De conformidad con lo prevenido en el artículo 12 del Real Decreto de 27 de mayo de 1912,
Este Ministerio, en nombre de S. M. el Rey (q.D.g.), ha tenido a bien disponer que, previo pago del impuesto correspondiente, se expida, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión en el título de Conde de Saldaña, a favor de don Íñigo de Arteaga y del Alcázar, por cesión de su padre, don Íñigo de Arteaga y Martín.
Lo que digo a V.I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 2 de septiembre de 2002.
MICHAVILA NÚÑEZ
Ilma. Sra. Subsecretaria.
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