En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de
Andalucía 4/1993, de 1 de julio, por la que se crea la Universidad
de Huelva, y Decreto 169/1999, de 27 de julio, por el que se
acuerda publicar los Estatutos de la Universidad de Huelva,
aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 31 de agosto
de 1999), y existiendo plazas de adscripción indistinta a los
grupos C y D de las Escalas de funcionarios de la Universidad de
Huelva, ocupadas por funcionarios pertenecientes a la Escala D
a fin de facilitar la promoción del personal aun manteniendo sus
propios puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, y el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, así
como el artículo 7 de la Ley 4/1993, del Parlamento de Andalucía,
y los artículos 31 y 162 del Decreto 169/1999, de 27 de julio,
ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Administrativa de la Universidad de Huelva con sujeción a las
siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 93 plazas,
por el sistema de promoción interna.
1.2 La realización de estas pruebas selectivas, que se regirán
por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio ; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado ; la
Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, y el Decreto 169/1999,
de 27 de julio, por el que se acuerda publicar los Estatutos de
la Universidad de Huelva.
1.3 El procedimiento de selección será el de oposición
(anexo II).
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados
a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por
la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta
se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad
Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado
o equivalente. Asimismo se consideran equivalentes a los efectos
de la presente convocatoria:
Tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para
mayores de veinticinco años.
Poseer una antigüedad de diez años en el Cuerpo o Escala
del grupo D, de conformidad con lo establecido por el Reglamento
de Selección y Provisión, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
en su disposición adicional novena.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Hallarse en servicio activo con destino en la Universidad
de Huelva, y pertenecer a los Cuerpos o Escalas del grupo D con
al menos dos años de antigüedad en el mismo.
A estos efectos se consideran asimilados a la situación de activo
la excedencia por cuidados de hijos, excedencia por cuidado de
familiares y la de servicios especiales, y se computarán los servicios
prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, en dicho Cuerpo o Escala.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna
limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados
anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma
de posesión como funcionarios de la Escala a la que se aspira.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en el modelo de instancia anexo IV que será
facilitada gratuitamente en el Negociado de PAS funcionario de
la Universidad de Huelva. A la instancia se acompañará una
fotocopia del documento nacional de identidad.
Las circunstancias expresadas en la solicitud de participación
serán acreditadas por certificado expedido por la Sección de
Personal de Administración y Servicios.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
magnífico de la Universidad de Huelva, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado". La presentación de la solicitud
se hará en el Registro General de la Universidad de Huelva, o
en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.3 Minusválidos. Adaptaciones.-Los aspirantes con
discapacitación deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 2.500 pesetas, y se
ingresarán en la oficina principal o en algunas de las sucursales
de El Monte Caja de Huelva y Sevilla, entidad 2098, clave de
sucursal 0068.1, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando
"proceso selectivo de ingreso en la Escala Administrativa".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria,
acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago
en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano
expresado en la base 3.2.
3.5 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Huelva dictará resolución, en el plazo máximo
de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se recogerá el lugar y fecha de comienzo de los
ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos, con
mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, número
de documento nacional de identidad y motivo de la causa de
exclusión.
4.2 En todo caso, la resolución a que se refiere la base anterior
establecerá un plazo de diez días naturales para la subsanación
de errores, transcurrido el cual quedará elevada definitivamente,
publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como anexo III de esta convocatoria.
5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias
de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada del Presidente y
Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes
de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Sesiones.-A partir de su constitución, y para el resto
de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la
misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Actuaciones del Tribunal durante el proceso.-Dentro de
la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas
en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
5.8 Información a los aspirantes.-A efecto de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado
de la Universidad de Huelva, calle Cantero Cuadrado, número 6.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.9 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas
selectivas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el anexo V
del Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" de 21 de abril).
5.10 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno derecho.
5.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos, y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados
para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
Tribunal. El orden de actuación de los mismos se iniciará, según
la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado"
de 3 de marzo), por aquellos cuyo primer apellido comience por
la letra "B". En el supuesto de que no exista ningún aspirante
cuyo primer apellido comience por la letra "B", el orden de
actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por
la letra C y así sucesivamente.
6.3 Publicación de la fecha de los ejercicios.-La fecha y lugar
de realización de los ejercicios se publicará junto con la relación
de admitidos y excluidos.
6.4 Exclusión de participante.-En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de
Huelva, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el
Tribunal hará pública en el Rectorado, y en aquellos otros lugares
que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad.
Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de
Huelva, para su conformidad, remitiéndose para su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de las
listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en la Sección de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Huelva la
documentación necesaria para proceder al nombramiento como funcionario
de la Escala Administrativa que no se encuentren suficientemente
en su expediente.
8.2 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo
fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1 no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Destinos.-Dadas las peculiaridades de este proceso de
promoción interna, se excluye del mismo la adjudicación de
destinos por el orden obtenido en el proceso selectivo, de forma que
al aspirante que supere la oposición se le adjudicará el puesto
que venía desempeñando como titular.
8.4 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a
propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado" antes del 1 de octubre de 2000.
9. Norma final
9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada en la Ley 4/1999, de 14 de enero.
Huelva, 27 de marzo de 2000.-El Rector, Antonio Ramírez
de Verger Jaén.
ANEXO I
Temario
Tema 1. La autonomía universitaria. Concepto, naturaleza,
fines, funciones, capacidad, denominación, ámbito y norma
reguladora.
Tema 2. Universidad de Huelva. De los órganos generales
de gobierno de la Universidad de Huelva: Órganos colegiados.
Consejo Social, el claustro universitario, Junta de Gobierno.
Tema 3. Universidad de Huelva. De los órganos
unipersonales. Rector, Vicerrectores, Secretario general y Gerente.
Tema 4. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad
de Huelva para el curso 1999/2000. Del ingreso en los centros
de la Universidad de Huelva. Del régimen académico: De la
matrícula ordinaria. De la ampliación de la matrícula ordinaria. De
la matrícula para simultanear estudios. De la matrícula de alumnos
visitantes (excluyendo el reglamento de libre configuración).
Tema 5. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad
de Huelva para el curso 1999/2000. Modificaciones incluidas en
el Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, que afecten a dicha
normativa. Régimen económico. Alumnos solicitantes de becas
y el seguro escolar.
Tema 6. Estudios universitarios de tercer ciclo. Obtención y
expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado.
Real Decreto 778/1998, de 30 de abril.
Tema 7. Universidad de Huelva. De los miembros de la
comunidad universitaria, de los estudiantes, del profesorado, del
personal de administración y servicios.
Tema 8. Universidad de Huelva (1). De la administración y
los servicios universitarios: De la biblioteca universitaria, del
archivo universitario, del servicio de publicaciones, del servicio de
informática.
Tema 9. Universidad de Huelva (2). Del servicio de
infraestructura, de los servicios generales de investigación, de los servicios
de lengua moderna, de los servicios de actividades deportivas, de
los gabinetes, jurídico, prensa, protocolo.
Tema 10. Universidad de Huelva. De la docencia y la
investigación en la Universidad. De la estructura de la enseñanza:
Ciclos, títulos y planes de estudios. Del acceso y permanencia
en los centros universitarios. De la investigación: Tipología,
contratos y convenios de investigación.
Tema 11. Universidad de Huelva. De las unidades básicas
para la docencia y la investigación. De los Departamentos. De
las Facultades y Escuelas. De los institutos universitarios. De los
centros adscritos. De los colegios mayores.
Tema 12. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Antecedentes. Características generales. Estructura. Ámbito de aplicación.
Principios generales.
Tema 13. Relaciones entre Administraciones públicas.
Principios generales y competencias. Órganos. Abstención y
recusación. Interesados.
Tema 14. De las Administraciones públicas. Normas
generales. Términos y plazos.
Tema 15. Disposiciones y actos administrativos.
Disposiciones administrativas. Requisitos de los actos administrativos.
Eficacia. Nulidad y anulabilidad.
Tema 16. Procedimiento administrativo. Iniciación.
Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución. De la potestad
sancionadora. De la responsabilidad de las Administraciones públicas
y sus autoridades y demás personal a su servicio.
Tema 17. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión
de oficio. Recursos administrativos.
Tema 18. Conceptos básicos sobre los contratos
administrativos. Concepto. Clases de contratos de las Administraciones
públicas. Tipos de contratos administrativos. Formas de adjudicación.
Tema 19. Normativa de adaptación parcial de los
procedimientos administrativos tramitados por la Universidad de Huelva
a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de reforma de Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tema 20. Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo
de Personal Funcionario de la Universidad de Huelva (excluyendo
el anexo I). Situaciones administrativas de los funcionarios civiles
de la Administración General del Estado (Real Decreto 365/1995,
de 10 de marzo).
Tema 21. Universidad de Huelva. Régimen económico y
financiero de la Universidad de Huelva. Del patrimonio de la
Universidad. De los recursos, la programación y la gestión económica.
Tema 22. Universidad de Huelva (1). Normas para la
ejecución del presupuesto para el ejercicio 1999. Normas de ejecución
del presupuesto. Globalidad de los ingresos. Limitación de
créditos. Principios generales de las modificaciones de los créditos.
Transferencias de crédito.
Tema 23. Universidad de Huelva (2). Generación de ingresos.
Incorporaciones de crédito. Créditos extraordinarios y
suplementos de créditos. Cargo presupuestario de obligaciones.
Autorización y ordenación de gastos.
Tema 24. Normas reglamentarias sobre contratos celebrados
al amparo de lo dispuesto en los artículos 11 y 45 de la Ley
de Reforma Universitaria.
Tema 25. Universidad de Huelva. Normativa de cierre.
Mandamientos de pago a justificar y caja fija. Factura de moneda
extranjera. Propuesta de gasto. Facturas de pago en firme.
Indemnizaciones por razón del servicio y bolsas de viajes.
ANEXO II
Sistema selectivo
El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema
de promoción interna será el de oposición.
La oposición tendrá lugar con arreglo al siguiente detalle:
1. Fase de oposición:
a) La fase de oposición consistirá en contestar por escrito
a un cuestionario de 60 preguntas con tres respuestas alternativas,
siendo una sola de ellas la correcta, sobre el programa de materias
que figuran en el anexo I de la Resolución.
La duración de este ejercicio será de setenta y cinco minutos.
Las respuestas contestadas incorrectamente no puntuarán
negativamente.
El primer ejercicio de la fase de oposición no tendrá lugar en
ningún caso antes del día 20 de junio de 2000.
b) El segundo ejercicio consistirá en la realización de un
supuesto práctico, desglosado en preguntas, de entre tres
propuestos por el Tribunal, sobre el contenido del programa que figura
como anexo I a la convocatoria.
2. Valoración de los ejercicios: Cada uno de los ejercicios
serán valorados de cero a 10 puntos, teniendo carácter
eliminatorio y siendo necesario obtener como mínimo cinco puntos para
superarlo.
La nota final vendrá determinada por la suma de los dos
ejercicios.
ANEXO III
Tribunal calificador
El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros:
Titulares:
Presidente: Don Rafael Serrano Aguilar, Gerente de la
Universidad de Huelva.
Vocales:
Doña Mercedes Lamparero Domínguez, Escala Técnica de
Administración Universitaria de la Universidad de Huelva.
Don José Bernardo Fuentes Vao, Escala Facultativa de Archivos
y Bibliotecas de la Universidad de Huelva.
Doña Rocío Cortés Martínez, Escala Administrativa de la
Universidad de Huelva.
Don Juan Carlos Castillejo Illana, Escala Administrativa de la
Universidad de Huelva.
Secretaria: Doña María Teresa López Guillén, Escala
Administrativa de la Universidad de Huelva.
Suplentes:
Presidente: Don José Luis Guzmán Guerrero, Vicerrector de
Planificación e Infraestructura de la Universidad de Huelva.
Vocales:
Doña Carmen Jiménez González, Escala Técnica de
Administración Universitaria de la Universidad de Huelva.
Don José Carlos Morillo Moreno, Escala de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla.
Doña Lucía del Carmen Valdés Morales, Escala Administrativa
de la Universidad de Sevilla.
Don Antonio Serafín Rodríguez Martín, Escala Administrativa
(Especialidad Informática) de la Universidad de Sevilla.
Secretaria: Doña Begoña Gutiérrez Macías, Escala
Administrativa de la Universidad de Huelva.
ANEXO IV: (Ver imagen página 15733).
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