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A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 84 del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, y en el artículo 59 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, modificado por el artículo 40 del Real Decreto 2717/1998,
Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2002 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión | Fecha subasta |
Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado ‒ Porcentaje |
---|---|---|
Bonos del Estado a 3 años al 4,65 por 100, vto. 31-10-2004. | 5-6-2002 | 4,294 |
Bonos del Estado a 5 años al 4,80 por 100, vto. 31-10-2006. | 8-5-2002 | 4,755 |
Obligaciones del Estado a 10 años al 5,00 por 100, vto. 30-7-2012. | 6-6-2002 | 5,337 |
no habiéndose efectuado subastas de Obligaciones del Estado a quince y treinta años durante el segundo trimestre de 2002.
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 59 y 84 de los Reales Decretos 537/1997 y 214/1999, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2002 son el 3,435 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 3,804 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 4,270 por 100 para el plazo de diez años, siendo de aplicación, en cada caso, el tipo de referencia correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
Madrid, 24 de junio de 2002.‒La Directora general, Gloria Hernández García.
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