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Documento BOE-A-2002-19206

Orden ECD/2430/2002, de 9 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada «Fundación Foros de Córdoba» de Córdoba.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 4 de octubre de 2002, páginas 35241 a 35241 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-19206

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María Antonia Martón Guillén solicitando la inscripción de la «Fundación Foros de Córdoba» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo), y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Juan Machín González, don José Luis Codes Anguita, don José Romero González, don Rafael Merino López, doña María Antonia Martón Guillén, don Francisco Javier Giménez Rodríguez-Sedano, don Eugenio Arévalo Jiménez, don Juan Moreno Gutiérrez, don Rafael Molina García, don José Luis Cruz Soto, don Francisco de Asís Rodríguez González, don José Peñafiel Burgos, don José Luis Prieto Blanco, don Andrés Guerra-Librero Parreño, don Rodolfo Serván Benítez, don Joaquín Mellado Rodríguez, don Andrés Santos Antúnez, don José Adame Fernández, don Juan del Campo Benito, don José María Montero Pérez-Barquero, don Vicente Mora Benavente, doña Teresa Bajo Arenas, don Santiago Molina Minero, don Antonio Espaliu Ferreiros, don Gerardo Olivares James, don Manuel Bravo García, don Enrique Aguilar Gavilán, don José Enrique Bravo García, don Bartolomé Valle Buenestado, don Fernando Pérez Camacho, don Antonio Ramón Guinea, don Juan Kindelan Jaquotot, don Manuel Gálvez Delgado, don Ricardo Cabrera de la Cruz, don Rafael Mir Jordano, don Ángel Aroca Lara, don Rafael Rodríguez Aparicio, don Francisco Machín González, don Rafael Medina Morales, don Antonio Artacho del Pino, doña Clementina Rojas Bernaldo de Quiros y don Pedro Aljama García en Córdoba, el 1 de marzo de 2000, según consta en escritura pública número novecientos nueve, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla don Jorge Lahoz Cuervo, como sustituto por incompatibilidad de don Vicente Mora Benavente, subsanada por otra de 18 de diciembre de 2001, autorizada por el Notario de Córdoba don Enrique Molina Gallardo, con el número mil setecientos dieciséis de orden de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Córdoba, calle Cruz Conde, número 16, 2.º D, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de 6.010,12 euros. La dotación, consistente en efectivo metálico, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: «El fomento de actividades culturales, educativas, artísticas, deportivas y formativas de la población en general, la defensa de la naturaleza y del medio ambiente, mediante actuaciones propias o en colaboración con otras entidades públicas y privadas».

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente, don Eugenio Arévalo Jiménez; Vicepresidente primero, don Juan Machín González; Vicepresidente segundo, don José Luis Prieto Blanco; Vicepresidente tercero, don José María Montero Pérez-Barquero; Secretaria, doña María Antonia Martín Guillén; Tesorero, don Francisco de Asís Rodríguez González; Contador, don Andrés Santos Antúnez; Vocales y miembros del Comité Ejecutivo, don Francisco Javier Giménez Rodríguez-Sedano, don José Luis Cruz Soto, don Andrés Guerra-Librero Parreño, don Joaquín Mellado Rodríguez, don Juan del Campo Benito, doña Teresa Bajo Arenas, don Enrique Aguilar Gavilán, don Bartolomé Valle Buenestado, don Fernando Pérez Camacho y don Ricardo Cabrera de la Cruz; resto de Vocales, don José Luis Codes Anguita, don José Romero González, don Rafael Merino López, don Juan Moreno Gutiérrez, don Rafael Molina García, don José Peñafiel Burgos, don Rodolfo Serván Benítez, don José Adame Fernández, don Vicente Mora Benavente, don Santiago Molina Minero, don Antonio Espaliu Ferreiros, don Gerardo Olivares James, don Manuel Bravo García, don José Enrique Bravo García, don Antonio Ramón Guinea, don Juan Kindelan Jaquotot, don Manuel Gálvez Delgado, don Rafael Mir Jordano, don Ángel Aroca Lara, don Rafael Rodríguez Aparicio, don Francisco Machín González, don Rafael Medina Morales, don Antonio Artacho del Pino, doña Clementina Rojas Bernaldo de Quiros y don Pedro Aljama García.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados y se designan los diez patronos que, junto al Presidente, los tres Vicepresidentes, el Secretario, el Tesorero y el Contador, componen el Comité Ejecutivo.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 9), en virtud de la cual se delegan en el Secretario general técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Tercero.

Según la disposición transitoria única del Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la «Fundación Foros de Córdoba» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha dispuesto acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada «Fundación Foros de Córdoba», de ámbito estatal, con domicilio en Córdoba, calle Cruz Conde, número 16, 2.º D, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 9 de septiembre de 2002.‒P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

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