La Audiencia Provincial de A Coruña, en sentencia número 179,
de fecha 21 de octubre de 1999, desestima los recursos de
apelación y confirma la sentencia número 362 dictada en 24 de
noviembre de 1998 por el Juzgado de lo Penal número 1 de los
de Santiago de Compostela, en cuyo fallo se condena a don Ángel
Requejo Osorio, funcionario del Cuerpo Ejecutivo Postal y de
Telecomunicación, A11TC-08834, como autor responsable de un
delito de falsedad en documento oficial, a la pena de un año y siete
meses de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo
público durante el tiempo de la condena.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 37.1.d), de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del
Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.2 de la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena
de inhabilitación especial,
Este Ministerio dispone la pérdida de la condición de
funcionario de don Ángel Requejo Osorio.
Madrid, 10 de febrero de 2000.-P. D. (R. de 24 de abril de
1998, "Boletín Oficial del Estado" número 119, de 19 de mayo),
el Consejero-Director general de la Entidad Pública Empresarial
Correos y Telégrafos, José Ramón Esteruelas Hernández.
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