En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la
Universidad, aprobados por Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio), y de acuerdo con
las bases 4.1 y 6.4 de las resoluciones del Rectorado de esta
Universidad de fechas 26 y 28 de enero de 2000 en la que se
anuncia la anterior ("Boletín Oficial del Estado" de 17 de febrero),
por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza
de Técnico Auxiliar (Centro de Tecnología de los Alimentos) (Grupo
D del vigente Convenio Colectivo), vacante en la relación de
puestos de trabajo del personal laboral de la Universidad de Alcalá,
mediante el sistema de concurso-oposición libre,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le son
atribuidas por los artículos 3 y 18 de la Ley de Reforma Universitaria,
así como por los Estatutos de la Universidad de Alcalá, resuelve:
Primero.-Declarar aprobadas las listas provisionales de
aspirantes admitidos y excluidos, que figuran expuestas en los tablones
de anuncios del Rectorado de la Universidad de Alcalá (plaza de
San Diego, sin número, Alcalá de Henares, Madrid).
Segundo.-Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",
para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión
de las listas de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo
señalado no subsanen la exclusión u omisión, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Tercero.-Convocar a los aspirantes que resulten
definitivamente admitidos, en llamamiento único, a la celebración del primer
ejercicio el día 9 de mayo de 2000, a las diez horas, en el aula 1
del Rectorado de la Universidad de Alcalá (plaza de San Diego,
sin número, Alcalá de Henares, Madrid).
Cuarto.-La presente Resolución podrá ser recurrida en vía
contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado", ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior,
igualmente podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante
este Rectorado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, 28 de marzo de 2000.-El Rector, Manuel
Gala Muñoz.
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