Desde la acreditación en la República de Moldova de la Embajada de España en Bucarest, se ha venido planteando la necesidad de contar con un Cónsul Honorario en la capital, Chisinau, que facilite las relaciones con el Gobierno Moldavo, proporcione un apoyo logístico en los desplazamientos de personal de la Embajada o visitas oficiales a Moldova y esté en posición de ofrecer asistencia y protección consular a ciudadanos españoles.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Bucarest y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Protección de los Españoles en el Extranjero, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Chisinau, con categoría de Consulado Honorario, dependiente de la Embajada de España en Bucarest y con jurisdicción en todo el territorio de la República de Moldova.
Segundo.-El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en Chisinau tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de enero de 2002.
PIQUÉ I CAMPS
Excmos. Sres.: Secretario de Estado de Asuntos Europeos, Subsecretario y Embajador de España en Bucarest.
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