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Por sentencia dictada con fecha 12 de noviembre de 1999
por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, cuyo cumplimiento se ha dispuesto por
Orden de este Departamento de 18 de abril de 2000, se estima
el recurso contencioso-administrativo número 8/97, formulado por
don Luis Sandeogracias María, reconociéndole el derecho a ser
incluido en el grupo D de clasificación.
En virtud de lo expuesto, este Ministerio de Administraciones
Públicas resuelve:
Primero.-Incluir en el grupo D de los de clasificación del
artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con efectos desde
el 30 de abril de 1991, a don Luis Sandeogracias María, en su
condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Mecánicos
Conductores del Ministerio de Defensa.
Segundo.-Disponer que por los servicios correspondientes del
Ministerio de Defensa se abonen al interesado las diferencias reales
de retribución que pudieran existir desde la mencionada fecha
de 30 de abril de 1991 entre las cantidades percibidas por
su clasificación en el grupo E y las que hubiera percibido de estar
integrado en el grupo D, más los intereses legales
correspondientes.
Madrid, 9 de mayo de 2000.-El Ministro, P. D. (Orden
de 19 de noviembre de 1997), el Secretario de Estado para la
Administración Pública, Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Director
general de la Función Pública.
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