Mediante sentencia número 80/2002, de 19 de abril, del
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7, en el
recurso interpuesto por la Federación de Servicios Públicos de
UGT y otros, contra la Resolución de 19 de diciembre de 2001,
de la Secretaría de Estado de Justicia, se anuló la base 2.1 de
la citada Resolución.
Solicitada por los particulares la ejecución provisional,
mediante auto de 31 de mayo de 2002, se acuerda la ejecución provisional
de dicha sentencia, en el sentido de que puedan participar en
el concurso convocado por Resoluciones de 19 de diciembre de
2001, de la Secretaría de Estado de Justicia, y de 17 de diciembre
de 2001, del Director general de Justicia, los funcionarios de los
Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración
de Justicia que, a la fecha de finalización del plazo de presentación
de las instancias, llevaran un año en el puesto de trabajo que
estuviesen ocupando, computado desde la fecha de la Resolución
mediante la que fueron destinados al mismo.
En ejecución del citado auto y, en uso de las atribuciones
delegadas por la Orden Foral 202/1999, de 13 de octubre, del
Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, resuelvo:
Primero.-Abrir nuevo plazo de diez días naturales a partir del
siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución en
el "Boletín Oficial del Estado", para que únicamente los Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia que, a la
fecha de 8 de enero de 2002, llevaran un año en su actual destino
computado, desde la fecha de la Resolución mediante la que fueron
nombrados para el mismo, puedan solicitar su participación en
el concurso de traslados, convocado por las Resoluciones de fecha
19 de diciembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Justicia,
y 254/2001, de 17 de diciembre, del Director general de Justicia
del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
Segundo.-Los modelos de solicitud, los plazos y lugares de
presentación serán los mismos que los especificados en las citadas
Resoluciones.
Tercero.-Quienes ya presentaron solicitudes para participar
en el indicado concurso de traslados, por entender que llevaban
un año en su actual puesto de trabajo, computado de conformidad
con lo indicado en el apartado primero de esta Resolución, no
deberán formular ninguna nueva solicitud, siendo válida la
presentada en su día.
Cuarto.-Disponer la publicación de la presente Resolución en
el "Boletín Oficial de Navarra" y en el "Boletín Oficial del Estado".
Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la Resolución
en ambos boletines, los plazos se computarán desde el día
siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinto.-Contra la presente Resolución podrán los interesados
formular recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el
plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de
Navarra".
Pamplona, 6 de junio de 2002.-El Director general, José María
Abad Alegría.
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