Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7
de Valencia se ha interpuesto, por determinados funcionarios de
la Administración de Justicia, recurso contencioso-administrativo
número 70/02, contra la base segunda, apartado 1, de la
Resolución de 19 de diciembre de 2001, de la Dirección General de
Justicia, que establece que sólo podrán participar en el concurso
de traslado los funcionarios si en la fecha de finalización del plazo
de presentación de instancias ha transcurrido un año desde la
toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo, por
entender que es contraria a la normativa vigente.
En el mismo sentido se han efectuado alegaciones por
funcionarios interesados, en el plazo habilitado al efecto, tras hacerse
públicos los anexos III de todos los participantes y los destinos
provisionalmente adjudicados.
Teniendo en cuenta la sentencia número 80/02, de 19 de abril
de 2002, del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo
número 7, dictada en el recurso interpuesto por la Federación
de Servicios Públicos de UGT y otros, contra la Resolución de
19 de diciembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Justicia
del Ministerio de Justicia, por la que se anula la base 2.1 de
la citada Resolución, cuyo contenido es coincidente con la de
esta Dirección General de Justicia.
Visto, asimismo, el Auto de 31 de mayo de 2002, por el que
se acuerda la ejecución provisional de dicha sentencia, en el
sentido de que pueden participar en el concurso de referencia aquellos
funcionarios que a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias llevaran un año en su puesto de trabajo,
computado desde la fecha de la Resolución, mediante la que fueron
destinados en el mismo.
Se acuerda:
1. Abrir nuevo plazo de diez días naturales a partir del día
siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución en
el "Boletín Oficial del Estado", únicamente para los Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia que, a la fecha
de 7 de enero de 2002, llevaran un año en su actual destino,
computado desde la fecha de la Resolución mediante la que fueron
nombrados para el mismo.
2. Los modelos de solicitud, los plazos y lugares de
presentación serán los mismos que los especificados en la citada
Resolución de fecha 19 de diciembre de 2001.
3. Quienes ya presentaron solicitudes para participar en el
indicado concurso de traslado, por entender que llevaban un año
en su actual puesto de trabajo, dentro del plazo de presentación
de instancias que finalizó el 7 de enero de 2002, no deberán
formular ninguna nueva solicitud, siendo válida la presentada en
su día.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía
administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia en un
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 8, 14.2 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de la
interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante la Dirección
General de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los
artícu
los 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Valencia, a 3 de junio de 2002.-El Director general, Eloy
Velasco Núñez.
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