Visto el expediente de indulto de don Ernesto Ollero Tassara, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de fecha 24 de junio de 1994, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, de fecha 9 de julio de 1993, como autor de un delito de prevaricación, a la pena de siete años de inhabilitación especial, por hechos cometidos en el año 1989, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de diciembre de 1999,
Vengo en indultar a don Ernesto Ollero Tassara de la pena de inhabilitación especial pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de diciembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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