Por Resolución de fecha 3 de julio de 2002 de esta Dirección General se concedió la autorización administrativa previa para la constitución de Espirito Santo Seguridad, Fondo de Pensiones, promovido por «Banco Espirito Santo, Sociedad Anónima», al amparo de lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones («Boletín Oficial del Estado» del 9).
Concurriendo Espirito Santo Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S. A. (G0202) como gestora y «Banco Espirito Santo, Sociedad Anónima» (D0141), como depositaria, se constituyó el 19 de julio de 2002 el citado fondo de pensiones, constando debidamente inscrito en el Registro Mercantil de Madrid.
La entidad promotora, antes indicada, ha solicitado la inscripción del fondo en el Registro Especial de este centro directivo, aportando la documentación establecida al efecto en el artículo 3.º1 de la Orden ministerial de 7 de noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 10).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada Ley y normas que la desarrollan,
Esta Dirección General acuerda proceder a la inscripción de Espirito Santo Seguridad, Fondo de Pensiones, en el Registro de Fondos de Pensiones establecido en el artículo 46.1.a) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 30 de septiembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre).
Madrid, 16 de septiembre de 2002.–La Directora general, María Pilar González de Frutos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid