La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y
Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de
Castilla y León han suscrito un Convenio de Colaboración para la
construcción o adecuación de centros educativos no universitarios, en
cumplimiento del Acuerdo de transferencias aprobado por el Real
Decreto 1340/1999, de 31 de julio.
Por ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Convenio formalizado,
que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 6 de junio de 2002.-La Presidenta, Engracia Hidalgo Tena.
ANEXO
Convenio entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de
Educación y Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte y la Consejería de Educación y Cultura de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León
En Madrid, a 16 de mayo de 2002
INTERVIENEN
Por la Consejería de Educación y Cultura:
Excelentísimo señor don Tomás Villanueva Rodríguez, Consejero de
Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León, que es competente
en virtud del artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación
y Cultura:
Ilustrísima señora doña Engracia Hidalgo Tena, Presidenta de la
Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura,
compentente en virtud del artículo 6 y de la disposición adicional decimotercera
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según
la redacción dada en los artículos 1.o y 2.o de la Ley 4/1999, de 13 de
enero, y del Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación de
la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura.
Actuán los interesados en el ejercicio de sus respectivos cargos y en
la representación que ostentan, reconociéndose recíprocamente la
capacidad para obligarse en los términos de este documento.
Y a tal efecto,
MANIFIESTAN
El Acuerdo de traspaso de funciones y servicios de enseñanza no
universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma
de Castilla y León, aprobada por Real Decreto 1340/1999, de 31 de julio,
establece en la letra G, apartado 4, que la Administración del Estado
se compromete a transferir a la Comunidad Autónoma de Castilla y
León 3.000 millones de pesetas, mediante asignaciones presupuestarias
iguales en los años 2000, 2001 y 2002, para gastos de inversiones en centros
educativos no universitarios, en los términos establecidos en el Acuerdo
Complementario al traspaso de competencias.
Por su parte, el Acuerdo Complementario establece que anualmente
se formalizará un Convenio entre ambas administraciones, con un importe
máximo de 1.000 millones de pesetas, para la construcción o adecuación
de los centros educativos no universitarios que se determinen.
En desarrollo de lo anteriormente expuesto y habiéndose dado
cumplimiento satisfactorio al Convenio formalizado para la anualidad 2001,
la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura
y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de
Castilla y León acuerdan formalizar el presente Convenio, que ha sido
informado favorablemente por la Abogacía del Estado (12 de febrero
de 2002) y autorizado por la Comisión Delegada del Gobierno para Política
Autonómica (24 de abril de 2002), con arreglo a las siguientes cláusulas:
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto regular los requisitos
formales y procedimentales para que la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos de Educación y Cultura financie inversiones educativas
ejecutadas por la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad
Autónoma de Castilla y León, por transferencias de capital, hasta un
máximo de 6.010.120 euros, dentro de la anualidad 2002.
Segunda.-La ejecución de la inversión en obras de nueva construcción,
ampliaciones o adaptaciones y equipamientos en centros de Educación
Secundaria se efectuará por la Consejería de Educación y Cultura. Esta
Consejería asume los derechos y obligaciones que la vigente Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas atribuye a los Órganos de
contratación, tanto en la fase de contratación como o de ejecución, recepción
y liquidación de las obras y en la adjudicación y recepción de los
equipamientos.
Tercera.-La Consejería de Educación y Cultura ha remitido a la
Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura relación
de las obras de centros nuevos, ampliaciones, adaptaciones y reformas
de los existentes y equipamientos, que se ejecutarán o iniciarán en la
anualidad 2002. En los anexos a este Convenio se especifican las obras
a ejecutar remitidas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Cuarta.-La financiación, por parte de la Gerencia de Infraestructuras
y Equipamientos de Educación y Cultura, de las actuaciones de la
Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla
y León, objeto de este Convenio, se efectuará con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.103.753 del Programa 422C del Presupuesto de Gastos
del Organismo para el año 2002.
El abono de los 6.010.120 euros previstos se realizará mediante dos
aportaciones de 3.005.060 euros, previa justificación por la Consejería de
Educación y Cultura de ejecución de obras y equipamientos por dicho
importe, durante el año 2002, en los centros indicados en los anexos.
Quinta.-Si por causas sobrevenidas no pudiera ser ejecutada alguna
de las obras o equipamientos que figuran en los anexos, podrán ser
sustituidos por otras obras o equipamiento, dentro de cada Programa
presupuestario y sin poder sobrepasar en ningún caso el coste total por
Programas, previa comunicación por parte de la Consejería de Educación
y Cultura a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación
y Cultura y aceptación por ésta.
En prueba de conformidad, ambas partes firman y rubrican el presente
documento en el lugar y fecha al principio mencionados.
El Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de
Castilla y León, Tomás Villanueva Rodríguez.
La Presidenta de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de
Educación y Cultura, Engracia Hidalgo Tena.
ANEXO I
Construcción de centros de Educación Secundaria a ejecutar en el año 2002
Fecha
adjudicaciónProg. Municipio y provincia Centro y obras a ejecutar Adjudicatario Importe total Anualidad 2002
422C Salamanca. IES Zona Norte. Construcción centro
nuevo de 16+6+2 uds.
27-9-2001 "Begar, Sociedad
Anónima".
3.128.623 2.230.046
Total anualidad 2002 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.230.046
ANEXO II
Ampliaciones, adaptaciones y reformas de centros de Educación Secundaria a ejecutar en el año 2002
Fecha
adjudicaciónProg. Municipio y provincia Centro y obras a ejecutar Adjudicatario Importe total Anualidad 2002
422C Valladolid. IES Pinar de la Rubia. Ampliación
espacios complementarios.
21- 8-2001 "Begar, Sociedad
Anónima".
1.116.275 798.743
422C Burgos. IES Simón de Colonia. Ampliación para
ciclos formativos.
16-11-2001 "Proyectos y Construc.
Reunidos, Sociedad
Anónima".
1.262.960 1.262.960
422C Ávila. Residencia. Obras de reforma. 7-12-2001 "Construcciones Javier
Muñoz Abad".
785.631 785.631
422C Soria. IES Antonio Machado. Reforma general
(1.a fase).
324.991 324.991
422C Soria. IES Castilla. Reforma general (4.a fase). 306.516 306.516
422C Covaleda (Soria). IES Picos de Urbión. Remodelación patio,
vallado y otros.
301.233 301.233
Total anualidad 2002 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.780.074
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