Por Orden de 17 de abril de 2002, de la Dirección General
de Instituciones Penitenciarias, se convocan pruebas selectivas
para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria
("Boletín Oficial del Estado" de 3 de mayo).
Expirado el plazo de presentación de solicitudes y de acuerdo
con lo dispuesto en la base 4.1 de la convocatoria, se declaran
aprobadas las listas de admitidos y excluidos en las citadas
pruebas, con expresión de las causas de exclusión que se adjuntan
en el anexo I.
Al mismo tiempo, se establece que:
Primero.-Las listas certificadas provisionales completas de
admitidos y excluidos serán expuestas en las Delegaciones del
Gobierno en las Comunidades Autónomas, en Subdelegaciones
del Gobierno en las provincias, en la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Dirección
General de la Función Pública y en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas.
Segundo.-El primer ejercicio de la fase de oposición será el
día 8 de julio de 2002, a las diecisiete horas, y se realizará en
el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), calle
Atocha 106, Madrid.
Los aspirantes concurrirán a la prueba provistos del documento
de identidad, bolígrafo, lápiz del número 2 y goma de borrar.
Tercero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por
Ley 4/1999, de 13 de enero, se concede a los aspirantes un plazo
de diez días, contados a partir de la publicación de esta Resolución
en el "Boletín Oficial del Estado", para la subsanación de errores
u omisiones que hubiese en las citadas listas.
Cuarto.-Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen el error u omisión, justificando su derecho a estar incluidos
en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de
la realización de las pruebas selectivas.
Quinto.-Frente a los actos de exclusión definitivos dictados
por la autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer
potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad
convocante en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de la Resolución, o ser impugnada
directamente ante el órgano jurisdiccional competente, pudiendo
interponerse en este caso recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la
publicación de la Resolución, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 3 de junio de 2002.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria
Cuadro de exclusiones
1. Instancia fuera de plazo.
2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen
correspondientes.
3. Falta de declaración jurada o promesa escrita de que carece
de rentas superiores al salario mínimo interprofesional, necesaria
para estar exento de pago.
4. Falta de certificación de no negación de participación en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales,
necesarias para estar exento de pago.
5. Falta del tiempo suficiente en el certificado de demanda
de empleo, necesario para estar exento de pago.
6. No cumplir el requisito de la base 2.1.1 de la convocatoria,
al no ser español.
7. Falta de firma en la solicitud.
8. Modelo no oficial de instancia.
9. Instancia de solicitud sin completar datos.
10. Falta de certificado de la demanda de empleo necesario
para estar exento del pago de tasas.
11. Pago insuficiente de las tasas de derecho de examen.
12. Falta de fotocopia del documento nacional de identidad.
13. Edad insuficiente.
14. No cumplir alguno de los requisitos establecidos en la
base 2.2 de la convocatoria.
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