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Documento BOE-A-2000-8654

Orden de 26 de abril de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2000, páginas 17333 a 17346 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2000-8654

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29) por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000 y con

el fin de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la Administración General

del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de organismos autónomos del Ministerio

de Medio Ambiente, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir veinte plazas

por el sistema general de acceso libre.

Del total de plazas ofertadas se reservará un 3 por 100 para

ser cubiertas por personas con minusvalía, con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la

disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de

julio, de modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, 30/1984, de 2 de agosto. Este cupo de reserva

asciende en la presente convocatoria a una plaza. En el supuesto

de que ésta no sea cubierta se acumulará a las del sistema general

de acceso libre.

1.1.1 Este número de plazas corresponden a las siguientes

especialidades:

Seis de Control de Calidad de las Aguas, de la que una

corresponderá al cupo de reserva para discapacitados.

Cinco de Conservación del Medio Natural.

Una de Educación Ambiental y Uso Público.

Dos de Técnicas Costeras.

Tres de Hidrogeología.

Tres de Ingeniería de Saneamiento.

1.1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las

especialidades previstas en esta base.

1.1.3 Si en alguna de las especialidades no se cubriera el

número total de plazas convocadas, podrán acumularse en otra

u otras de las especialidades que figuran en el apartado 1.1.1,

según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo ; la Ley 6/1997, de 14 de abril, la Ley 17/1993, de 23

de diciembre, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de oposición

y curso selectivo previstas en el anexo I, con las pruebas,

puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará, dentro de las especialidades

concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la

puntuación total obtenida por éstos en la fase de oposición así

como en el curso selectivo, a que se refiere el apartado 3.4 del

anexo I.

En el caso de que alguno de los puestos de trabajo que vayan

a ser ofrecidos como primer destino supongan la participación

directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las

funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses

generales del Estado, estos puestos quedarán excluidos de la

posibilidad de ser elegidos por los aspirantes que no posean la

nacionalidad española. La Administración será la competente para

determinar cuáles serían dichos puestos de trabajo.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir de la segunda quincena del mes de junio.

La duración máxima de la fase de oposición será de nueve

meses contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 2.3 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la fase de oposición, será de dos meses a partir de la

terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superasen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud

de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sean de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado,

Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o haber realizado todos los

estudios necesarios para la obtención de dicho título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación

o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la

profesión correspondiente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función

pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos, en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes

del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con

anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada,

gratuitamente, en las representaciones diplomáticas o consulares de

España en el extranjero, en las Delegaciones y Subdelegaciones

del Gobierno en las Comunidades Autónomas, así como en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,

en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la oficina

de información de los servicios centrales del Ministerio de Medio

Ambiente.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar:

Dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad

y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de

parentesco, y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional

de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.

Declaración jurada o promesa de éste de que no está separado

de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Fotocopia compulsada del Diploma Superior de Español como

lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para

extranjeros expedidos por las escuelas oficiales de idiomas. De

no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos,

debiendo, en consecuencia, realizar la prueba a que se refiere

el apartado 6.1 de esta convocatoria.

Las instrucciones para cumplimentar la instancia serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Medio Ambiente.

En el recuadro dedicado a centro gestor, consigne Subsecretaría

de Medio Ambiente y código 23001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,

consigne el código 23020, rellenando los dos primeros dígitos.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria, señale

los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,

es decir, 00.

En el recuadro número 15. Cuerpo, escala, grupo profesional

o categoría. Consignar Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y

código 5900.

En el recuadro número 16. Especialidad, área o asignatura,

consignar la especialidad por la que se opte de entre las previstas

en la base 1.1.1 de esta convocatoria.

En el recuadro número 17. Forma de acceso, consignar la

letra L.

En el recuadro número 18. Ministerio/órgano/entidad

convocante, consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.

En el recuadro número 19. Fecha del "Boletín Oficial del

Estado", consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" de esta convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen, consignar

Madrid.

En el recuadro número 21. Minusvalía, indicar el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro número 22. Reserva para discapacitados, los

aspirantes que soliciten participar por el turno de reserva para

discapacitados lo indicarán con una cruz en este recuadro.

En el recuadro número 23. En caso de minusvalía o

discapacidad, adaptación que se solicita y motivo de la misma, el

interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,

incluido el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 24. Títulos académicos oficiales,

consignar el nombre del título que se posee, de entre los exigidos

en la convocatoria, apartado 2.1.3 de la base 2.

En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma o

idiomas a que se refiere el apartado 2.2 del anexo I de la convocatoria,

de los que el aspirante desee ser examinado.

Consigne en el recuadro destinado a importe el correspondiente

a los derechos de examen, ya que es un impreso autoliquidativo.

Presente la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o

cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica totalidad de

las mismas).

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio

Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San

Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

del Banco Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio

Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero". (Código: 0085/2145/82/0000000079).

3.3 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañándolas a

la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen

las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo de

tal condición.

Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el

artículo 17 de la Ley 50/1998, estarán exentos del pago de la tasa

las personas que figuren como demandantes de empleo durante

el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria,

siempre que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado

oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,

salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas

superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. La

certificación relativa a la condición de demandante de empleo,

con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la

correspondiente oficina de empleo del INEM. En cuanto a la acreditación

de las rentas se efectuará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán

acompañar a la instancia.

La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante

certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable

o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de

la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos

de examen determinará la exclusión del aspirante.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios

Públicos, no procederá devolución alguna de los derechos de

examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por

causa imputable al interesado.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", en la que, además de declarar aprobada la

lista de admitidos y excluidos, se determinará el lugar y la fecha

de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En

la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y

número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar, cuando ello sea posible,

el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición,

en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto

de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en

la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento, en

la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas

y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", resolución por la que se nombren a los nuevos miembros

del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o

suplentes y, en todo caso, deberán estar presentes el Presidente y el

Secretario o quienes les sustituyan. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su

designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer

ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas, así como al régimen de suplencias y sustituciones de

sus miembros.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mitad, al menos, de sus

miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, deberán estar

presentes el Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza

de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, teléfono

91 597 58 94.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Con carácter previo a la realización de las pruebas de

la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán acreditar el conocimiento del español mediante

la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen

un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en

esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del diploma superior de español como lengua extranjera

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o

del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las escuelas oficiales de idiomas.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra B, de conformidad con

lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial

del Estado" del 3 de marzo) por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000.

6.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del

mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el

plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o

directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada en dicha fase, con indicación

de su documento nacional de identidad y del sistema de acceso.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en el tercer ejercicio y, en su caso, en el segundo

y primero de dicha fase de oposición.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la

relación de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, especificando, igualmente, el número de aprobados en

cada uno de los ejercicios, para su conocimiento y publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado

dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo y, en el supuesto

de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida

en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total

alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la

puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como

con indicación del documento nacional de identidad y del sistema

de acceso.

En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá

aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 de

esta convocatoria o certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar:

Fotocopia compulsada de la credencial a que se refiere el

apartado 2.1.3 de esta convocatoria.

Declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso

a la función pública, según el modelo que figura como anexo VI

a esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece

de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por Orden de la autoridad convocante, y a propuesta de

la Subsecretaría del Departamento, se procederá al nombramiento

de funcionarios en prácticas, que se publicará en el tablón de

anuncios de este Ministerio, y en la que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos el mismo.

8.4 Una vez finalizado el curso selectivo los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

8.5 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del

Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de carrera, mediante

resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que

se indicará el destino adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros competentes de formación de

funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de abril de 2000. La Ministra, P. D. (Orden de

25 de septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27).-El

Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

ANEXO I

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Prueba previa de conocimiento del español

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que

no hayan justificado documentalmente el conocimiento del idioma

español, según la base 3.1 de la convocatoria, deberán realizar

esta prueba de acuerdo con la base 6.1 de esta convocatoria.

2. Proceso de selección

2.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Curso selectivo.

2.2 Fase de oposición: Constará de cuatro ejercicios

obligatorios, uno de ellos práctico.

Los tres primeros ejercicios obligatorios tendrán carácter

eliminatorio ; no así la prueba de idiomas, que será obligatoria pero

no eliminatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias que correspondan a cada

especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el anexo

II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un máximo de cien

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Las contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente,

a juicio del Tribunal. El tiempo máximo para la realización de

este ejercicio será de tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,

siendo necesario obtener 15 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, que versará sobre

las materias que correspondan a la especialidad concreta elegida

por el aspirante y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la

documentación y material de trabajo que estimen conveniente aportar

para su realización.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,

siendo necesario obtener 15 puntos para superarle.

Tercer ejercicio: Constará de dos partes:

En la primera parte, los aspirantes expondrán oralmente,

durante treinta minutos, dos temas del programa en sesión pública.

Uno de ellos deberá ser del grupo de temas comunes de entre

dos extraídos al azar ; el otro tema deberá ser del grupo de materias

correspondientes a la especialidad elegida de entre dos extraídos

al azar.

Los opositores dispondrán de un período de quince minutos

para la preparación de esta parte, sin que puedan consultar

ninguna clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán

utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado durante el referido

tiempo de preparación.

En esta parte del ejercicio se valorará el volumen y comprensión

de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad

de expresión oral.

Se calificará esta primera parte con un máximo de 30 puntos.

La segunda parte consistirá en la presentación oral, por parte

de los aspirantes, durante un tiempo máximo de quince minutos,

en la misma sesión que la primera parte, de su historial formativo

y profesional en relación con las materias propias de las funciones

de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con

la especialidad elegida.

A tal efecto, los opositores deberán presentar en la

Subdirección General de Recursos Humanos del Departamento una

memoria con su historial formativo y profesional, adjuntando los

documentos acreditativos de los extremos contenidos en ella, en el

plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente

al de la publicación de la relación de aspirantes que hayan

superado el segundo ejercicio.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con los

aspirantes sobre el contenido de la citada Memoria.

Se calificará esta segunda parte con un máximo de 10 puntos.

Deberá obtenerse en el tercer ejercicio un mínimo de 20 puntos

para poder superarlo.

Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba sobre uno o los

dos siguientes idiomas:

Francés.

Inglés.

La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el

Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, los

conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación del

idioma o idiomas que el opositor haya escogido en su solicitud,

a cuyo efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se

practicará la misma.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en los idiomas

a examinar.

Esta prueba se calificará otorgando hasta 10 puntos por idioma,

con un máximo de 20 puntos.

2.3 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,

organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y

cuya duración máxima será de seis meses.

Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas

selectivas deberán ser autorizados por el Subsecretario del

Departamento en el que presten sus servicios para asistir al curso

selectivo.

La parte teórica tendrá una duración máxima de cinco meses

y versará, fundamentalmente, sobre las materias que figuran en

el anexo III de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar

o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como

incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras

actividades formativas complementarias relacionadas con las

actividades propias de los funcionarios de la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de

Medio Ambiente.

La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes y

consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo del Ministerio de Medio Ambiente mediante la rotación de

los funcionarios en prácticas por distintas unidades administrativas

del mismo. Durante esta parte del curso selectivo los funcionarios

en prácticas tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de quince días naturales desde la finalización de

las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar

a la Comisión de valoración, prevista en el apartado 3.3 de este

anexo, un informe de las actividades desarrolladas.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán

en la situación de funcionarios en prácticas hasta su toma de

posesión como funcionarios de carrera. Los aspirantes que ya sean

funcionarios antes de participar en estas pruebas selectivas

continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas,

prestando servicios en su primitivo puesto de trabajo desde la

finalización del curso selectivo y hasta el momento de la toma

de posesión en su primer destino como funcionario de carrera

del nuevo Cuerpo/Escala.

La asistencia al curso selectivo realizado en alternancia con

prácticas reales es obligatoria y durante el mismo los aspirantes

dependerán directamente de la Subsecretaría del departamento.

3. Valoración

3.1 Prueba previa de conocimiento del español.-Se calificará

de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración de

"apto" para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

3.2 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 2.2 de este anexo.

3.3 Curso selectivo.-La calificación del curso selectivo será

otorgada por la Subsecretaría del departamento, a propuesta de

la Comisión devValoración, nombrada a tal efecto por la citada

Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por

profesores y tutores que hayan participado en el curso selectivo.

La calificación máxima de cada una de las dos partes de curso

selectivo será de 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos,

como mínimo, para superar las mismas.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos ; siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

3.4 Calificación total.-La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en la fase de oposición y curso selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio

de la fase de oposición, por este orden.

ANEXO II

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

PROGRAMA

Especialidad: Conservación del medio natural

1. Convenio sobre diversidad biológica. Principales

características. Principales resultados de las conferencias de las partes.

2. Convenio de Ramsar. Principales características y

evolución del Convenio. Aplicación en España y en Europa. Proyectos

específicos. Plan estratégico.

3. Convenio de Washington (CITES). Principales

características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.

4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución

del Convenio. Los acuerdos regionales. Aplicación en España.

5. Convenio de Berna. Principales características y evolución

del Convenio. Los acuerdos regionales. La estrategia panaeuropea

sobre conservación de la biodiversidad y del paisaje.

6. El Convenio de Barcelona. Principales características y

evolución del Convenio. Plan de acción para el Mediterráneo.

7. Organismos internacionales para la conservación de la

naturaleza. La UICN. El Programa MaB. Las reservas de la biosfera.

8. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en

la Unión Europea. El V Programa de Acción Medioambiental y

Desarrollo Sostenible.

9. Instituciones europeas relacionadas con la conservación

de la diversidad biológica. La Agencia Europea de Medio Ambiente.

El Centro de la Naturaleza de París. La Federación Europea de

Parques Nacionales y Naturales.

10. Estrategia nacional para la conservación y el uso

sostenible de la diversidad biológica. La estrategia comunitaria.

11. La reforma de la PAC y su relación con la conservación

de la biodiversidad. Aplicación en España.

12. La Directiva Aves. Aplicación en España y en el resto

de la UE.

13. La Directiva Hábitats. Aplicación en España y en el resto

de la UE.

14. Instrumentos financieros de la UE, estatales y de las

Comunidades Autónomas aplicables a la conservación y uso

sostenible de la biodiversidad. El marco de acción prioritaria. Los

fondos de cohesión. El Programa LIFE.

15. La Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios

Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y su desarrollo reglamentario.

Principales características e instrumentos. La sentencia del

Tribunal Constitucional.

16. La Ley 41/1997, por la que se modifica la Ley 4/1989,

de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna

Silvestres. Modificaciones que introduce. Nuevo modelo de gestión

de los parques nacionales.

17. La Red de Parques Nacionales. Características

principales. Los parques nacionales españoles. Representación y situación

actual.

18. Los espacios naturales protegidos en las Comunidades

Autónomas. Desarrollo legislativo. Principales figuras de

protección. Situación actual.

19. El plan director de la Red de Parques Nacionales.

Características principales y aplicación.

20. Los planes de ordenación de los recursos naturales.

Características principales. Ejemplos concretos. Planes rectores

de uso y gestión. Características principales. Ejemplos concretos.

Planes sectoriales. Características principales. Ejemplos

concretos.

21. Legislación sectorial de aplicación en los espacios

naturales protegidos y en la conservación y uso sostenible de la

diversidad biológica.

22. La conservación "ex situ" de la diversidad biológica.

23. El papel de la investigación en la conservación de la

biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel

global.

24. La diversidad biológica. Concepto y métodos de medida.

25. Inventariación de la diversidad biológica. Manejo.

Ordenación y archivo de información. Manejo de bases de datos.

26. Las regiones biogeográficas y los pisos bioclimáticos en

España.

27. Los componentes de la diversidad biológica y su estado

de conservación. Los hábitats naturales y seminaturales. Medio

terrestre y medio marino.

28. Los componentes de la diversidad biológica y su estado

de conservación. Las especies silvestres. Especies terrestres y de

agua dulce. Especies marinas.

29. Los recursos genéticos. Las plantas cultivadas. Las razas

ganaderas. Los conocimientos tradicionales. Los organismos vivos

modificados. El acceso a los recursos genéticos.

30. Técnicas de recolección y preparación de muestras

biológicas para estudios de biodiversidad.

31. Cooperación con las Comunidades Autónomas en

programas de conservación. La Comisión Nacional de Protección de

la Naturaleza y sus Comités especializados. Principales

actividades.

32. Especies protegidas. Catálogo nacional y autonómico.

Desarrollo y aplicación. Planes de recuperación de especies

protegidas. Ejemplos concretos.

33. Las actividades cinegéticas y piscícolas y su relación con

las especies protegidas. Censo nacional de caza y pesca.

34. Restauración de hábitats y sistemas naturales. Métodos

e instrumentación. Ejemplos concretos.

35. Tratamientos culturales de las masas arbóreas.

36. El medio físico y su relación con la diversidad biológica.

El clima, el relieve y los suelos.

37. Los ecosistemas españoles de montaña. Características

y rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios

de protección.

38. Los ecosistemas españoles de bosque caducifolio.

Características y rasgos generales. Principales problemas de

conservación. Medios de protección.

39. Los ecosistemas españoles de bosque de coníferas.

Características y rasgos generales. Principales problemas de

conservación. Medios de protección.

40. Los ecosistemas españoles de bosque esclerófilo.

Características y rasgos generales. Principales problemas de

conservación. Medios de protección.

41. Los ecosistemas esteparios españoles. Características y

rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios

de protección.

42. Los ecosistemas de la región macaronésica.

Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.

Medios de protección.

43. Las zonas húmedas españolas. Características y rasgos

generales. Principales problemas de conservación. Medios de

protección.

44. Los ecosistemas fluviales españoles. Características y

rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios de

protección.

45. Los ecosistemas costeros españoles. Características y

rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios de

protección.

46. Los ecosistemas marinos españoles. Características y

rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios de

protección.

47. La pesca marítima y su relación con las especies no

objetivo.

48. Las aguas subterráneas. Principales características de los

acuíferos españoles. Principales problemas de conservación en

relación con la diversidad biológica.

49. Los paisajes españoles. Principales problemas de

conservación. Medidas de protección.

50. Las actividades agrarias y su relación con la conservación

de la diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.

51. La industria y su relación con la conservación de la

diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.

52. El turismo y su relación con la conservación de la

diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.

53. La ordenación del territorio y su relación con la

conservación de la diversidad biológica y los espacios naturales

protegidos.

54. Los sistemas de información geográfica. Aplicaciones en

relación con la conservación de la naturaleza.

55. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España.

56. La estrategia forestal española.

57. El plan estratégico para la conservación y uso racional

de los humedales.

58. El desarrollo sostenible aplicado a los espacios naturales

y a sus áreas de influencia. Indicadores ambientales y

socioeconómicos de aplicación en los espacios naturales protegidos.

59. Participación social en la gestión medioambiental.

Instrumentos de participación pública y colaboración ciudadana en

la planificación, gestión del medio natural y en los espacios

naturales protegidos.

60. Las asociaciones conservacionistas y el voluntariado en

relación con los espacios naturales protegidos y la diversidad

biológica.

Especialidad: Educación ambiental y uso público

1. La evolución del pensamiento y de las acciones de la

conservación: De Estocolmo a Río de Janeiro. Período posterior a

Río 92.

2. La importancia del medio ambiente en la Unión Europea:

Evolución a través de los Tratados. Programas de acción en materia

de medio ambiente.

3. El modelo de organización social: Cultura, tecnología y

ambiente.

4. Los instrumentos sociales en la política ambiental.

5. Programas y organizaciones internacionales de educación

ambiental.

6. Historia de la educación ambiental en España. Etapas

significativas: Encuentros y jornadas de referencia ; seminarios

permanentes.

7. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España.

8. La educación ambiental en el sistema educativo:

Legislación y aplicación de la legislación.

9. La formación profesional ambiental. Sistemas formal y no

formal.

10. La formación ambiental y el mercado laboral. Los nuevos

yacimientos de empleo ambientales. Estrategia europea para el

empleo.

11. Criterios de elaboración, desarrollo y evaluación de

programas de formación y capacitación ambientales.

12. Situación de la educación ambiental en la Universidad.

13. La educación ambiental en la formación del profesorado:

Inicial y permanente.

14. La educación ambiental en las distintas administraciones:

Situación en el organigrama y competencias.

15. La educación ambiental en las organizaciones no

gubernamentales: Principales programas y logros.

16. Las asociaciones de educadores ambientales: Principales

objetivos y realizaciones.

17. Las empresas de educación ambiental: Aportación al

desarrollo de la educación ambiental.

18. La construcción del conocimiento: Modelos de

aprendizaje y su relación con la educación ambiental.

19. Información ambiental. Derecho de acceso a la

información en materia de medio ambiente: Ley 38/1995. Redes de

información: EIONET.

20. Divulgación ambiental en los medios de comunicación.

21. Interpretación ambiental en museos y exposiciones.

22. Comunicación ambiental. Diseños de campañas y

actuaciones.

23. Análisis y diseño de campañas publicitarias de

sensibilización ambiental.

24. Interpretación ambiental. Diseño de itinerarios y

recorridos de campo.

25. Recursos y equipamientos para la educación ambiental.

26. Estrategias y técnicas de resolución de conflictos. La

mediación.

27. La formación y la capacitación ambientales como

instrumentos de educación ambiental: Ámbitos y actividades.

28. Participación social en la gestión ambiental. Instrumentos

de participación pública e implicación ciudadana.

29. Voluntariado ambiental.

30. Acercamiento afectivo al medio natural. Actividades

lúdicas en la naturaleza.

31. Juegos como herramientas de la educación ambiental:

Simulación, rol y juegos informáticos.

32. Ecoauditorías ambientales como instrumento educativo.

33. Animación socio-cultural aplicada a las actividades de

protección o mejora ambiental. Dinamización y gestión de grupos

sociales.

34. Perfiles profesionales del educador ambiental:

Competencias y funciones. Ámbitos. Estrategias de formación de los

educadores ambientales, instituciones formativas y criterios de

reconocimiento y homologación profesional.

35. Percepción ambiental. Modelos explicativos. Relación

entre comportamiento humano y medio ambiente.

36. Actitudes y valores ambientales: Estructura y cambio.

37. El paisaje: Preferencia e interpretación. Estrategias de

evaluación.

38. Metodología de la investigación social. Muestreo.

Técnicas de investigación social aplicables al diagnóstico de

situaciones y a la detección de necesidades.

39. El comportamiento de impacto ambiental en el uso

recreativo y educativo de los espacios: Detección, evaluación. Criterios

de programas de control de acciones de impacto.

40. Evaluación de programas de educación y comunicación

ambientales. Criterios de calidad.

41. Estado de la investigación en educación ambiental:

Hallazgos relevantes, temas explorados, líneas de trabajo

prioritarias.

42. Educación ambiental y gestión del medio.

43. Sistemas de gestión ambiental en industrias y

administraciones. Figuras de acreditación y papel de la educación y la

comunicación.

44. Educación ambiental y comunicación en relación con la

problemática del agua en España. Diseño de campañas y selección

de destinatarios.

45. Campañas de información y participación en la gestión

de los residuos. Estrategias de comunicación para diferentes

destinatarios. Educación para un consumo responsable.

46. Los instrumentos sociales al servicio de la estrategia de

la biodiversidad y de la estrategia forestal.

47. Acciones de educación y comunicación ambientales con

relación al Convenio sobre Cambio Climático.

48. Información y participación pública en relación con la

declaración de impacto ambiental.

49. Información y comunicación ambientales sobre

bioseguridad. Protocolo de Cartagena.

50. Información y comunicación sobre contaminación

atmosférica y acústica y sobre el uso de la energía.

51. Información y comunicación sobre pérdida de suelos y

desertización.

52. Información y comunicación sobre instrumentos

coercitivos de la política ambiental (responsabilidad civil, penal y

administrativa).

53. La atención de los visitantes como objetivo en los Parques

Nacionales. Visitante, usuario y turista. Caracterización de

visitantes. Planificación y programas de uso público. La interpretación

en la naturaleza. El uso público en el plan director de la red de

parques nacionales.

54. Infraestructuras al servicio de la interpretación ambiental.

Los centros de visitantes. Senderos e instalaciones. La señalización

interpretativa. Técnicas constructivas, criterios y orientaciones.

Estrategias de uso, reciclado y mantenimiento.

55. Técnicas de interpretación y tecnologías interpretativas.

Materias y técnicas expositivas. Sistemas de interpretación.

Programación de uso y mantenimiento.

56. Servicios concesionales y de visitas. Regímenes de uso.

Servicios básicos y servicios complementarios en el uso público

de los parques nacionales. Alternativas a la gestión de los servicios

públicos. La integración de los sistemas de uso público dentro

de la dinámica económica local. Tipologías de actividades

concesionales.

57. La programación de actividades divulgativas en los

entornos de los parques nacionales. Los programas de difusión y

divulgación. La educación ambiental en los entornos de los parques

nacionales. La comunidad local como receptor de contenidos

interpretativos.

58. El profesional de uso público en parques nacionales.

Guías intérpretes, informadores, interpretadores y personal

especialización. Necesidades, dotaciones, medios y programación de

formación.

59. Difusión y extensión. Técnicas y materiales divulgativos.

Las publicaciones al servicio de la interpretación ambiental.

Folletos, desplegables. Métodos, técnicas y caracterización. El diseño

de un programa de participación pública en la toma de decisiones

para la gestión.

60. El uso del territorio en los parques nacionales asociado

a las visitas. La planificación y programación de accesos.

Regulación, control y acceso de visitantes. Sistemas alternativos y

disuasorios. La capacidad de carga de visitas. Infraestructuras asociadas

a la regulación y control en la distribución de flujos de visitantes.

Especialidad: Técnicas costeras

1. El dominio público, concepto, naturaleza y régimen

jurídico. Diferencias entre los bienes demaniales y los patrimoniales.

Consecuencias de la consideración de los bienes demaniales como

"res extra commercium".

2. Procedimientos administrativos para la incorporación o

sustracción de bienes al dominio público. La afectación. La

mutación demanial. La desafectación.

3. La Constitución española de 1978: Protección

constitucional del dominio público. Referencia específica de la

Constitución a los bienes de dominio público marítimo-terrestre.

Clasificación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre.

4. La regulación de las costas en el derecho comparado:

Técnicas utilizadas: Regulación del litoral, del dominio público, del

territorio, etc., en los países de Europa occidental. La regulación

de las costas por organismos internacionales: Principales

organismos y normas o recomendaciones producidas. Especial

referencia a los proyectos de regulación de la costa producidos por

la Unión Europea.

5. La Ley de Costas de 1988. Precedentes legislativos de ésta.

Origen, objetivos, principios y estructura de la Ley. El Reglamento

de Costas de 1989.

6. El dominio público marítimo-terrestre en la Ley de Costas.

Bienes que lo integran. Elementos o características que

individualizan los bienes del dominio público marítimo-terrestre

definidos por la Ley.

7. La delimitación administrativa del dominio público

marítimo-terrestre. Procedimiento de deslinde: Iniciación, desarrollo

y terminación. El proyecto de deslinde.

8. Efectos del deslinde por la Administración del dominio

público marítimo-terrestre. En especial, estudio de la disposición

transitoria primera de la Ley de Costas.

9. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre.

La titularidad estatal, la inalienabilidad, la imprescriptibilidad, la

inembargabilidad y la publicidad posesoria. Afectación y

desafectación.

10. La protección del dominio público marítimo-terrestre

mediante la incidencia en los derechos sobre inmuebles próximos

a la ribera del mar: Servidumbres y otras limitaciones.

Competencia para otorgar autorizaciones en las zonas afectadas. La

extracción de áridos en los tramos finales de los ríos y su

regularización.

11. La servidumbre de protección: Contenido, alcance

geográfico, usos permitidos y prohibidos sobre la misma y excepciones

a los prohibidos. La servidumbre de tránsito: Contenido, alcance

geográfico, usos permitidos. La servidumbre de acceso al mar.

La zona de influencia.

12. Usos generales del dominio público marítimo-terrestre.

Usos especiales: Requisitos. Diferentes títulos para la ocupación

del dominio público marítimo-terrestre. Especial referencia a

reservas y adscripciones.

13. Regulación de los vertidos al mar. Procedimientos y

órganos que resuelven en función de la clase de vertido y del bien

demanial sobre el que se produce. Requisitos de los efluentes

y necesidad de título de ocupación del dominio público

marítimo-terrestre.

14. Autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre.

Actividades y ocupaciones que la requieren. Efectos de su

otorgamiento. Modificación y extinción. Formas de extinción.

Autorizaciones para los servicios de temporada en las playas, para

vertidos y para extracción de áridos.

15. Concesiones en el dominio público marítimo-terrestre.

Obras y actividades que lo requieren. Procedimiento de

otorgamiento de concesiones. Formas de extinción. Diferencias con la

autorización. Causas de caducidad. Procedimiento del artículo 150

del Reglamento de Costas.

16. Reservas y adscripciones: Concepto, procedimiento para

su obtención. Órgano que otorga el título. Consecuencias de la

obtención del título.

17. Requisitos materiales y formales de los proyectos que

sirven de soporte a la petición de ocupación especial del dominio

público marítimo-terrestre. Estudios adicionales necesarios

cuando el proyecto altere el dominio público marítimo-terrestre de

forma importante o cuando se está en el mar o en zona

marítimo-terrestre. Contenido del estudio económico-financiero que

debe acompañar a estos proyectos cuando su titular no sea la

Administración.

18. El régimen económico del dominio público

marítimo-terrestre. La Ley de Costas y la Orden de 30 de octubre de

1992. Cánones por ocupación del dominio público

marítimo-terrestre. Forma de determinación del canon. Requisitos para

exención o disminución de canon.

19. Valoración de las concesiones para su rescate. Fianzas

en el procedimiento de solicitud de ocupación de superficie del

dominio público marítimo-terrestre. Canon por vertidos.

20. La potestad sancionadora en materia de costas.

Procedimiento sancionador en la Ley de Costas. Principios que lo

informan. Infracciones y sanciones. Obligación de restituir. Sanciones

especiales en el seno de relaciones de supremacía especial.

21. Fases del procedimiento sancionador. Las medidas

cautelares. Posibles circunstancias atenuantes. Indemnización.

Ejecución forzosa.

22. Distribución de competencias entre las distintas

Administraciones Públicas según la Ley de Costas. Principios que rigen

la colaboración administrativa. Emisión de informes en los

procedimientos de aprobación de instrumentos de planeamiento

urbanístico.

23. La posible modificación de la anchura de la servidumbre

de protección en virtud de la clasificación del suelo a la entrada

en vigor de la Ley de Costas. La disposición transitoria tercera

de la Ley. La situación de construcciones anteriores a la Ley de

Costas en zonas de dominio público marítimo-terrestre o en

servidumbre de protección y tránsito: La disposición cuarta de la

Ley.

24. La concurrencia de otros títulos con los de ocupación

del dominio público marítimo-terrestre: La disposición adicional

quinta de la Ley.

25. Elementos que determinan la pertenencia del dominio

público marítimo terrestre según los artículos 3, 4 y 5 de la Ley

de Costas. Su identificación en conceptos geomorfológicos.

26. Las diversas formaciones típicas costeras desde el punto

de vista geológico. Ubicación de las mismas. Ejemplos de cada

una de ellas.

27. Las dunas. Su origen y evolución. Su participación en

la estabilidad de la playa.

28. Las dunas desde el punto de vista geomorfológico. Dunas

fijas y móviles. Elementos de fijación.

29. Vegetación que se da en las dunas. Su contribución a

la fijación de la misma. Su idoneidad y compatibilidad con el

medio.

30. Clasificación de los hábitats costeros en función de la

vegetación que se da en ellos. La adaptación de especies de flora

a los hábitats costeros.

31. Los elementos vegetales que se producen en los fondos

marinos. Su contribución a la vida marina y al mantenimiento

de los recursos vivos. Amenaza y formas de protección de los

mismos.

32. Los diversos bosques de ribera en función del tipo de

costa. Su protección y mantenimiento. Papel que desempeñan

en el equilibrio del ecosistema litoral.

33. Especial consideración de los bosques de ribera en los

márgenes de los ríos y rías que tienen la condición de dominio

público marítimo-terrestre. Su contribución al equilibrio de este

ecosistema. Formas de protección del bosque de ribera.

34. La identificación de las características del dominio público

marítimo-terrestre a través de la vegetación que se da en el mismo.

Procedimiento para llevar a cabo la identificación, clasificación

y su probabilidad de pertenecer o haber pertenecido al medio

marino.

35. La protección contra la erosión mediante la implantación

de elementos vegetales vivos. Diversas técnicas actuales y posible

desarrollo de las mismas. Su efectividad respecto al objetivo de

frenar o contener la erosión.

36. La vegetación propia de las formaciones rocosas en la

costa. Acantilados costa baja etc. Su clasificación, protección y

su contribución a la estabilidad de las referidas formaciones.

37. Los ecosistemas marinos. Diversas clases de ellos. Su

equilibrio. La contribución al mismo de los elementos de flora.

38. Incidencia sobre la erosión de la

forestación/deforestación. Medidas que permiten lograr un equilibrio entre la

regeneración forestal y la posibilidad de aportaciones sedentarias al

transporte litoral.

39. La vegetación en humedales y zonas bajas costeras. Su

incidencia en el equilibrio del ecosistema. Posibilidades de

intervención para su protección y desarrollo.

40. Las plantaciones artificiales en los bordes marinos para

su regeneración. Diversas clases de árboles y plantas que pueden

plantarse en la regeneración de bordes marítimos en función de

los objetivos buscados. Ventajas e inconvenientes de cada uno

de ellos.

41. Creación artificial de plantaciones vegetales en el dominio

público marítimo-terrestre. Su contribución a la creación de

espacios lúdicos o de espacios naturales. Posibilidades de llevarlos

a cabo en función del tipo de dominio público marítimo-terrestre

(playa, dominio público marítimo-terrestre degradado, etc).

Precauciones a tomar y su integración en el ecosistema.

42. Los revestimientos vegetales para sujeción de taludes no

dunares en el dominio público marítimo-terrestre. Plantación,

protección y mantenimiento de los mismos.

43. La vegetación halófila. Características comunes y

específicas de comunidades concretas. Métodos para su identificación.

44. La flora y el litoral. Formas de presentación de aquéllas

en estas tipologías de uno y otro y su interrelación.

45. Descripción gráfica de las principales comunidades

vegetales en el litoral español.

46. La afectación de la erosión marina al equilibrio de la línea

litoral. La evolución hacia el futuro de la interfase mar-tierra. Y

su incidencia sobre las comunidades de flora próximas.

47. La Ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales

características e instrumentos. La sentencia del Tribunal

Constitucional.

48. Las Directivas aves y hábitats. Aplicación en España y

en el resto de la Unión Europea.

49. La conservación de especies. Catálogo Nacional de

Especies Amenazadas. Planes de recuperación. Otros planes. Ejemplos

concretos.

50. Las zonas de especial protección de aves (ZEPA). Criterios

para su determinación. Identificación de las principales zonas

concretas en España. Normas para su protección.

51. La dinámica litoral: Breve descripción de la formación

del oleaje y su incidencia en el transporte longitudinal y

transversal. El perfil de equilibrio de las playas

52. La incidencia de las infraestructuras portuarias sobre el

dominio público marítimo-terrestre biótico y abiótico. Previsiones

sobre cambios en la evolución de los perfiles de playa y sobre

su estabilidad.

53. Naturaleza y delimitación del dominio público

marítimo-terrestre portuario. Análisis comparado en la Ley de Costas

y en la Ley de Puertos. Régimen jurídico de las relaciones entre

sus Administraciones competentes.

54. Las zonas de servicios en los puertos de competencia

estatal. Los espacios portuarios de competencia autonómica. Su

regulación en la Ley de Costas y en la Ley de Puertos.

55. La desafectación del dominio público marítimo-terrestre

portuario. Su regulación en la Ley de Puertos y en la Ley de Costas.

56. Estudio de las Leyes 10/1977, de 4 de enero, sobre Mar

Territorial y 15/1978, de 20 de febrero, sobre Zona Económica

Exclusiva.

57. Convenio Ospar: Estructura y objetivos.

58. Convenio de Barcelona para la protección del

Mediterráneo. Plan de acción para la protección del medio marino y el

desarrollo sostenible de las zonas costeras del Mediterráneo.

59. Capítulo 17 de la Agenda 21 y tratamiento del medio

marino en el seno del Tratado de Amsterdam.

60. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho

del Mar (Montego Bay, 10 de diciembre de 1982): Principales

aspectos.

Especialidad: Control de calidad de aguas

1. Legislación de aguas en España. Ley de Aguas de 1985.

Aspectos básicos de organización administrativa en relación con

la gestión de calidad de aguas.

2. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Protección

del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas

continentales.

3. El control de vertidos a las aguas continentales. Las

autorizaciones de vertido.

4. Empresas colaboradoras en el control de los vertidos a

las aguas continentales.

5. El canon de vertido. Cálculo. Situación y problemática.

6. Infracciones y sanciones. Evaluación de daños al dominio

público hidráulico.

7. Planes de regularización de vertidos. Real Decreto

484/1995, de 7 de abril.

8. El Reglamento de la Administración Pública del Agua y de

la Planificación Hidrológica. Competencias del Estado y de las

Comunidades Autónomas. Función de los organismos de cuenca.

9. La calidad del agua en la planificación hidrológica.

10. Directivas comunitarias relativas a objetivos de calidad

de las aguas.

11. Directivas comunitarias relativas a límites de emisión de

sustancias contaminantes.

12. Directivas comunitarias relativas a la prevención de la

contaminación.

13. Directivas comunitarias referentes a calidad de aguas y

su incorporación a la legislación española. Obligaciones derivadas.

14. Propuesta de Directiva del Consejo por la que se establece

un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política

de aguas.

15. Convenios internacionales relativos a la calidad de aguas.

Convenio OSPAR. El Programa RID.

16. Convenios internacionales relativos a la calidad de aguas.

Convenio de Barcelona.

17. Estudio de la calidad del agua en los ríos mediante el

empleo de índices biológicos.

18. Normas de calidad ambiental. Procedimientos para su

establecimiento. Ensayos de toxicidad.

19. Indicadores de calidad para la reclasificación del estado

ecológico de ríos y lagos.

20. Condiciones ambientales y su influencia en la calidad del

agua.

21. Parámetros físicos, químicos y microbiológicos

relacionados con la calidad del agua.

22. Índices físico-químicos de calidad de las aguas. Índices

de diversidad biológica.

23. Ecología de las comunidades piscícolas. Factores que

controlan las poblaciones piscícolas. Peces ibéricos de aguas dulces.

24. Eutrofización de aguas lénticas. Técnicas y análisis.

Efectos. Medidas preventivas y correctoras. Estado trófico de los

embalses.

25. Teledetección de la eutrofización en embalses.

26. Sistemas de vigilancia y control de aguas superficiales

y subterráneas. Redes existentes.

27. Criterios de diseño de las redes control de aguas

superficiales.

28. Criterios de diseño de las redes control de aguas

subterráneas.

29. Sustancias peligrosas de las listas I y II. Lista de sustancias

prioritarias en el marco de la política comunitaria. Evaluación del

riesgo.

30. Procedimientos para la toma de muestras de matrices

propias del ámbito de las aguas continentales superficiales.

Cadena de custodia, tratamiento, manipulación, conservación y

transporte de las muestras.

31. Procedimientos e instrumentación analítica para la

determinación de los distintos parámetros que afectan a la calidad de

las aguas. Determinaciones in situ, en laboratorio y mediciones

en continuo.

32. Procedimiento de actuación ante casos de vertidos

accidentales.

33. La gestión de los vertidos en función de objetivos de

calidad.

34. La gestión de los vertidos en función de valores límite

de emisión.

35. Vertidos urbanos e industriales. Parámetros de

contaminación y tratamientos de depuración.

36. Vertidos directos e indirectos. Competencias. Ordenanzas

municipales de vertido.

37. Vertidos de sustancias peligrosas. Sustancias de las listas

I y II. Programas para reducir la contaminación por sustancias

de la lista II.

38. La contaminación difusa. Aguas afectadas. Zonas

vulnerables a la contaminación por nitratos.

39. Perímetros de protección para captaciones de agua

potable.

40. Diagnósticos de calidad para aguas prepotables.

41. Diagnósticos de calidad para aguas aptas para la vida

piscícola.

42. Diagnósticos de calidad para aguas aptas para el baño.

43. Protección de las aguas contra la contaminación

producida por nitratos de fuentes agrarias. Programas de actuación.

Códigos de buenas prácticas agrarias.

44. Redes de estaciones automáticas de alerta. Objetivos y

funciones. Parámetros. Sistemas de comunicación.

45. Mejores técnicas disponibles para la reducción de

sustancias contaminantes en los vertidos.

46. La calidad de las aguas en el Libro Blanco del Agua en

España.

47. Sistemas de información geográfica aplicados a la gestión

de calidad de aguas. Sistemas de adquisición de datos. Entornos

informáticos de trabajo. Análisis y bases de datos.

48. Caudales ecológicos: Métodos de estudio y aplicación.

49. La gestión de los vertidos mediante el enfoque combinado.

Modelos de reparto de cargas.

50. Sistema Automático de Información de Calidad de las

Aguas SAICA. Funciones y objetivos. Modelo de calidad.

51. Procedimientos de intercambio de información relativa

a la calidad de las aguas continentales en la Unión Europea.

52. Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de las aguas

residuales urbanas. Criterios de conformidad. Zonas sensibles.

Plan Nacional de Saneamiento y Depuración.

53. Directiva 80/68 relativa a la protección de las aguas

subterráneas de la contaminación causada por determinadas

sustancias peligrosas. Obligaciones derivadas.

54. Directiva 76/464/CEE relativa a la contaminación

causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio

acuático. Obligaciones derivadas. Procedimientos y control para

las sustancias peligrosas.

55. Redes europeas de intercambio de información sobre

calidad de las aguas. Criterios de diseño.

56. Estado de las aguas superficiales y subterráneas según

la propuesta de Directiva del Consejo por la que se establece

un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política

de aguas.

57. Contaminación difusa por plaguicidas. Tipos. Criterios

de definición de redes de control. Política comunitaria.

58. La reutilización de las aguas residuales depuradas.

59. Instrumentos administrativos para la gestión de los

vertidos.

60. Principales técnicas instrumentales para la determinación

de contaminantes. Límites de detección y cuantificación.

Especialidad: Hidrogeología

1. Conceptos básicos y definiciones. Concepto de

hidrogeología. Los acuíferos o embalses subterráneos. Situación y

movimiento del agua en la hidrosfera. Parámetros fundamentales.

2. Climatología aplicada a la hidrogeología. Elementos que

influyen sobre el ciclo hidrológico: Radiación, temperatura,

duración del día, presión, humedad, viento. Precipitación. Estaciones

climatológicas e instrumentos de medida. Elaboración de datos

climáticos.

3. El agua en el suelo. Humedad del suelo ; su medida.

Contenido de humedad de suelo ; parámetros característicos.

Distribución vertical del agua en el suelo. Escorrentía. Infiltración.

4. Evaporación y transpiración. Concepto y factores que

afectan. Evapotranspiración ; concepto, unidades, métodos de cálculo

y representación.

5. Geología aplicada a la hidrogeología. Los materiales:

Rocas plutónicas, rocas volcánicas, rocas metamórficas, rocas

sedimentarias.

6. Disposición de los materiales. Estratigrafía y geología

histórica. Deformaciones de los materiales: Deformaciones continuas

y discontinuas.

7. Cartografía geológica. Elementos de los mapas geológicos.

Interpretación de mapas geológicos. Medidas y cálculos a partir

del mapa geológico. Cartografía de sondeos.

8. Propiedades físicas del agua. Principios básicos: Estática,

cinemática y dinámica de fluidos. Cálculo de conductos. Selección

de maquinaria de bombeo. Dispositivos de aforo.

9. Propiedades químicas del agua. Molécula y estructura del

agua. Gases disueltos. Principales iones en disolución. Dureza

y alcalinidad del agua. El agua en la naturaleza ; relación entre

litofacies y composición de las aguas.

10. Características químicas del agua subterránea. Toma de

muestras. El análisis químico y sus métodos. Clasificación de las

aguas. Normas de potabilidad. Principios de radioquímica.

Sistemas de representación de las características hidroquímicas.

11. Elementos de hidrología. Conceptos. Características de

la cuenca hidrológica. Aforos en cursos de agua. Emplazamiento

y clases de estaciones de aforos. Tratamiento de los aforos.

12. Análisis de hidrogramas. Componentes del yetograma.

Separación de componentes del hidrograma. Crecidas y estiajes.

Regulación.

13. Modelos de simulación continua de cuencas. El problema

de las inundaciones ; medidas de defensa. Métodos de cálculo de

crecidas. Bases de datos hidrológicos y sistemas de información

geográfica.

14. Teoría elemental del flujo subterráneo. Principios

generales de movimiento del agua en medios porosos. Ley de Darcy.

Parámetros hidrogeológicos. Homogeneidad, heterogeneidad,

isotropía y anisotropía.

15. Ecuaciones diferenciales del flujo subterráneo.

Propiedades y construcción de las redes de flujo. Oscilación de niveles

piezométricos. Mapas de isopiezas ; elaboración e interpretación.

16. Hidráulica de captaciones de agua subterránea.

Conceptos fundamentales. Hidráulica de pozos completos a caudal

constante. Superposición de efectos e interferencia de pozos completos.

Recuperación de niveles.

17. Hidráulica de pozos en acuíferos limitados ; teoría de las

imágenes. Drenaje diferido. Pozos incompletos. Acuíferos

semiconfinados ; casos complejos.

18. Hidráulica de pozos en acuíferos reales. Pozos en

acuíferos con flujo natural. Pozos de poco diámetro. Bombeos a caudal

variable y discontinuo. Eficiencia de un pozo y curvas

características.

19. Hidráulica de captaciones en drenes y galerías: Régimen

estacionario y régimen variable. Pozos con drenes radiales y pozos

puntuales. Hidráulica de captaciones en medios fracturados.

20. Hidroquímica. Evolución geoquímica del agua en los

acuíferos. Sistemas de representación. Análisis de mapas

hidrogeoquímicos. Flujo térmico en acuíferos. Energía geotérmica.

21. Exploración de aguas subterráneas. Objetivos y métodos.

Exploración en distintos ámbitos geológicos: Rocas no

consolidadas, rocas plutónicas y metamórficas, rocas volcánicas, rocas

sedimentarias, zonas kársticas.

22. Modelos sedimentarios de interés hidrogeológico.

Reconstrucción de la geometría del acuífero en cuerpos

sedimentarios. Mapas de isopacas.

23. Cartografía hidrogeológica. Datos a representar. Sistemas

de inventario de puntos de agua. Análisis e interpretación de mapas

temáticos. Aplicaciones de la teledetección.

24. Técnicas nucleares en hidrogeología. Conceptos básicos

y radionucléidos del agua. Desplazamientos de fluidos miscibles

en medios porosos y dispersión hidrodinámica. Datación de aguas

e isótopos ambientales. Tiempo de tránsito.

25. Trazadores en hidrogeología. Trazadores químicos y

radiactivos. Técnicas de empleo de trazadores artificiales.

Datación y trazado natural y accidental de aguas subterráneas.

Peculiaridades de los aforos químicos con radioisótopos.

26. Geofísica aplicada a la hidrogeología. Métodos de

prospección ; gravimetría, prospección eléctrica, sísmica de refracción

y de reflexión, sondeos electromagnéticos de dominio de tiempos.

Aplicaciones y utilidad de los distintos métodos.

27. Testificación geofísica. Bases de la testificación y su

utilidad en hidrogeología. Herramientas de la testificación y su valor

cuantitativo para el conocimiento de los acuíferos. Métodos de

registro. Utilización y aplicación de los registros geofísicos.

28. Captación de aguas subterráneas. Características

generales del diseño de una captación. Métodos de perforación de

pozos: Percusión, rotación con circulación directa, rotación con

circulación inversa, rotación con martillo de fondo. Ventajas e

inconvenientes de cada uno de los métodos de perforación.

29. Construcción de captaciones no convencionales. Pozos

excavados. Zanjas de drenaje. Galerías filtrantes. Pozos puntuales.

Cálculo del coste de un pozo.

30. Entubaciones y cementaciones de pozos. Zonas filtrantes:

Rejillas y empaques de grava. Desarrollo de pozos. Corrosión e

incrustación de pozos. Control y vigilancia de las obras.

31. Sondeos mecánicos de reconocimiento. Instalación de

piezómetros. Métodos de perforación de sondeos de

reconocimiento y piezométricos. Testificación mecánica. Controles y ensayos.

32. Realización de proyectos hidrogeológicos. Proyectos de

obras de captación y explotación. Elaboración y tramitación de

proyectos en la Administración. Pliegos de condiciones.

33. Ensayos de bombeo. Ensayos en régimen permanente.

Ensayos en régimen variable. Eficiencia de un pozo. Bombeos

escalonados. Curvas características. Estudio del caudal de explotación.

34. Selección del material para ensayos de bombeo.

Hidroniveles, limnígrafos y tubos piezométricos. Dispositivos y métodos

de aforo. Selección de la tubería de impulsión. Selección del equipo

de bombeo. Equipos y trabajos auxiliares. Programa de bombeo

y mediciones.

35. Maquinaria de elevación y extracción. Equipamiento de

un pozo. Instalaciones electromecánicas. Instrumentación y

automatización de pozos.

36. Control, mantenimiento y conservación de los pozos.

Recuperación de pozos. Abandono y sellado.

37. Contaminación de aguas subterráneas. Origen de la

contaminación: Aspectos físicos, químicos y biológicos de la

contaminación de aguas subterráneas. Alteración de la calidad en la

zona saturada.

38. Tipología de contaminación de aguas subterráneas.

Contaminación urbana. Incidencias de las actividades industriales en

la calidad del agua subterránea. Contaminación agrícola.

Contaminación radiológica. Contaminación por actividades mineras.

39. Vigilancia de la contaminación: Parámetros guía.

Métodos de lucha contra la contaminación. Preservación y protección.

Medidas de control. Modelos de simulación de la contaminación.

40. Inyección en sondeos profundos. Características de los

pozos de inyección. Tipos de aguas a inyectar. Aspectos químicos,

geológicos e hidrogeológicos de la inyección. Efectos de la

inyección profunda.

41. Geotecnia e hidrogeología. Influencia de los parámetros

hidrogeológicos en la construcción de presas, túneles y carreteras.

Hidrogeología y estabilidad de taludes. Asientos de terreno como

consecuencia del bombeo de aguas subterráneas.

42. Modelos matemáticos en hidrogeología. Tipos y modelos

de flujo. Métodos de elementos finitos y diferencias finitas.

Tratamiento de las condiciones de contorno y de las acciones

exteriores. Calibración de modelos.

43. Desarrollo de los modelos. Fases de construcción.

Recopilación y síntesis de los datos. Diseño de la malla. Calibración,

verificación y alternativas.

44. La hidrogeología en relación con el medio ambiente.

Repercusión de la extracción de aguas subterráneas en los

humedales. Impacto hidrogeológico de la extracción de áridos.

45. Recarga artificial de acuíferos. Mecanismos de la recarga.

Metodología, aplicaciones, técnicas y procedimientos.

Planificación de la recarga.

46. Utilización conjunta de aguas superficiales y

subterráneas. Conceptos básicos. Modelos de simulación de utilización

conjunta. Aplicaciones del uso conjunto. Situaciones de sequía.

47. Relaciones agua dulce-agua salada. Explotación de

acuíferos costeros. Los problemas de la intrusión salina.

48. Sobreexplotación de acuíferos. Identificación física de la

sobreexplotación. Diseño y análisis de alternativas. Declaración

de acuíferos sobreexplotados. Plan de ordenación de extracciones.

49. Hidrogeología en medios de baja permeabilidad.

Obtención de los parámetros hidráulicos. Utilidad de los medios de baja

permeabilidad. Aplicaciones.

50. Hidrogeología de la zona no saturada. Definición e

investigación de los parámetros hidrogeológicos. Hidrodinámica de la

zona no saturada. Hidroquímica de la zona no saturada.

51. Redes de observación y control. Diseño, optimización y

control de redes piezométricas y de calidad. Datos a obtener,

representación y utilización.

52. La planificación hidrológica. Recursos, demandas y

balances hídricos en España. La administración hidráulica: Síntesis

histórica y situación actual. Los Planes Hidrológicos de cuenca y

el Plan Hidrológico nacional. Las aguas subterráneas en la

planificación hidrológica.

53. Los planes hidrológicos de cuenca y el Plan Hidrológico

nacional. Las aguas subterráneas en la planificación hidrológica.

54. Utilización de aguas subterráneas en España. Distribución

de las formaciones permeables: Las unidades hidrogeológicas.

Utilización directa: Usos urbanos, usos agrícolas y usos industriales.

Utilización de las descargas naturales de aguas subterráneas.

55. Calidad del agua en España. Emplazamiento de residuos

sólidos urbanos. Prevención, control y corrección de la

contaminación por actividades industriales, nitratos y pesticidas.

Perímetros de protección para captaciones de agua potable.

56. Economía del agua subterránea. Conceptos básicos.

Demanda y consumo. Costes de captación y explotación de aguas

subterráneas.

57. Aspectos normativos sobre las aguas subterráneas en

España. La Ley de Aguas de 1985 y su Reglamento. La reforma

de la Ley de Aguas de 1999.

58. Aspectos normativos sobre las aguas subterráneas en la

Unión Europea. Legislación comunitaria. El programa de Acción

Europeo de Aguas Subterráneas. La directiva Marco sobre políticas

del Agua.

59. El Libro Blanco del Agua en España. Las aguas

subterráneas en el Libro Blanco del Agua.

60. El Libro Blanco de las Aguas Subterráneas. Problemas

actuales y potenciales de las aguas subterráneas. Medidas de

ordenación y programas de acción.

Especialidad: Ingeniería de saneamiento

1. Protección del dominio público hidráulico en la Ley de

Aguas.

2. Parámetros de calidad del agua.

3. Directivas Europeas sobre calidad de aguas y su

incorporación a la legislación española.

4. Legislación sobre vertidos tóxicos y peligrosos.

5. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

6. Marco legal de las evaluaciones del impacto ambiental.

7. Caudales de cálculo de aportación a una red de

saneamiento.

8. Diseño hidráulico y ambiental de redes de saneamiento.

9. Drenaje urbano.

10. Diseño y operación de sistemas de colectores unitarios.

Tendencias actuales.

11. Características de las redes de saneamiento. Materiales

y especificaciones técnicas.

12. Procedimientos constructivos de conducciones para

saneamiento.

13. Estructuras hidráulicas auxiliares de la red de

saneamiento. Tipología y diseño.

14. Degradación y corrosión de conducciones de aguas

residuales.

15. Limpieza y mantenimiento de conducciones de aguas

residuales.

16. Criterios y sistemas de rehabilitación de conducciones

de aguas residuales.

17. Descargas de sistemas unitarios de alcantarillado al medio

receptor.

18. Dispositivos de control y restricción de la contaminación

por aguas de tormenta.

19. Capacidad de autodepuración del cauce receptor.

20. Bombeo de aguas residuales.

21. Diseño y tipo de estaciones de bombeo.

22. Golpe de ariete en tuberías de impulsión.

23. Criterios de selección en procesos de depuración.

Consideraciones sobre la implantación de depuradoras.

24. Pretatamiento en estaciones depuradoras de aguas

residuales.

25. Diseño de tratamientos físicos y físico-químicos para

aguas residuales.

26. Procesos biológicos de película fija.

27. Diseño de tratamientos biológicos aerobios.

28. Tratamientos para la eliminación biológica de nitrógeno

en aguas residuales.

29. Tratamientos para la eliminación de fósforo en aguas

residuales.

30. Tratamientos de desinfección de aguas residuales.

31. Producción y características de los fangos en una estación

depuradora de aguas residuales.

32. Sistemas de espesamiento de fangos.

33. Estabilización aerobia y química de fangos.

34. Digestión anaerobia de fangos.

35. Deshidratación de fangos.

36. Aprovechamiento energético de la línea de fangos.

37. Disposición final de fangos.

38. Tecnologías de bajo coste en la depuración de aguas

residuales en pequeñas poblaciones.

39. Tratamientos de aguas residuales industriales.

40. Producción y control de olores en los sistemas de

saneamiento y depuración.

41. Mantenimiento y explotación de una estación depuradora

de aguas residuales.

42. Sistemas de control, equipamientos auxiliares y

organización para la gestión y control de estaciones depuradoras de

aguas residuales.

43. Problemas de funcionamiento en depuradoras.

44. Usos y aprovechamientos del agua residual procedente

de un proceso de depuración.

45. Reutilización de efluentes depurados. Tecnologías

específicas para la regeneración de efluentes.

46. Inyecciones en acuíferos.

47. Normativa y legislación sobre reutilización de agua

residual.

48. Contaminación del litoral. Efectos y consecuencias.

49. Sistemas de saneamiento litoral. Aspectos específicos de

diseño.

50. Alivios en áreas costeras. Influencia sobre la calidad del

agua y metodología de estudio.

51. Procesos de transporte, dispersión y evolución de

contaminantes en el medio marino.

52. Cálculo de la dilución, dispersión y autodepuración para

el dimensionamiento de emisarios submarinos.

53. Aspectos geotécnicos en el diseño de emisarios

submarinos.

54. Objetivos y técnicas para el reconocimiento del fondo

marino en el estudio de emisarios submarinos.

55. Proyecto y construcción de emisarios submarinos.

56. Acciones del oleaje sobre tuberías submarinas y formas

de protección.

57. Modelos de calidad para sistemas generales de

saneamiento.

58. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.

59. Tarifa de utilización de los sistemas de saneamiento.

60. Planes de vigilancia ambiental en saneamiento. Objetivos,

definición y desarrollo.

Grupo de temas comunes

1. La Ley 10/1998, de Residuos. Principios fundamentales

que la sustentan. Objeto. Ámbito de aplicación. Competencias

de las distintas Administraciones.

2. La producción, la posesión y la gestión de los residuos.

Los instrumentos económicos.

3. La responsabilidad administrativa y el régimen sancionador

en la posesión y gestión de los residuos.

4. La planificación en materia de residuos: El Plan Nacional

de Residuos Urbanos. Los residuos especiales.

5. Normativa española en materia de gestión de

policlorobifenilos y policloroterfenilos (PCBs y PCTs)

6. Legislación sobre envases y residuos de envases. La Ley

11/1997 y Real Decreto 782/1998. Objeto y ámbito de aplicación.

El Sistema de depósito, devolución y retorno. Los sistemas

integrados de gestión de residuos de envases y envases usados y su

autorización. La participación de las Entidades Locales en los

sistemas integrados de gestión. La financiación de los sistemas

integrados de gestión.

7. El programa Nacional de Residuos de Envases y Envases

Usados. Productos que no tienen la consideración de envases.

Requisitos básicos sobre composición de los envases y sobre la

naturaleza de los envases reutilizables y valorizables, incluidos

los reciclables.

8. El régimen sancionador en materia de residuos de envases

y envases usados. Clasificación de infracciones. Sanciones.

Competencia sancionadora. Publicidad de las sanciones.

9. La notificación de sustancias nuevas y clasificación,

envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

10. Normativa española y de la Unión Europea relacionada

con el medio ambiente atmosférico. Convenios internacionales.

La contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia:

Objetivos, organización.

11. Normativa relacionada con el medio ambiente

atmosférico: Protocolos derivados del Convenio de Ginebra. Limitación

de emisiones. Las sustancias que agotan la capa de ozono.

12. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La

EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de

aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La Directiva 97/11/CE

por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE. La evaluación

de los efectos de determinados planes y programas en el medio

ambiente.

13. El marco jurídico de la normativa de evaluación del

Impacto Ambiental en España. La legislación básica estatal: El Real

Decreto Legislativo 1302/1986 de EIA. El Real Decreto 1131/1988 por

el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto

legislativo 1302/1986. Objeto. Ámbito de aplicación. La obligación

de establecimiento en el Estudio de Impacto Ambiental del

Programa de Vigilancia Ambiental. El criterio de unidad de la

Administración actuante. El órgano ambiental. El órgano sustantivo.

14. La Evaluación del impacto ambiental en el ámbito

español: Contenido de la Evaluación de Impacto Ambiental y del

Estudio de Impacto Ambiental.

15. La Evaluación de Impacto Ambiental en el ámbito

español: El procedimiento administrativo de EIA.

16. La Directiva 96/61/CE de Prevención y Control

Integrados de la Contaminación. Principios. Aspectos tecnológicos. Las

mejores técnicas disponibles. Valores límites de emisión. Los

permisos integrados de instalación. Los intercambios de información.

17. El Reglamento Europeo relativo a un sistema comunitario

de gestión y auditoría medioambientales (SGAM o EMAS).

Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La revisión de la aplicación

del reglamento.

18. La relación entre el sistema comunitario de gestión y

auditoría medioambientales e ISO-Organización Internacional de

Normalización.

19. Actividades con organismos genéticamente modificados.

La ley 15/1994. El Real Decreto 951/1997. Requisitos y

procedimientos de utilización confinada, liberación voluntaria y

comercialización de organismos genéticamente modificados.

20. Normas sobre información, vigilancia y control de las

actividades con organismos genéticamente modificados. Infracciones

y sanciones. Etiquetado: Requisitos. Órgano colegiado. La

Comisión Nacional de Bioseguridad. La distribución de competencias

entre la Administración General del Estado y las Comunidades

Autónomas.

21. La Ley de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica: La investigación científica, desarrollo

e innovación tecnológica. El Plan Nacional 2000-2003.

Subvenciones públicas.

ANEXO III

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Curso selectivo

Administración y Función Pública

1. Administración Pública y Sociedad. Evolución de la

Administración Pública española. Los retos de la Administración Pública

actual. La eficacia y la eficiencia en el sector público. Hacia la

búsqueda de la calidad total.

2. La Corona. El Tribunal Constitucional. El Poder

Legislativo. El Poder Judicial. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la

Administración.

3. Las Administraciones Públicas. Principios constitucionales

de organización y funcionamiento. Organización territorial de las

Administraciones Públicas. La Administración central del Estado:

Los órganos superiores. Órganos periféricos de la Administración

del Estado.

4. Las Comunidades Autónomas. Distribución de

competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado. La

Administración Pública de las Comunidades Autónomas:

Organización y funcionamiento.

5. Las entidades locales. La Administración pública local.

Relación con los otros poderes territoriales.

6. Las Comunidades Europeas. Principios básicos de

organización y funcionamiento.

7. La organización general del Ministerio de Medio Ambiente.

Los órganos sectoriales y horizontales. La atribución y el ejercicio

de las competencias. Descentralización, desconcentración y

delegación. La organización territorial del Ministerio de Medio

Ambiente.

8. El Estado de derecho y la Administración Pública. El

principio de jerarquía de las normas. Leyes, Decretos-leyes y Decretos

Legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas. Las

normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes ministeriales.

El Derecho comunitario europeo: Reglamentos y Directivas.

9. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El

principio de legalidad. Los actos administrativos. El concepto de

interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos. Los

procedimientos administrativos.

10. La Administración sancionadora y la Administración

responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el

procedimiento sancionador. Las responsabilidades de la

Administración Pública y de sus agentes.

11. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión

de oficio. El sistema de recursos. La reclamación

económica-administrativa. La Administración Pública y la justicia. La

reclamación previa. El recurso contencioso-administrativo.

12. Régimen general de la Función Pública en España.

Características del modelo de Función Pública.

13. Planificación y gestión de recursos humanos. La oferta

de empleo. Los planes de empleo público. La provisión de puestos

de trabajo. Las relaciones de puestos de trabajo. Movilidad y

promoción profesional.

14. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones

administrativas. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas.

15. El sistema retributivo de la función pública española.

Análisis de los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de

trabajo y retribución.

Gestión Administrativa

1. Contratación administrativa I. Marco normativo. El

contrato administrativo. Órganos de contratación.

2. Contratación administrativa II. Estudio del pliego de

cláusulas administrativas. La oferta económica.

3. Contratación administrativa III. El expediente de

contratación. La ejecución del contrato de obra pública: Régimen

jurídico. Régimen de pagos. Endose de certificaciones de obra.

4. Contratación administrativa IV. La ejecución del contrato

de obras: Tramitación.

5. Contratación administrativa V. La actividad convencional

de la Administración. Contratación de otros entes públicos. Los

recursos administrativos. Proceso contencioso-administrativo.

6. Expropiación forzosa. Concepto. Naturaleza jurídica.

Procedimiento general.

7. Dominio público I. Concepto y naturaleza jurídica.

Clasificación. El patrimonio del Estado. El patrimonio nacional.

8. Dominio público II. Régimen jurídico del dominio público.

Utilización del dominio público. Autorizaciones y concesiones.

Reservas demaniales.

9. La actividad financiera de la Administración. Concepto y

normas reguladoras. Organización de la administración financiera.

Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la

administración financiera.

10. El Tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las

tasas y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria.

Liquidación e inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía

tributaria. Los tributos y el Ministerio de Medio Ambiente.

11. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y

aprobación. La estructura presupuestaria: Gastos e ingresos. La

elaboración del presupuesto. Las modificaciones presupuestarias. El

Presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente.

12. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del

gasto. Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del

pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.

13. La ejecución de los gastos públicos. Los gastos de

personal: Retribuciones y otros gastos de personal. Los gastos de

transferencias: Gestión de subvenciones. Los gastos contractuales.

Contratos administrativos y contratos privados, contrato de obras,

de suministros y de asistencia técnica.

14. Procedimientos especiales de gasto. Anticipos de caja fija.

Pagos a justificar. Obras de emergencia.

ANEXO IV

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Tribunal titular:

Presidente: Don José Sáenz González, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Secretaria: Doña Isabel de Antonio Sierra, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Vocales (especialidades de Conservación del Medio Natural,

Educación Ambiental y Uso Público y Técnicas Costeras): Don

Benigno Elvira Payán, Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad ; don Francisco José Montoya Font, Cuerpo de Ingenieros

de Caminos, Canales y Puertos del Estado ; don José Antonio

Corraliza Rodríguez, Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad ; doña Susana Calvo Roy, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de Organismos Autónomos del MIMAM ; don Ángel

Antonio Luque del Villar, Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad ; doña Rocío Díaz Casado, Cuerpo de Ingenieros de

Montes ; doña Mercedes Montesinos del Valle, Escala de Titulados

Superiores de Organismos Autónomos del MINER ; don Juan Garay

Zabala, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MAPA, y don Francisco Cadarso González, Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos

del MIMAM.

Vocales (especialidades de Control de Calidad de las Aguas,

Hidrogeología e Ingeniería de Saneamiento): Doña Cristina Danés

Castro, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM ; don Fernando Octavio de Toledo Ubieto,

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM ; don José Luis Nistal Beria, Cuerpo de

Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado ; don Adolfo

Gallardo de Marco, Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de Organismos Autónomos del MIMAM ; don Salvador Heras

Moreno, Cuerpo Facultativo Superior de la Comunidad Autónoma de

Castilla y León ; don Luis Pinilla López-Oliva, Cuerpo de Ingenieros

de Caminos, Canales y Puertos del Estado, y don Luis Ángel García

García, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del

Estado.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Mónica Corrales Rodrigáñez, Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don Luis Gascón Piudo, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales (especialidades de Conservación del Medio Natural,

Educación Ambiental y Uso Público y Técnicas Costeras): Doña

Elena M. Borregón Carretero, Cuerpo de Ingenieros de Montes ;

don Manuel Durbán Villalonga, Cuerpo de Ingenieros de Montes ;

don Luis Domínguez Nevado, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de Organismos Autónomos del MAPA ; don José Ramón

Martínez Cordero, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y

Puertos ; don Basilio Rada Martínez, Cuerpo de Ingenieros de

Montes ; don José Manuel Manzanares Robles, Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MIMAM ;

don Carlos Villarroya Aldea, Cuerpo de Ingenieros de Caminos,

Canales y Puertos ; don José Luis Viejo Montesinos, Cuerpo de

Profesores Titulares de Universidad, y don Javier Martínez

Aranzábal, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM.

Vocales (especialidades de Control de Calidad de las Aguas,

Hidrogeología e Ingeniería de Saneamiento): Don José María

Santafé Martínez, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

del Estado ; don Miguel A. Antolín Martínez, Cuerpo de Ingenieros

de Caminos, Canales y Puertos del Estado ; don Emilio Soler

Monsalve, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del

Estado ; don José María Díaz Ortíz, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado ; don Javier Ruza Rodríguez,

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM ; don Víctor M. Arqued Esquía, Escala de

Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del

MIMAM, y don Julio Pajares Alonso, Profesor de Enseñanza

Secundaria.

ANEXO V

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Don ..............................................................,

con domicilio en.....................................................,

y con documento nacional de identidad número ...................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de

Organismos Autónomos del MIMAM, que no ha sido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ..................., a ...... de ................... de ......

ANEXO VI

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Don ..............................................................,

con nacionalidad..........., con domicilio en......................,

y con número de pasaporte ..........................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de

la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM, que no se halla sometido a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a

la función pública.

En ..................., a ...... de ................... de ......

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