La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real
en sentencia número 59/1998, de fecha 6 de julio de 1998,
condena a don Esteban Serna Ramos, funcionario del Cuerpo Auxiliar
Postal y Telecomunicaciones, Escala de Clasificación y Reparto,
A13TC-22090 como autor responsable de los delitos:
Continuado de malversación de caudales públicos a la pena
de seis meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta
por tiempo de seis años.
Continuado de falsedad a la pena de seis años y un día de
prisión mayor, multa de 100.000 pesetas, con arresto sustitutorio
en caso de impago de un día por cada 10.000 pesetas, y suspensión
de todo cargo público y del derecho de sufragio pasivo durante
el tiempo de la condena.
Infidelidad en la custodia de documento a la pena de seis meses
y un día de prisión menor e inhabilitación especial, como
funcionario del Cuerpo Auxiliar de Correos por tiempo de seis años.
En sentencia de 30 de noviembre de 1999 la Sala Segunda
de lo Penal del Tribunal Supremo declara no haber lugar al recurso
de casación, por lo que deviene firme dicho proceso.
Como consecuencia de acuerdo con lo establecido en el artículo
37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado,
de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.2 de la Ley 13/1996,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación
absoluta o/y de inhabilitación especial como funcionario de
Correos,
Este Ministerio dispone la pérdida de la condición de
funcionarios a don Esteban Serna Ramos.
Madrid, 20 de marzo de 2000.-P. D. (Resolución de 24 de
abril de 1998, "Boletín Oficial del Estado" número 119, de 19
de mayo), el Consejero-Director general de la Entidad Pública
Empresarial Correos y Telégrafos, José Ramón Esteruelas
Hernández.
Ilma. Sra. Subdirectora de Gestión de Personal.
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