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Documento BOE-A-2002-19027

Resolución de 2 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», con contraseña 02-H-893, embalaje combinado, código 4G, marca y modelo «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima» 50301-H02/07-1, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2002, páginas 34975 a 34977 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-19027

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña la solicitud presentada por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Sant Josep, 137, polígono industrial «El Pla», municipio de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Sant Feliu de Llobregat, embalaje combinado, código 4G, marca y modelo «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima» 50301-H02/07-1, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave VC.BB 33039791/02, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto homologar el tipo del citado producto, con la contraseña de inscripción 02-H-893, y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado, las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», 50301-H02/07-1.

Características y productos autorizados a transportar:

Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 2 de septiembre de 2004 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 2 de septiembre de 2002.‒P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», calle Sant Josep, 137, polígono industrial «El Pla», 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona).

Nombre EIC y número informe: «ICICT, Sociedad Anónima», VC.BB 33038864/02.

Contraseña de certificación de tipo:

ADR 02-H-893-11
RID/IMDG/OACI 02-H-893

Características del envase embalaje: 50301-H02-07.

Envases interiores:

Envase primario:

Contenedor de plástico, 1,8 litros, de 135 mm de diámetro, 152 mm de altura (187 mm con el asa) tapa roscada de color azul, tara 296 g.

O, indistintamente, contenedor de plástico de 0,25 litros, de 48 mm de diámetro, 195,5 mm de altura, con tapa roscada de color negro, con aro de polexpán, tara 106 g, sin asa.

Ambos contenedores llevan la referencia: «Biotainer E3 Cortex (Francia)».

Número de contenedores: Variable, de 1 a 4 por caja.

Cada envase primario contiene un vial de vidrio, cerrado, rodeado de material absorbente, capaz de absorber todo el contenido líquido, y en el caso de los contenedores de 1,8 litros, rodeado de una lámina de plástico de burbujas de aire.

Envase secundario:

Caja de poliestireno expandido, de medidas 445 × 350 mm. Altura: 350 mm.

Tara: 490 gramos.

Los contenedores quedan fijos dentro del embalaje secundario por medio de unos separadores de cartón ondulado tipo FEFCO 0933, de un gramaje de 400 g/m2

Embalaje exterior:

Caja tipo 0201, de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Peso de la caja: 862 g.

Dimensiones exteriores: 460 × 362 × 380 mm.

Gramaje total del cartón: 764 g/m2.

Composición del cartón: KB 140/F 125/B 110/F 130/K 125.

Protección (encima del embalaje secundario): Plancha de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Gramaje: 918 g/m2.

Composición: K 180/F 160/B 115/F 160/K 180.

Peso del embalaje completo con la nieve carbónica: 24 kg.

Marcado: UN 4G/clase 6.2./*/E/**/***.

* Fecha de fabricación.

** Anagrama del fabricante.

*** Número de certificación de tipo.

Materias a transportar

Peso bruto máximo del embalaje: 24 kg.

ADR/RID:

Clase 6.2: Materias infecciosas:

Números de identificación ONU: UN 2814 y UN 2900.

(La nieve carbónica, número UN 1845, de la clase 9, no está sometida a las disposiciones del ADR).

Materias que deben cumplir con la instrucción: P620.

IMO/IMDG:

Clase 6.2: Materias infecciosas:

Números de identificación ONU: UN 2814 y UN 2900.

Materias que deben cumplir con la instrucción: P620.

Instrucción del embalaje/envasado-P620.

Esta instrucción se aplica a los números ONU 2814 y 2900.

1. Embalajes/envases interiores que comprendan:

i) Uno o varios receptáculos primarios estancos,

ii) Un embalaje/envase secundario estanco.

iii) No tratándose de sustancias infecciosas sólidas, un material absorbente colocado entre el receptáculo o receptáculos primarios y el embalaje/envase secundario, en cantidad suficiente para absorber la totalidad del contenido; si se colocan varios receptáculos primarios en un solo envase secundario, se deberán envolver individualmente para evitar todo contacto entre ellos.

2. Un embalaje/envase exterior suficientemente resistente en función de su capacidad, masa y uso previsto.

La dimensión exterior más pequeña no debería ser inferior a 100 mm.

Disposiciones adicionales:

1. Los embalajes/envases interiores que contengan sustancias infecciosas no deberían agruparse con embalajes/envases interiores que contengan mercancías que no sean afines. Los bultos completos podrán colocarse en un sobreembalaje/envase de conformidad con lo dispuesto en las secciones 1.2.1 y 5.1.2; ese sobreembalaje/envase podrá contener hielo seco.

2. No tratándose de remesas excepcionales, como órganos enteros que requieran un embalaje/envase especial, las sustancias infecciosas deberían ser embaladas/envasadas en consonancia a las siguientes disposiciones:

a) Sustancias liofilizadas: Como receptáculos primarios se deberían utilizar ampollas de vidrio selladas a la llama o viales o frascos de vidrio con tapón de caucho y provistos de un precinto metálico.

b) Sustancias líquidas o sólidas:

i) Para las sustancias que se transporten a la temperatura ambiente o a una temperatura superior, los receptáculos primarios deberían ser de vidrio, metal o plástico. Para asegurar la estanqueidad deberían utilizarse medios eficaces tales como un termosello, tapones envolventes o de faldilla, o precintos metálicos de bordes fruncidos. Si se utilizan tapones roscados, se deberían reforzar con cinta adhesiva;

ii) En el caso de sustancias que se transportan refrigeradas o congeladas, se debería colocar hielo, hielo seco u otro producto refrigerante alrededor del (o de los) embalaje(s)/envase(s) secundario(s) o, si no, en un sobreembalaje/envase que contenga uno o varios bultos completos marcados según lo prescrito en 6.3.1.1. Se deberían colocar unos soportes interiores para que el (los) embalaje(s)/envase(s) secundario(s) o los bultos se mantengan en su posición inicial cuando el hielo o el hielo seco se hayan fundido. Si se utiliza hielo, el embalaje/envase exterior o el sobreembalaje/envase debería ser estanco. Si se utiliza hielo seco, el embalaje/envase exterior o el sobreembalaje/envase debería permitir la salida de dióxido de carbono gaseoso. El receptáculo primario y el embalaje/envase secundario debería conservar su integridad a la temperatura del refrigerante utilizado;

iii) Para las sustancias que se transporten en nitrógeno líquido deberían utilizarse receptáculos primarios de plástico que puedan resistir temperaturas muy bajas. El embalaje/envase secundario también debería poder resistir temperaturas muy bajas y, en la mayoría de casos, debería ajustarse sobre el receptáculo primario individualmente. Deberían aplicarse, también, las disposiciones relativas al transporte de nitrógeno líquido. El receptáculo primario y el embalaje/envase secundario debería conservar su integridad a la temperatura del nitrógeno líquido.

3. Sea cual fuere la temperatura prevista para la sustancia durante el transporte, el receptáculo primario o el embalaje/envase secundario debería poder resistir sin fugas ni derrames una presión interna que produzca una diferencia de presión de no menos de 95 kPa y temperaturas comprendidas entre ‒ 40oC y + 55oC.

Número ONU 1845, de la clase 9, dióxido carbono sólido (hielo seco) deberá cumplir con la instrucción: P003.

Nota: Los embalajes/envases deberán ser proyectados y fabricados de manera que permitan el escape de gas dióxido de carbono para evitar una acumulación de presión.

IATA/OACI:

Dióxido de carbono sólido, número ONU 1845 clase 9.

Instrucción de embalaje: 904 aeronave de carga y pasaje.

Sustancia infecciosa para el hombre, número ONU 2814 clase 6.2.

Instrucción de embalaje: 602 aeronave de carga solamente 4 l o 4 kg.

Sustancia infecciosa para los animales, número ONU 2900 clase 6.2.

Instrucción de embalaje: 602 aeronave de carga solamente 4 l o 4 kg.

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