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Documento BOE-A-2000-2596

Resolución de 26 de enero de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto "Aprovechamiento hidroeléctrico de Sela en el río Miño", de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas. Promotores: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad Anónima" y "EDP-Electricidade de Portugal, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2000, páginas 5925 a 5929 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2000-2596

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte, para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, modificado por el Real Decreto 1646/1999, de 22 de octubre, por los que se establece la estructura orgánica básica y la distribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

Al objeto de iniciar el procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento, «Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad Anónima» remitió a la antigua Dirección General de Información y Evaluación Ambiental, con fecha 20 de febrero de 1996, la Memoria-resumen del proyecto: «Aprovechamiento hidroeléctrico de Sela en el río Miño».

En la XXVI Reunión de la Comisión Hispano-Portuguesa para regular el uso y aprovechamiento de los ríos internacionales en sus zonas fronterizas, celebrada en Madrid los días 26 y 27 de febrero de 1996, se acordó formar un grupo de trabajo bilateral para coordinar el proceso de evaluación de impacto ambiental seguido en ambos países. Este grupo de trabajo ha celebrado diversas reuniones para analizar la problemática ambiental del proyecto y ha ido solicitando nueva información y estudios complementarios a los promotores del mismo. El proceso de evaluación de impacto ambiental se ha llevado a cabo de forma coordinada entre los dos países, ajustándose cada uno de ellos a su propia normativa.

El proyecto, cuya finalidad es satisfacer la creciente demanda de energía eléctrica en España y Portugal adaptándose a las necesidades puntuales de consumo, se sitúa a lo largo de 23 kilómetros del tramo internacional del río Miño. En esencia consta de una presa de gravedad, en forma de azud, coronada a la cota 42 con una altura máxima de 36,5 metros y un desarrollo en coronación de 325 metros. El volumen total de agua embalsada será de 54,6 hectómetros cúbicos, con una superficie de embalse de 480 hectáreas. La producción de energía prevista es de 538 gigavatios-hora por año medio, de los que el 64,5 por 100 se destinarán a España y el 35,5 por 100 a Portugal.

Recibida la referida Memoria-resumen, la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental consultó preceptivamente a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, y también a otras administraciones y organismos previsiblemente interesados sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del Reglamento citado, con fecha 23 de julio de 1996, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental dio traslado a la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de la Aguas de las respuestas recibidas.

La relación de organismos consultados, así como una síntesis de las respuestas recibidas, se recoge en el anexo I.

Elaborado por «Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad Anónima» y «EDPElectricidade de Portugal, Sociedad Anónima», el estudio de impacto ambiental y los diferentes estudios complementarios realizados a instancia del grupo de trabajo bilateral, fueron sometidos al trámite de información pública mediante anuncio que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 24, de 28 de enero de 1998, y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra» número 22, de 3 de febrero de 1998, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento. Asimismo, la información pública se complementó con la exposición de una nota anuncio de la misma y de un resumen no técnico del estudio de impacto ambiental en los Ayuntamientos de Arbo, As Neves y Crecente.

Conforme al artículo 16 del Reglamento, con fecha 21 de marzo de 1998, la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente, consistente en el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado del trámite de información pública.

Las características principales del proyecto se resumen en el anexo II de esta Resolución.

Los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental, así como el análisis y comentarios que sobre el mismo realiza la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se recogen en el anexo III.

Un resumen del resultado del trámite de información pública, se acompaña como anexo IV.

El grupo de trabajo bilateral concluyó su labor informando del resultado de sus trabajos a la Comisión Hispano-Portuguesa para regular el uso y aprovechamiento de los ríos internacionales en sus zonas fronterizas, en la XXIX Reunión de dicha Comisión celebrada en Lisboa el día 15 de octubre de 1999. Esta Comisión adoptó las conclusiones del informe del grupo de trabajo.

Estas conclusiones, en esencia, vienen a señalar que la construcción de la presa de Sela provocaría la desaparición, o una regresión muy importante, de las poblaciones de especies migradoras en la zona del río Miño situada aguas arriba de la presa, en especial de la lamprea, lo cual tendría, además, consecuencias negativas en el medio socioeconómico de la zona dado el gran arraigo gastronómico de dicha especie, objeto, incluso, de una fiesta declarada de interés turístico nacional. Asimismo, este embalse produciría una alteración del microclima necesario para el desarrollo de las viñas que dan lugar a la producción de los vinos Albariño y Condado del Tea (denominación de origen «Rías Baixas»). Por otro lado, de llevarse a cabo el proyecto, las aguas del embalse sepultarían numerosas «pesqueiras». Estas construcciones, utilizadas para la pesca artesanal de la lamprea, constituyen un elemento arquitectónico característico del río Miño; con fecha 12 de enero de 1984, las «pesqueiras» de Arbo se incoaron bien de interés cultural con la categoría de conjunto histórico artístico («Boletín Oficial del Estado» de 31 de marzo de 1984). Están afectadas por la protección dada por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, a los solos efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental sobre el proyecto «Aprovechamiento hidroeléctrico de Sela en el río Miño», de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, del que son promotores «Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad Anónima» y «EDP-Electricidade de Portugal».

Declaración de impacto ambiental

Examinada la documentación recibida, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que el proyecto «Aprovechamiento hidroeléctrico de Sela en el río Miño» producirá impactos ambientales negativos irreversibles sobre el medio natural, el medio socioeconómico y el patrimonio histórico y cultural, no habiéndose establecido medidas eficaces para mitigar o compensar los citados impactos, por lo que, dado el alto valor de los elementos afectados, declara que el citado proyecto no es ambientalmente viable.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 26 de enero de 2000.−El Secretario general, Juan Luis Muriel Gómez.

ANEXO I
Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto
Relación de consultados Respuestas recibidas
Dirección General de Conservación de la Naturaleza. X
Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Dirección Provincial del Ministerio de Industria en Pontevedra.
Dirección Provincial del MOPTMA en Pontevedra.
Diputación Provincial de Pontevedra. X
Secretaría Xeral Protección Civil e Medio Ambiente (Xunta de Galicia). X
Dirección Xeral de Montes e Medio Ambiente Rural (Xunta de Galicia).
Laboratorio Regional del Medio Ambiente Industrial (Xunta de Galicia). X
Instituto de Investigaciones Agrobiológicas de Galicia (CSIC).
Facultad de Biología (Universidad de Santiago de Compostela).
Facultad de Farmacia (Universidad de Santiago de Compostela). X
Instituto Tecnológico y Geominero de España.
Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
Sociedad Española para Defensa del Patrimonio Geológico y Minero.
Sociedade Galega de Historia Natural. X
Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.
Ayuntamiento de Crecente (Pontevedra).
Ayuntamiento de Arbo (Pontevedra). X
Ayuntamiento de As Neves (Pontevedra). X
Consejo Ibérico para la Defensa de la Naturaleza.
CODA.
AEDENAT.
FAT.
ADENA.
Colectivo Ecologista Protección da Naturaleza (EPRONA).
Asociación para la Defensa Ecolóxica de Galiza (ADEGA).
Asociación para la Cultura y la Ecología.
Ecología e Meio Ambiente (EMA).
Seminario Ciencias Naturais. Grupo Ecoloxista.
Grupo Erva.
Asociación Naturalista Bajo Miño (ANABAM).

A continuación, se resume el contenido de las respuestas recibidas:

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza señala que aguas debajo de la presa se encuentra el espacio denominado «Tuy-Miño», con código de la Red HISPANAT H114S046. Asimismo indica la necesidad de disponer de escalas que permitan el paso de las especies migradoras presentes en el río, alguna de las cuales está incluida en el apéndice II de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y en el apéndice 3 del Convenio de Berna.

La Diputación Provincial de Pontevedra considera que se deben analizar las repercusiones del proyecto sobre los usos del suelo, pérdida de suelo fértil, y los consiguientes efectos socioeconómicos, dado el predominio de la actividad agrícola y forestal en la zona. El cauce del río, aguas debajo de la presa, debe tener un caudal mínimo que asegure la supervivencia del sistema ecológico. Se asegurará el funcionamiento de las escalas para peces.

La Secretaría Xeral para a Protección Civil e o Medio Ambiente, tras consultar a los órganos sectoriales con competencias en el tema, manifiesta: Que se justifique la compatibilidad del proyecto con la conservación de la actual riqueza piscícola del río; que se detallen las medidas correctoras referentes tanto a movimientos de tierra como a emisiones puntuales que alteren la calidad del aire; que se lleve a cabo una prospección arqueológica en la zona afectada por el proyecto, prestando especial atención a las numerosas «pesqueiras» declaradas bien de interés cultural con la categoría de conjunto histórico.

El Laboratorio Rexional do Medio Ambiente Industrial considera que se deben describir las medidas correctoras necesarias para cumplir con las normas de calidad del aire en lo referente a emisiones de partículas y de dióxido de azufre. Igualmente, debe cumplirse la legislación vigente en materia de residuos tóxicos y peligrosos.

El Departamento de Biología Vegetal (Facultad de Farmacia, Universidad de Santiago) sugiere que la revegetación de taludes y desmontes, así como la recuperación del paisaje, se realice de acuerdo con la vegetación natural de la zona.

La Sociedade Galega de Historia Natural considera que no está justificada la necesidad del proyecto.

El Ayuntamiento de Arbo manifiesta que la fauna existente en el río, especialmente la lamprea, el sábalo y el salmón, se verá seriamente afectada al desaparecer las zonas de cría. Indica que las «pesqueiras», consideradas monumentos histórico-artísticos, quedarían anegadas en su totalidad y, como consecuencia desaparecería la fiesta gastronómica «Festa da Lamprea», declarada de interés turístico nacional, afectando de forma irreparable a la hostelería.

El Concello de As Neves indica que ha de prestarse especial atención a las márgenes del río, pues en caso de quedar secos se produciría la desaparición de importantes especies piscícolas, como la lamprea que después del desove se desarrolla en los lodos de las orillas. Se deben construir escalas que permitan el paso de las especies migradoras presentes en el río para mantener su presencia aguas arriba de la presa, especialmente en el río Termes.

ANEXO II
Descripción del proyecto

El aprovechamiento hidroeléctrico de Sela se ubica en el tramo internacional del río Miño, afectando, por consiguiente, a zonas de España y Portugal.

En la zona española, margen derecha del río, se verán afectados los municipios de Crecente, Arbo y As Neves, pertenecientes a la provincia de Pontevedra. La franja de terreno ocupada en esta margen tiene una anchura media de 80 metros, en su mayor parte de monte aunque aparecen de forma dispersa algunos terrenos de labranza. En esta margen del río confluyen los ríos Bidamil, Deva y Cea, por cuyas cuencas asciende un corto tramo del embalse.

Respecto a la zona portuguesa, margen izquierda del río Miño, el proyecto afectará a las localidades de Melgaço y Monçao, pertenecientes al distrito de Viana do Castelo. La franja de terreno ocupada en la parte portuguesa tiene una anchura media de 93 metros, siendo la mitad de los terrenos de aprovechamiento agrícola y la otra mitad de matorral y pinar.

La zona destinada a la construcción de la presa, a 2 kilómetros de la población española de Sela, se localiza a unos 22,8 kilómetros aguas abajo del embalse de Frieira y a 57 kilómetros de la desembocadura del Miño. La superficie total del embalse será de unas 480 hectáreas, inundando un total de 350 hectáreas de terreno (180 en el lado portugués y 170 en el español), siendo el volumen de agua embalsada 54,6 hectómetros cúbicos.

La presa y el aliviadero forman un único elemento denominado presa-aliviadero, consistente en una infraestructura de hormigón en forma de azud, constituida por nueve bloques, y sustentada por cuatro pilares que crean cinco vanos aliviaderos de 20,0 metros de anchura, dotados de compuertas segmento. Estos pilares, de 34,30 metros de longitud, presentan anchura variable (entre 5,0 y 6,45 metros) y están dotados de formas hidrodinámicas en el extremo de aguas arriba.

La altura máxima de la presa es de 36,5 metros, siendo la cota de coronación 42,00 metros. El nivel de pleno almacenamiento es de 40,0 metros y el nivel máximo extraordinario 42,0 metros.

La central, situada entre el aliviadero y la margen derecha, tiene una longitud transversal de 77,0 metros y está dividida en cuatro bloques por medio de juntas longitudinales. El primer bloque corresponde con la toma de agua y la parte inicial de los conductos de alimentación. El segundo bloque comprende la zona de pisos auxiliares y la continuación de los conductos de alimentación de las turbinas. En el tercer bloque se encuentran instalados los grupos y el cuarto bloque corresponde con el muro de cierre de aguas abajo y la salida de los conductos de restitución.

La central consta de dos grupos turbina-alternador, de tipo Kaplan de eje vertical con cámaras espirales en hormigón. La potencia máxima es de 2×76 MW.

Con la finalidad de permitir el paso de las diferentes especies piscícolas migratorias a través del obstáculo que supone la presa, se incluye en el proyecto una esclusa de peces. La esclusa está situada entre el aliviadero y el dique de unión con la margen izquierda, sirviendo de muro de separación.

En las dos márgenes del aprovechamiento, y para completar el cierre del río, se proyectan dos diques de gravedad. Durante el período de construcción, el dique de la margen izquierda tendrá tres aberturas para desviar provisionalmente las aguas del río. En la abertura central se construirá la descarga de fondo, obturándose las otras dos.

En la margen derecha, inmediatamente aguas abajo del dique de cierre, se situará la subestación donde se instalarán los dos transformadores de 220 KV.

La energía producida por año medio será de 538 Gwh, estimándose una producción de 701 Gwh en año húmedo y de 392 Gwh en año seco. De esta energía, un 64,5 por 100 se destinará a España y el 35,5 por 100 restante a Portugal.

El régimen previsto de explotación de la central parte de un caudal máximo turbinable de 650 metros cúbicos por segundo, idéntico al existente en el aprovechamiento de Frieira. Teniendo en cuenta la reducida capacidad de regulación del embalse de Sela (volumen útil inferior al 0,5 por 100 de las aportaciones medias anuales), y representando la cuenca intermedia entre los saltos de Frieira y Sela una extensión muy reducida de la cuenca total (menos del 2 por 100), cabe esperar, con un régimen de explotación idéntico al de Frieira, un mantenimiento de nivel en el nuevo embalse prácticamente constante y en su pleno almacenamiento.

ANEXO III
Resumen del estudio de impacto ambiental

Contenido:

La descripción de la situación inicial se realiza considerando tanto los aspectos físicos y biológicos como los factores culturales y socioeconómicos.

La caracterización del suelo se hace con base a su génesis, distinguiéndose dos tipos de suelos principales: Suelos de valles fluviales, formados por materiales aluviales y coluviales, y suelos terrestres, preferentemente arenosos. Los estudios desarrollados permiten concluir que la región está caracterizada por una tectónica de edad reciente y de carácter compresivo. De acuerdo con el Reglamento de Seguridad de Acciones para Estructuras de Edificios y Puentes, la zona de emplazamiento del proyecto corresponde a la denominada zona D, de bajo riesgo sísmico.

Desde el punto de vista hidrológico, el estudio señala que, en el período 1973-1993, el caudal medio anual de la cuenca del río Miño oscila entre los 127 metros cúbicos por segundo, correspondientes al año más seco y los 503 metros cúbicos por segundo, del año más húmedo, siendo el caudal medio anual correspondiente a este período de 294 metros cúbicos por segundo. En cuanto a caudales mensuales, el máximo registrado en dicho período aparece en el mes de febrero con un valor de 1.830 metros cúbicos por segundo, mientras que el mínimo caudal de estiaje corresponde al mes de agosto con 12 metros cúbicos por segundo.

Por lo que se refiere a la hidrogeología, a pesar de la alta pluviometría de la zona, la escasa permeabilidad del terreno limita la infiltración. Según el estudio existe un acuífero regional en la cuenca central del Miño, del que se obtienen caudales en torno a los 50 litros por segundo. La recarga de los acuíferos es alta, por lo que no hay problemas de sobreexplotación ni de intrusión marina.

Respecto a la calidad del agua, el estudio afirma que el agua del aprovechamiento de Sela debe clasificarse dentro del nivel mesotrófico, con bajos contenidos en fósforo. La considera apta para la producción de agua potable.

Con relación a la flora, el estudio señala que la cubierta vegetal está dominada por especies introducidas por el hombre, encontrándose las zonas más próximas a los núcleos habitados dominadas por un marcado carácter agrícola. En las zonas menos aptas para el cultivo se localizan algunos vestigios de la vegetación arbórea natural de la región. Así, predominan formaciones de tipo mixto con especies como el pino bravo y el eucalipto. El pino bravo o gallego coexiste en algunas zonas con vegetación arbórea natural, carballo y alcornoque, y en otras con el eucalipto.

Las especies arbustivas más frecuentes son el tojo y el brezo. En cuanto a las especies herbáceas destaca la presencia del fento. La vegetación ripícola se limita a una franja más o menos estrecha, siendo la que mejor representa la vegetación típica de esta región. Está constituida por mimosas, sauces, alisos, chopos y fresnos. Los arbustos ribereños más frecuentes son la silva, el sanguino, el escambrón, la madreselva, el laurel, la hiedra y la rosa.

Sobre la fauna, el estudio indica que es rica y diversificada, encontrándose algunas especies de elevado valor ecológico. Las aves y mamíferos tienen su hábitat preferente en la floresta y los matorrales. Las aves más representativas son el carbonero garrapinos, el carbonero común, la urraca, el arrendajo, el cuco, el acentor común, el pinzón vulgar, el petirrojo y la curruca capirotada. En las zonas de matorral es frecuente encontrar al ratonero, al cernícalo vulgar, al águila culebrera, al gavilán y a la paloma torcaz entre otros. En cuanto a los mamíferos, los más frecuentes son: El conejo, el ratón de campo, el zorro, el topillo y el ratón casero.

En las zonas ribereñas destaca la presencia de anfibios y reptiles. Las aves características de este hábitat son el pito real, el pica pinos, el martín pescador, la bisbita común, el mirlo acuático, el chochín, el ruiseñor bastardo y el reyezuelo.

En el río se encuentran las especies de mayor valor ecológico y económico. La fauna piscícola ha sufrido a lo largo de los años una fuerte presión humana, a través de la pesca, de la descarga de vertidos y del embalse de las aguas por las diversas presas existentes en el río Miño. La pesca se realiza, en su mayoría, de forma artesanal, con unas estructuras denominadas «pesqueiras». La lamprea y la angula son las especies más importantes, tanto en volumen de capturas como en valor comercial, destacando también el sábalo, el salmón y la anguila.

Por lo que se refiere al medio socioeconómico, el estudio considera a esta región como marcadamente rural, con una economía pobre basada en una agricultura de subsistencia. La actividad industrial es muy incipiente, consistiendo en unidades de transformación de metales y madera.

La actividad más relevante es la viticultura, la cual, además de crear empleo, da lugar a una producción vinícola de calidad. El vino con mayor valor comercial producido en la región es el Albariño.

La pesca en el río Miño, que tradicionalmente constituía una fuente de ingresos para la economía familiar, ha entrado, según el estudio, en declive, produciéndose el abandono progresivo de las «pesqueiras».

El potencial desarrollo económico de la región parece estar ligado al sector turístico, dada la riqueza en recursos naturales, paisaje y gastronomía.

El patrimonio arqueológico y arquitectónico de la zona está fuertemente marcado por las citadas «pesqueiras» (estructuras construidas sobre el lecho rocoso del río para modificar las corrientes de agua y así facilitar la captura de los peces que ascienden por el río), habiéndose identificado un total de quinientas quince, parte de ellas ya destruidas.

En cuanto a los posibles impactos ambientales que se producirán como consecuencia de la ejecución del proyecto, el estudio considera tanto los ocasionados en la fase de construcción del aprovechamiento como aquellos debidos a la explotación del mismo.

Con relación a la topografía, geología y suelos, el estudio señala que los impactos, en general, serán de baja importancia. Menciona como significativo y severo la pérdida de suelo debida a la presencia del embalse, si bien, dice el estudio, la mayor parte de los suelos son de baja fertilidad.

Sobre la hidrología, el estudio afirma que no se producirán impactos relevantes durante la fase de construcción. En la fase de explotación se podrían erosionar seriamente las márgenes en algunos cientos de metros aguas debajo de la presa, pero, según el estudio, la adopción de medidas adecuadas haría que el impacto fuera de poca importancia.

Desde el punto de vista hidrogeológico, el estudio considera poco significativos los impactos debidos a cambios del nivel freático y a la pérdida de calidad de las aguas subterráneas. Sobre los recursos hidrominerales, la construcción del aprovechamiento supondrá la desaparición total de tres puntos (Penso, Sela y Canario) y parcial de Corga do Vergueiral a cota 38,00. No obstante, indica el estudio, la captación definitiva a cota 51,00, existente desde 1995, no se verá afectada, previéndose una influencia positiva debido a la subida de la superficie piezométrica.

Con relación a la calidad de las aguas, el estudio señala que el tiempo de retención en el embalse de los caudales efluentes será, en términos medios, de 2,1 días; es decir, el volumen total de agua se renovará cerca de ciento setenta y ocho veces al año. La importancia de este impacto se considera media.

Con respecto a la flora, el estudio afirma que la eliminación de la cubierta vegetal debe considerarse como un impacto significativo de importancia alta. Por lo que se refiere a la vegetación de ribera aguas debajo de la presa, el estudio menciona que en otros embalses de la zona con similar régimen de explotación (Frieira) la vegetación de ribera se ha adaptado a esa regulación, por lo que sólo cabe esperar alteraciones en la zona adyacente a la presa.

Sobre la fauna terrestre, el estudio afirma que la pérdida de hábitat constituye un impacto severo de importancia alta, si bien las poblaciones afectadas se desplazarán a áreas similares.

En cuanto a la fauna acuática, el estudio señala que los impactos se producirán por la presencia y funcionamiento de la presa e instalaciones auxiliares, por la presencia del embalse y por la regulación del caudal aguas abajo. El llenado del embalse supone la desaparición de frezaderos en el tramo a inundar, así como aguas debajo de la presa, a causa de las fluctuaciones de caudal. La propia presencia de la presa constituye un obstáculo en el flujo de especies tales como el salmón, sábalo, lamprea y anguila. El estudio propone la construcción de frezaderos artificiales y de escalas para peces para paliar estos impactos, a los que califica de moderados y de importancia alta.

En el medio socioeconómico, el estudio indica que sólo un tercio de los terrenos a inundar han tenido un aprovechamiento en cultivos y que la adquisición de tierras por parte de las empresas concesionarias se ha realizado con un elevado grado de acuerdo con los propietarios, por lo que califica a este impacto de poco significativo.

El impacto que la presencia y funcionamiento de la presa puedan provocar sobre la pesca fluvial es considerado por el estudio como moderado y de importancia media, señalando que este recurso está perdiendo peso en los últimos años. Por lo que se refiere a la fiesta popular que anualmente se celebra en Arbo en torno a la pesca de la lamprea, el estudio afirma que dicha fiesta no desaparecerá, tal como ha ocurrido con la mayor parte de las fiestas de los distintos municipios ligadas a actividades rurales; considera este impacto como moderado.

Con relación al posible desarrollo turístico de la zona, el estudio señala que éste puede verse potenciado por la presencia del embalse.

Sobre las consecuencias que los cambios climáticos producidos por la presencia del agua embalsada pudieran tener sobre el cultivo de la viña, el estudio manifiesta que nada hace prever que vaya a alterarse la calidad de los vinos producidos, aunque podrán aumentar las enfermedades criptogámicas de la viña, en especial el oídio, lo que implicará un aumento del número de tratamientos fitosanitarios.

Por lo que se refiere al patrimonio artístico de la zona, el estudio señala que durante la fase de construcción desaparecerán cuatro «pesqueiras», mientras que la inundación de la zona supondrá que 391 «pesqueiras» quedarán bajo las aguas.

Finalmente, el estudio de impacto ambiental menciona las medidas correctoras a aplicar para paliar los efectos adversos del proyecto y establece un programa de vigilancia ambiental para garantizar el cumplimiento de las mismas.

Comentarios:

El estudio de impacto ambiental es correcto, en cuanto satisface las prescripciones establecidas. Asimismo, el procedimiento de evaluación de impacto ambiental se ha llevado a cabo cumpliendo todos los requisitos establecidos en la legislación vigente.

Del análisis de estudio puede concluirse que, de llevarse a cabo el proyecto de «Aprovechamiento hidroeléctrico de Sela», se producirían una serie de impactos ambientales sobre elementos valiosos, tanto naturales como económicos y culturales, para los que no ha sido posible establecer medidas correctoras eficaces. A continuación, se comentan estos impactos:

El río Miño prácticamente sólo mantiene en estado natural sus últimos ochenta kilómetros, de los que aproximadamente veintitrés quedarían afectados por la presa de Sela. Esta pérdida de naturalidad no sólo supondría un cambio de un régimen lótico (aguas rápidas) a otro léntico (aguas embalsadas), sino que tendría un efecto añadido al incidir negativamente, tal como se ha manifestado en la información pública, sobre el uso turístico y deportivo que actualmente se hace en ese tramo del río con las consiguientes repercusiones para la economía de la zona.

Este embalse de agua produciría una alteración del microclima necesario para el desarrollo de las viñas que dan lugar a la producción de los vinos Albariño y Condado del Tea (denominación de origen «Rías Baixas»). Además, es probable el aumento de enfermedades criptogámicas de la vid, en especial el oídio, lo que implicaría más tratamientos fitosanitarios con los correspondientes riesgos para la salud.

La construcción de la presa de Sela provocaría la desaparición, o una regresión muy importante, de las poblaciones de especies migradoras en la zona del río Miño situada aguas arriba de la presa.

Las especies que se verían afectadas en mayor medida son: La lamprea marina(«Petromyzonmarinus»),elsábalo(«Alosaalosa»),elsalmón(«Salmo solar») y la anguila («Anguilla anguilla»).

La presa de Sela no sólo supondría un obstáculo físico para esas especies en su recorrido migratorio por el río, sino que, además, la subida del nivel del agua causaría la desaparición de gran parte de los frezaderos de la zona.

Una consecuencia de este impacto sobre la fauna piscícola, especialmente en el caso de la lamprea, es la repercusión que supone para la economía de la zona, dado el gran arraigo gastronómico de dicha especie, objeto, incluso, de una fiesta declarada de interés turístico nacional.

Por lo que se refiere al patrimonio histórico artístico, las «pesqueiras» constituyen un elemento arquitectónico característico del río Miño. Estas construcciones, utilizadas para la pesca, principalmente de la lamprea, datan de la época romana o del siglo XII según algunos historiadores. Con fecha 12 de enero de 1984, las «pesqueiras» de Arbo se incoaron bien de interés cultural con la categoría de conjunto histórico artístico («Boletín Oficial del Estado» de 31 de marzo de 1984). Están afectadas por la protección dada por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

El resto de las «pesqueiras» han sido declaradas elementos de interés etnográfico, inventariadas y protegidas por la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia.

La construcción de la presa de Sela supondría que las 515 «pesqueiras» inventariadas en la zona queden sumergidas bajo las aguas del embalse.

ANEXO IV
Información pública

Se presentaron un total de 3.255 alegaciones. Dado el elevado número de alegaciones particulares, y que por lo general éstas exponen similares argumentos ambientales, en muchos casos con idéntico texto, se resume a continuación el contenido de las mismas, particularizando las que tienen algún tipo de representación (organismos, instituciones, asociaciones, etc.) y agrupando las correspondientes a ciudadanos particulares.

Los Grupos Municipales del Bloque Nacionalista Gallego (BNG) de Ponteareas, Salceda de Caselas y As Neves, y otras alegaciones, consideran que el proyecto no se justifica por necesidades de consumo ni para sustituir otros sistemas energéticos más contaminantes. No está suficientemente estudiada la influencia de los cambios climáticos sobre los viñedos, principalmente del aumento de días de niebla que tendría lugar como consecuencia de la presencia del embalse; existen precedentes (presa de Velle, en Ourense) de que el aumento de días de niebla favorece la aparición de enfermedades de la vid (oídio, mildíu y la excoriosis). Desaparecerán las actividades recreativas de aguas rápidas («kayak», descenso en barcas neumáticas, etc.). Pérdida de hábitat para la freza de las especies piscícolas e imposibilidad de mantener la fauna acuática, aguas arriba de la presa, a causa de la ineficacia de las escalas para peces; en el caso de la lamprea el efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico.

El Grupo Municipal Socialista de As Neves manifiesta que se producirán graves daños en la agricultura, especialmente sobre los viñedos de Albariño y Condado. Se perjudicará a la riqueza piscícola del río, con las consiguientes consecuencias económicas negativas para la zona. Se destruirá un paraje que se conserva en estado natural lo que, además, repercute negativamente sobre la práctica de deportes acuáticos. Los cambios climáticos supondrán un grave perjuicio para el desarrollo agropecuario y para la salud de los habitantes.

La Federación Ecoloxista Galega (FEG) afirma que el proyecto no se justifica por necesidades de consumo ni para sustituir otros sistemas energéticos más contaminantes; en este sentido, señala que no existe ninguna garantía de que la construcción del aprovechamiento de Sela suponga que dejen de funcionar centrales térmicas actualmente en funcionamiento. El proyecto atenta gravemente contra el patrimonio histórico, arqueológico y cultural (desaparición de las «pesqueiras») y contra los recursos naturales. El tramo final del río Miño es el único donde están representadas todas las especies de peces autóctonos de Galicia.

«Minas del Condado, Sociedad Limitada» no se opone al proyecto, siempre y cuando queden salvaguardados los derechos que le otorga la concesión minera de la que es titular: Concesión de explotación minera número 2.398 denominada «Doña Gloria» y permiso de investigación número 2.731 denominada «Ampliación a Doña Gloria».

Coordenadora pro Naturaleza Ourensana, Grupo Erva, Asociación Ecoloxista e Naturalista Sobreira y ADEGA realizan las siguientes manifestaciones: El proyecto supone la destrucción del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural. Los cambios climáticos que aparecerán como consecuencia de la presencia del embalse, principalmente del aumento de días de niebla, supondrán un grave perjuicio para los viñedos; existen precedentes (presa de Velle en Ourense) de que el aumento de días de niebla favorece la aparición de enfermedades de la vid, con el consiguiente incremento de los tratamientos fitosanitarios. Pérdida de hábitat para la freza de las especies piscícolas e imposibilidad de mantener la fauna acuática, aguas arriba de la presa, a causa de la ineficacia de las escalas para peces; en el caso de la lamprea el efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico. Desaparecerán las históricas «pesqueiras». Inexistencia de medidas correctoras reales.

Arrepions C.B. considera que el proyecto provocará la desaparición de las actividades recreativas de aguas rápidas («kayak», «rafting», canoa e «hidrospeed»), con el consiguiente perjuicio económico para las cinco empresas de este tipo de actividades que operan en la zona y para los sectores turístico y hotelero. Se producirán efectos negativos sobre la agricultura por los cambios climáticos, sobre el patrimonio histórico-artístico (desaparición de las «pesqueiras») y sobre la riqueza piscícola. También se verá afectada la calidad de las aguas del río Miño.

El Ayuntamiento de Tuy, en el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada el día 27 de febrero de 1998, se manifiesta en contra del proyecto (los motivos se expusieron en dicho Pleno).

El Ayuntamiento de Arbo considera que el proyecto supone la destrucción del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural. El aumento de días de niebla supondrá un grave perjuicio para los viñedos de Albariño y Condado, pues se favorece la aparición de enfermedades de la vid. Se destruirán los frezaderos con la consiguiente repercusión sobre las especies piscícolas del río (lamprea, sábalo y salmón); en el caso de la lamprea el efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico. Desaparecerán las históricas «pesqueiras».

El Ayuntamiento de Salceda de Caselas, en el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 1996, se manifiesta en contra del proyecto (los motivos se expusieron en dicho Pleno).

El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño señala que desaparecerán las históricas «pesqueiras». Los cambios climáticos tendrán consecuencias negativas para el cultivo de la vid, lo que afectará especialmente a los vinos Condado y Albariño. Desaparición de las especies piscícolas del río (lamprea, sábalo, anguila y salmón); en el caso de la lamprea el efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico. Se destruirá el hábitat natural de las especies de flora y fauna de las islas Fillaboa de este término municipal. Los cambios del nivel de las aguas afectarán a los balnearios de Caldelas de Tuy y Melgaço y Monçao (Portugal).

El Ayuntamiento de O Rosal considera que el proyecto supone la destrucción del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural. Se producirán graves daños en la agricultura, especialmente sobre los viñedos de Albariño y Condado. Se perjudica la riqueza piscícola del río, con las consiguientes repercusiones económicas para la zona. El embalsamiento de las aguas hace que la desembocadura del Miño, entre O Rosal y A Guarda, esté cada vez más cerrada por la acumulación de arenas, lo que supone graves dificultades para la navegación.

La Asociación Naturalista «Baixo Miño» (ANABAM) indica que desaparecerán las históricas «pesqueiras». Los cambios climáticos tendrán consecuencias negativas para la agricultura, especialmente para el cultivo de la vid. Se producirán graves perjuicios sobre las especies piscícolas del río. Destrucción del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural, afectando al hábitat de numerosas especies tanto de flora como de fauna, lo que repercutirá negativamente en el sector turístico y en la economía de los pueblos ribereños.

La Unión de Consumidores de Pontevedra afirma que se producirán graves daños en la agricultura, especialmente sobre los viñedos de Albariño y Condado. Se perjudica la riqueza piscícola del río, sobre todo a la lamprea, con las consiguientes consecuencias económicas para la zona. El estancamiento de las aguas tendrá efectos negativos sobre la salud de los ciudadanos. El embalsamiento de las aguas hace que la desembocadura del Miño esté cada vez más cerrada por la acumulación de arena, lo que supone graves dificultades para la navegación.

La Asociación Cultural «O Encanto da Croa» afirma que el proyecto destruirá un paraje natural que sirve de lugar de ocio y recreo para los habitantes de la zona. Asimismo se perderán valores socioculturales importantes, como son las «pesqueiras», y otros naturales, aguas medicinales y fauna y flora autóctonas.

Casa de Turismo Rural «Casa Pazos» dice que el proyecto supone la destrucción del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural, lo que repercutirá negativamente sobre el turismo de la zona. Los cambios climáticos supondrán un grave perjuicio para los viñedos de denominación de origen «Rías Baixas», pues se favorece la aparición de enfermedades de la vid con el consiguiente aumento de tratamientos con productos químicos. Destrucción de frezaderos y desaparición de las especies piscícolas del río; en el caso de la lamprea, el efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico. Desaparecerán las históricas «pesqueiras».

La Junta de Montes Vecinales en Mano Común de la Parroquia de Santa María de Arbo menciona la repercusión económica negativa para la zona a causa de los efectos del proyecto sobre los viñedos y sobre la pesca de la lamprea. Manifiestan ser propietarios de unos 60.000 metros cuadrados de parcelas afectadas por el embalse, sin que hasta la fecha se haya iniciado ningún trámite de expediente de expropiación.

La Junta Rectora de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de San Juan de Arbo considera que el embalsamiento de las aguas podría producir importantes perjuicios en el medio ambiente y en la salud de los vecinos.

La Asociación de Pescadores «O Trabadoiro», en acuerdo tomado en Asamblea General, muestra su oposición a la construcción del «Aprovechamiento hidroeléctrico de Sela, en el río Miño».

Asociación de Pescadores del Río Miño y Asociación Galega de Pesca Fluvial señalan graves perjuicios para la fauna piscícola a causa de la pérdida de hábitat para la freza y de la imposibilidad de mantener la fauna acuática, aguas arriba de la presa, a causa de la ineficacia de las escalas para peces; este efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico, ya que muchos establecimientos de la zona viven de la comercialización de productos del río Miño (angulas, lamprea, salmón, sábalo, etcétera). El salto de Sela provocará la desaparición de la flora y la fauna en la zona inundada, quedando afectadas especies protegidas. Desaparecerán las históricas «pesqueiras». Los cambios climáticos que aparecerán como consecuencia de la presencia del embalse tendrán consecuencias negativas para el cultivo de la vid, el cual constituye uno de los principales recursos económicos de la zona.

La Asociación de Restauradores de Arbo considera que el proyecto supone la destrucción del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural, lo que repercutirá negativamente sobre el turismo de la zona y la práctica de deportes acuáticos. Desaparecerán las históricas «pesqueiras». Los cambios climáticos tendrán consecuencias adversas para el cultivo de la vid, lo que afectará especialmente a las variedades Condado y Albariño. El proyecto provocará la destrucción de frezaderos y la desaparición de las especies piscícolas del río; en el caso de la lamprea, el efecto negativo se extiende al ámbito socioeconómico.

Las alegaciones presentadas por particulares, reflejo del sentir general expuesto en las anteriores, se pueden sintetizar en los siguientes comentarios:

El proyecto supone la imposibilidad de mantener la fauna piscícola, a causa de la pérdida de hábitat para la freza, y de la ineficacia de las escalas para peces, por lo que las especies migradoras se verán incapacitadas para remontar el obstáculo que supone la presa de Sela. En el caso de la lamprea este efecto negativo tendrá graves consecuencias en el ámbito socioeconómico.

Se destruirá gran parte del último tramo del río Miño que se conserva en estado natural; ello implica la imposibilidad de practicar los deportes de aguas rápidas, con el consiguiente perjuicio económico para importantes sectores en fase de desarrollo como son el turístico y el hotelero.

El embalse provocará un aumento de días de niebla con efectos negativos para los viñedos de Albariño y Condado (denominación de origen «Rías Baixas»), pues se favorece la aparición de enfermedades criptogámicas de la vid, en especial el oídio.

El patrimonio histórico-artístico se verá afectado con la desaparición de las «pesqueiras».

 

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