Contenu non disponible en français
Visto el expediente de indulto de don Miguel García Picazo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete, en sentencia de fecha 14 de octubre de 1997, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, de fecha 17 de marzo de 1997, como autor de un delito de lesiones agravadas, a la pena de tres años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Miguel García Picazo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid