Compostela a 22 de noviembre de 1.999, reunidas todas

las partes firmantes del citado Convenio y al amparo de lo previsto en

sus cláusulas novena, décima y undécima,

ACUERDAN

Primero.-Actualizar con efectos de 1 de enero del año en curso, los

anexos II y III del Convenio de referencia, anexos que a partir de dicha

fecha, son los que sellados por el Servicio Gallego de Salud (SERGAS),

figuran unidos a este documento y en cuya portada consta "Anexos II

y III, a 1 de enero de 1999", y que modifican las personas adscritas a

cada mutualidad y entidad aseguradora, y los precios que se indican en

las cláusulas quinta y sexta originales. Dichos precios pasan a ser,

para 1999, los de 1.071 pesetas por mes y persona que, como titular o

beneficiario, esté afiliada a las mutualidades y resida en los municipios

recogidos en el anexo I, y de 90 pesetas por mes y persona que, como

titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en

localidades de menos de 20.000 habitantes no incluidas en los listados del

anexo I.

Segundo.-Las regularizaciones económicas derivadas de las

actualizaciones de los anexos II y III del Convenio, citadas en el punto primero

del presente documento, serán efectuadas en un único pago por las

correspondientes mutualidades en un plazo no superior a los dos meses, a partir

de la firma del presente Acuerdo.

Tercero.-Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente

a sus representados del acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación

del mismo.

Y en prueba de conformidad, firman a continuación el presente

documento, extendido en tantos ejemplares como partes intervinientes, los

representantes del Servicio Gallego de Salud, José Hernández Cochón ;

de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, José María

García Oyaregui ; del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Antonio

Sánchez Velayos, y de la Mutualidad General Judicial, Benigno Varela

Durán.

ANEXO II

Personas de cada mutualidad adscritas a cada entidad que residen en los municipios recogidos en el anexo I e importe que debe abonarse mensualmente

al Servicio Gallego de Salud por cada uno de los colectivos (a 31 de enero de 1999)

(Precio por persona = 1.071 pesetas/mes en 1999)

Importes mensuales

-pesetas

Entidad

Personas adscritas

De MUFACE De ISFAS De MUGEJU Por Col. de MUFACE Por Col. de ISFAS Por Col. de MUGEJU

Adeslas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.400 876 38 1.499.400 938.196 40.698

Aegon Unión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 0 0 70.686 0 0

Asisa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 854 555 31 914.634 594.405 33.201

Caja Salud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 63 0 55.692 67.473 0

Caser . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 157 167 9 168.147 178.857 9.639

Igualat. La Coruña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81 0 0 86.751 0 0

La Equitativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 53 1 23.562 56.763 1.071

Previasa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 0 0 41.769 0 0

Sanitas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 0 32 0 0 34.272

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.671 1.714 111 2.860.641 1.835.694 118.881

ANEXO III

Personas de cada mutualidad adscritas a cada entidad que residen en los municipios de hasta 20.000 habitantes (excluidas las que figuran en

el anexo II) e importe que debe abonarse mensualmente al Servicio Gallego de Salud por cada uno de los colectivos (a 31 de enero de 1999)

(Precio por persona = 90 pesetas/mes en 1999)

Importes mensuales

-pesetas

Entidad

Personas adscritas

De MUFACE De ISFAS De MUGEJU Por Col. de MUFACE Por Col. de ISFAS Por Col. de MUGEJU

Adeslas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.195 948 346 1.367.550 85.320 31.140

Aegon Unión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 480 0 0 43.200 0 0

Asisa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.684 122 137 241.560 10.980 12.330

Caja Salud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 653 0 16 58.770 0 1.440

Caser . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.401 12 50 126.090 1.080 4.500

Igualat. La Coruña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.189 0 0 287.010 0 0

La Equitativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 625 15 4 56.250 1.350 360

Previasa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 225 0 5 20.250 0 450

Sanitas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 0 338 0 0 30.420

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.452 1.097 896 2.200.680 98.730 80.640

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