Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2
de Vitoria-Gasteiz, se ha interpuesto por una funcionaria de la
Administración de Justicia recurso contencioso-administrativo
número 66/02, contra la base segunda, apartado 1 de la Orden
de 19 de diciembre de 2001, que establece que sólo podrán
participar en el concurso de traslados los funcionarios si en la fecha
de finalización del plazo de presentación de instancias ha
transcurrido un año desde la toma de posesión en su actual puesto
de trabajo definitivo, por entender que es contraria a la normativa
vigente.
En el mismo sentido se han efectuado alegaciones por
funcionarios interesados, en el plazo habilitado al efecto, tras hacerse
públicos los anexos III de todos los participantes y los destinos
provisionalmente adjudicados.
Teniendo en cuenta la sentencia número 80/02, de 19 de abril
de 2002, del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo
número 7, en el recurso interpuesto por la Federación de Servicios
Públicos de UGT y otros, contra la Resolución de 19 de diciembre
de 2001, de la Secretaría de Estado de Justicia del Ministerio
de Justicia, por la que se anula la base 2.1 de la citada Resolución,
cuyo contenido es coincidente con la de esta Consejería.
Visto, asimismo el Auto de 31 de mayo de 2002, por el que
se acuerda la ejecución provisional de dicha sentencia, en el
sentido de que pueden participar en el concurso de referencia aquellos
funcionarios que a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias llevaran un año en su puesto de trabajo,
computado desde la fecha de la Resolución, mediante la que fueron
destinados al mismo, resuelvo:
1. Abrir nuevo plazo de diez días naturales a partir del día
siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el
"Boletín Oficial del Estado", únicamente para los Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia que, a la fecha
8 de enero de 2002, llevaran un año en su actual destino,
computado desde la fecha de la resolución mediante la que fueron
nombrados para el mismo.
2. Los modelos de solicitud, los plazos y lugares de
presentación serán los mismos que los especificados en la citada Orden
de fecha 19 de diciembre de 2001.
3. Quienes ya presentaron solicitudes para participar en el
indicado concurso de traslados, por entender que llevaban un año
en su actual puesto de trabajo, computado de conformidad con
lo indicado en el apartado primero de esta Orden, no deberán
formular ninguna nueva solicitud, siendo válida la presentada en
su día.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso
potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de
Justicia, Empleo y Seguridad Social o recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso
potestativo de reposición sin que recaiga resolución expresa, se podrá
entender desestimado el mismo, pudiéndose interponer recurso
contencioso administrativo en los términos citados anteriormente.
Vitoria-Gasteiz, 3 de junio de 2002.-El Consejero, Joseba
Azkarraga Rodero.
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