En la cuestión de competencia negativa número 530/00, trabada entre el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 5 y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sala Tercera (Sección Octava) del Tribunal Supremo ha dictado, en fecha 15 de noviembre de 2000, sentencia que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS:
La competencia para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad «Playas Españolas, Sociedad Anónima», contra la diligencia de embargo de acciones de 23 de diciembre de 1998, dictada por la Unidad Regional de Recaudación de la Delegación Especial de Madrid, de la Agencia Tributaria, por cuantía superior a diez millones de pesetas, corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que deberán ser remitidas las actuaciones para que prosigan los correspondientes trámites. Y comuníquese esta resolución al Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid, mediante remisión de testimonio.
Presidente: Excmo. Sr. D. Ángel Rodríguez García; Magistrados: Excmo. Sr. D. Enrique Cancer Lalanne y Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López.
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