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Documento BOE-A-2000-4890

Resolución de 31 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalitat Valenciana, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2000, páginas 10505 a 10507 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4890

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 17 de diciembre de 1999 el Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Valenciana, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 31 de enero de 2000.-La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

PROTOCOLO 1999 ADICIONAL AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 1998, ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA GENERALITAT VALENCIANA PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES CONJUNTAS EN MATERIA DE ATENCIÓN A INMIGRANTES, REFUGIADOS, SOLICITANTES DE ASILO Y DESPLAZADOS

En Madrid, a 17 de diciembre de 1999,

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 77/1999, de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 16, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14), de acuerdo con la redacción dada en la misma por la Ley 4/1999 de modificación de la anterior.

Y, de otra parte, la honorable señora doña María Carmen Mas Rubio, Consejera de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana, en nombre y representación de la Comunidad Valenciana.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la Comunidad Valenciana suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1998 Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas para facilitar la integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, que recogía los siguientes programas prioritarios:

1. Observatorio Permanente de la Inmigración.

2. Órganos de participación y consulta.

3. Red de información, orientación y apoyo legal a inmigrantes.

4. Intercambio de información y asesoramiento.

5. Programas territoriales de acogida e integración social.

6. Programas de empadronamiento.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

Por otra parte, en la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999, y en la Ley 11/1998, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Valenciana, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que, el Convenio citado, establece en su cláusula quinta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el anexo del citado Convenio, que deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlas a los presupuestos presentados por la Comunidad Autónoma y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada, 8 de febrero de 1999, el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 19 de febrero de 1999, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 61, de fecha 12 de marzo de 1999, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 350.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.456, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los programas a cofinanciar.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de programas realizada conjuntamente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por la Consejería de Bienestar Social de la Generalidad Valenciana y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula quinta del Convenio de colaboración para la realización de programas suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo adicional, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Valenciana incorporan al Convenio de colaboración de fecha 30 de diciembre de 1998, los programas seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 1999, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula quinta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1998, se establece para el año 1999 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.456 del Plan de Integración Social de los Inmigrantes, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 26.610.627 pesetas.

La Comunidad Valenciana, se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de 26.610.627 pesetas.

Tercera.

En el supuesto de resolución por incumplimiento contemplado en la cláusula sexta del Convenio, las actuaciones en curso se culminarán, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia del Convenio.

Cuarta.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1999, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo I.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel Siles.-La Consejera de Bienestar Social, María Carmen Mas Rubio.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA GENERALITAT VALENCIANA PARA EL AÑO 1999

El presente anexo regulará la financiación y los aspectos técnicos de puesta en marcha de las áreas de colaboración establecidas en el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana en materia de inmigración.

En el presente año de 1999, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales destinará para las actuaciones descritas a continuación la cuantía de 26.610.627 pesetas que serán transferidas a la Consejería de Bienestar Social.

Esta última destinará en el año 1999 para estas materias las siguientes cuantías de las aplicaciones presupuestarias siguientes:

26.610.627 pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.02.00.046.313.10.472.10, línea de subvención 405/98 «Créditos a entidades privadas sin ánimo de lucro».

Los fondos que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales transferirá a la Generalitat Valenciana tendrán la aplicación siguiente, siendo las cuantías de referencia aproximada;

Programa

Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Pesetas

Aportación Generalitat Valenciana

Pesetas

Total

 –

Pesetas

OPI 1.500.000 1.500.000 3.000.000
Programas territoriales de acogida e integración social 21.610.627 21.610.627 43.221.254
Estudios y publicaciones 1.000.000 1.000.000 2.000.000
Campaña de empadronamiento 2.500.000 2.500.000 5.000.000
  Total 26.610.627 26.610.627 53.221.254

1. El Observatorio Permanente de la Inmigración en Valencia: El OPI, concebido como instrumento para la consecución de la integración social de los inmigrantes en la sociedad española, sobre la base del conocimiento de la realidad inmigratoria, destinándose la cantidad de 1.500.000 pesetas del dinero financiado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, posibilitándose, así mismo, la disponibilidad de datos a nivel nacional, con los que se puedan diseñar las acciones necesarias para integrar este colectivo.

En 1999 la Generalitat Valenciana destinará la implantación de los puntos OPI en aquellos lugares de mayor incidencia de población inmigrante, contactando con los responsables municipales en cada caso, analizando las posibilidades técnicas y de personal existentes en cada zona, etcétera.

Todo ello con el objeto de poder implantar dichos puntos en el ejercicio económico de 1999.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales colaborará con la Generalidad Valenciana prestando el asesoramiento técnico necesario a fin de que en el próximo ejercicio pueda ser una realidad la constitución y funcionamiento de la red OPI en la Generalidad Valenciana.

2. Programas territoriales de acogida e integración social: Los programas de acogida e integración social de los inmigrantes en la Generalitat Valenciana deben conllevar la implicación de todas las Administraciones y entidades sociales que trabajan en este sector a fin de integrar a este colectivo en las redes sociales y estructuras básicas de la vida comunitaria. La Generalitat Valenciana tiene en curso una serie de programas en colaboración con las ONG’s del sector, cuyas líneas directrices son las siguientes:

Programa de acogida inmigrante:

Apertura de oficina de información.

Talleres de habilidades.

Taller técnicas de desarrollo personal.

Campañas de sensibilización.

Realización Guía del Inmigrante.

Programa de inserción socio-laboral:

Bolsa de vivienda.

Talleres de técnica de búsqueda de empleo.

Bolsas de trabajo y apoyo al mismo.

Programa de integración social:

Uso del idioma.

Red de centros.

Bolsas de vivienda.

A estos programas se destinará la cantidad de 21.610.627 pesetas de los fondos aportados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

3. Estudios y publicaciones: Esta Comunidad Autónoma está realizando estudios sobre la posibilidad de creación de una biblioteca virtual, en materia de inmigración.

Por otro lado, se llevará a cabo un estudio de campo sobre las posibles vías de inserción socio-laboral en las áreas: Servicios, agricultura, etc.

A estos fines se destinará la cantidad de 1.000.000 pesetas de los fondos aportados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

4. Campaña de empadronamiento: La citada campaña se realizará a través de los diferentes Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, con organización de jornadas explicativas, publicación de folletos, carteles informativos, conectando con los responsables municipales y con los técnicos de la red básica de servicios sociales, destinándose 2.500.000 pesetas de la aportación de fondos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Para la potenciación y consolidación de estos programas el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales destinará la cantidad de 26.610.627 pesetas.

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