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Documento BOE-A-2000-7331

Orden de 6 de abril de 2000 por la que se crea una Unidad Dependiente del Establecimiento Penitenciario de Madrid-VI (Aranjuez).

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2000, páginas 15749 a 15749 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2000-7331

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Instituciones Penitenciarias, además de arbitrar los medios necesarios para lograr el cumplimiento del fin primordial de las penas y medidas de privación de libertad, la reeducación y la reinserción social de las personas a ellas sometidas, debe tratar de obtener la coordinación con las distintas Administraciones Públicas y recabar la colaboración y participación de los ciudadanos y de instituciones o asociaciones públicas y privadas ocupadas en la resocialización de reclusos (artículos 69.2 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, y 165 y 166 del Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero).

En esta línea, la Unidad Dependiente que ahora se crea es consecuencia de lo acordado en la addenda de 9 de marzo de 2000, entre la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Horizontes Abiertos, como desarrollo de la cláusula décima del Convenio de colaboración suscrito entre dicha asociación y la entonces Secretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios, de 7 de febrero de 1995, el cual dió lugar a la creación, por Orden de 24 de marzo de 1995, de dos Unidades Dependientes del Establecimiento Penitenciario Centro de Inserción Social "Victoria Kent", de Madrid, cuya experiencia ha resultado ser altamente positiva para ambas partes y fundamentalmente para las personas que de ellas se están beneficiando.

En su virtud, dispongo:

Primero.-

Se crea una Unidad Dependiente del Establecimiento Penitenciario Madrid-VI (Aranjuez), ubicada en las instalaciones que, a tal efecto, pone a disposición la Asociación Horizontes Abiertos en la calle Alicante, número 6, de la villa de Alcobendas (Madrid). Dicha Unidad Dependiente está destinada a albergar a mujeres penadas y madres con hijos menores del Centro Penitenciario de Madrid-VI (Aranjuez), clasificadas en tercer grado de tratamiento, de acuerdo con los artículos 82 y 83 del Reglamento Penitenciario.

Segundo.-

Se autoriza a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias en aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 6 de abril de 2000.

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