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Documento BOE-A-2000-3011

Ley 7/1999, de 13 de diciembre, "de suplemento de crédito para financiar necesidades de gasto de la empresa pública Onda Regional de Murcia, de la Consejería de Presidencia, para atender las subvenciones correspondientes a las elecciones autonómicas del pasado 13 de junio, y del resto de las Consejerías para atender gastos de personal no previstos en el concepto "otras remuneraciones", por un importe total de 224.150.000 pesetas".

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2000, páginas 6856 a 6857 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-2000-3011
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-mc/l/1999/12/13/7

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 7/1999, de 13 de diciembre, "de suplemento de crédito para financiar necesidades de gasto de la empresa pública Onda Regional de Murcia, de la Consejería de Presidencia, para atender las subvenciones correspondientes a las elecciones autonómicas del pasado 13 de junio, y del resto de las Consejerías para atender gastos de personal no previstos en el concepto "otras remuneraciones", por un importe total de 224.150.000 pesetas".

Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La empresa pública Onda Regional de Murcia presenta un déficit en su cuenta de explotación de 104.000.000 de pesetas, resultando necesario e inaplazable cubrir este déficit para que la empresa pública pueda desarrollar su programa de actuaciones, inversiones y financiación aprobado por la Asamblea Regional para el ejercicio 1999.

Por otra parte, con el fin de poder atender las subvenciones a los partidos políticos correspondientes a las elecciones autonómicas del pasado 13 de junio, una vez publicados los resultados definitivos y ante la necesidad de proceder al pago del 90 por 100 de las mismas, surgen unas inaplazables necesidades de financiación por un importe de 37.400.000 pesetas.

Finalmente, la Dirección General de Presupuestos, Programación y Fondos Europeos ha puesto de manifiesto la necesidad de incrementar el concepto "otras remuneraciones" en diferentes programas de gasto, con la finalidad de poder atender los gastos de personal que se produzcan hasta el fin de ejercicio, tanto en las diversas Consejerías como en el Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

En base a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, ante la inexistencia de crédito suficiente en los actuales estados de gastos del presupuesto en vigor y la imposibilidad de atender las referidas necesidades mediante el régimen de modificaciones presupuestarias, se hace necesario aprobar por la presente Ley un suplemento de crédito por un importe global de 224.150.000 pesetas.

Artículo 1.

Se autoriza un suplemento de crédito por un importe global de 224.150.000 pesetas, a consignar en las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Partida 11.06.112B.440. Denominación: A Onda Regional. Importe: 104.000.000 de pesetas.

Partida 11.01.112A.480. Denominación: Proceso electoral. Importe: 37.400.000 pesetas.

Partida 04.01.112C.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 120.000 pesetas.

Partida 07.08.711B.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 470.000 pesetas.

Partida 11.01.112A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 4.690.000 pesetas.

Partida 13.01.611A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 20.670.000 pesetas.

Partida 14.01.511A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 5.060.000 pesetas.

Partida 15.01.451A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 18.740.000 pesetas.

Partida 16.01.721A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 3.880.000 pesetas.

Partida 17.01.711A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 10.670.000 pesetas.

Partida 18.01.411A.120.05. Denominación: Otras remuneraciones. Importe: 3.920.000 pesetas.

Partida 18.01.411A.415. Denominación: Al I.S.S.O.R.M. Importe: 14.530.000 pesetas.

Artículo 2.

La financiación del suplemento de crédito a que se refiere el artículo anterior se obtendrá de las retenciones de crédito practicadas en las siguientes partidas:

Partida 14.02.431A.789. Referencia: 54144.2/99.

Importe: 95.000.000 de pesetas.

Partida 14.02.431C.660. Referencia: 54148.6/99.

Importe: 139.881 pesetas.

Partida 14.04.513A.649. Referencia: 54142.0/99.

Importe: 5.676.794 pesetas.

Partida 14.04.513A.601. Referencia: 54238.4/99.

Importe: 407.000 pesetas.

Partida 14.04.513A.649. Referencia: 54139.20/99.

Importe: 1.560.500 pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54138.19/99.

Importe: 15.000.000 de pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54136.17/99.

Importe: 62.000.000 de pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54131.12/99.

Importe: 9.500.000 pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54129.10/99.

Importe: 9.400.000 pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54127.8/99.

Importe: 6.100.000 pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54123.4/99.

Importe: 10.400.000 pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54120.1/99.

Importe: 3.686.840 pesetas.

Partida 14.03.513D.601. Referencia: 54117.21/99.

Importe: 2.700.000 pesetas.

Partida 14.02.431C.660. Referencia: 54173.8/99.

Importe: 2.578.985 pesetas.

Disposición final única.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y autoridades que correspondan que la hagan cumplir.

Murcia, 13 de diciembre de 1999.

RAMÓN LUIS VALCÁRCEL SISO,

Presidente

(Publicada en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" número 288, de 15 de diciembre de 1999)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 13/12/1999
  • Fecha de publicación: 15/02/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 16/12/1999
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BOMU núm. 288, de 15 de diciembre de 1999.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 38.1 de la Ley 3/1990, de 5 de abril (Ref. BOE-A-1990-16846).
    • art. 30.dos del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio (Ref. BOE-A-1982-15031).
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Murcia

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