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Documento BOE-A-2002-23160

Orden MAM/2983/2002, de 14 de noviembre, por la que se resuelve la Orden MAM/2184/2002, de 2 de agosto, por la que se convocó concurso específico referencia 6E/2002P para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento, para funcionarios de los grupos A, B, C y D.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2002, páginas 41757 a 41762 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-23160

TEXTO ORIGINAL

Por Orden MAM/2184/2002, de 2 de agosto ("Boletín Oficial

del Estado" de 4 de septiembre), corrección de errores y erratas

Orden MAM/2330/2002, de 10 de septiembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 24), se convocó concurso específico referencia

6E/2002P, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en

el Departamento, y de acuerdo con lo previsto en la base undécima

de dicha convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente

Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo

y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de

resolución del presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos

requisitos y procedimiento se establecen en las normas

reglamentarias y bases de la convocatoria mencionada, que recogen lo

prevenido en el mencionado Reglamento General, sobre plazo de

presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de

méritos alegados según baremo establecido y previa propuesta

elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración prevista

en las presentes bases,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,

asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en

el citado anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de un mes para tomar posesión deberá computarse

desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el

"Boletín Oficial del Estado". No obstante, aquellos funcionarios

que hayan obtenido destino desde la situación de servicios

especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho,

mientras duren las citadas situaciones, a la reserva del nuevo

destino, sin que para ello sea preciso formalizar la toma de posesión

del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al servicio

activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como otras

Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde

la toma de posesión del puesto que se les adjudique en la presente

Orden, salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del

citado Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante

el titular del Departamento en el plazo de un mes o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos

meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo

interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente

o se haya producido su desestimación presunta, conforme a lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción

dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como

en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 14 de noviembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden

de 6 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14)),

la Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y

Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO (Ver imágenes páginas 41758 a 41762)

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