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Visto el expediente de indulto de doña Begoña García Rives, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de fecha 19 de junio de 1998, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 5.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a doña Begoña García Rives la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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