Visto el expediente de indulto de don Javier Fernández Sangrador, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, emitidos por la Sección Segunda, de lo Penal, de la Audiencia Nacional y que fue condenado por el Tribunal de Apelación de Tetuán en Marruecos, en sentencia de fecha 13 de agosto de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Javier Fernández Sangrador la mitad de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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