La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo establece en su artículo 25, que Agencia
Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo autónomo
adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la
Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica, y presidido por su titular, es el órgano de gestión de la
política española de cooperación internacional para el desarrollo,
sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos
ministeriales.
La propia Ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas
Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a
las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la
dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación
Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución
de los recursos de la cooperación en su demarcación.
Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de
diciembre dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia
Española de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que
se encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación
Española y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de
Cooperación.
Los puestos directivos de estos centros podrán ser
desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter
especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los
Trabajadores.
Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los
Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 13/2000, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2001 y
el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 30 de
junio de 1998, de las Secretarías de Estado para la Administración
Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria
pública y abierta, la plaza de Adjunto al Coordinador General
de la Cooperación Española en los Territorios Palestinos
(Jerusalén), de acuerdo con las siguientes,
Bases
I. Características de la plaza y funciones
El Adjunto al Coordinador General de la Cooperación Española
en los Territorios Palestinos (Jerusalén), ocupará plaza prevista
en el Catálogo de Personal Laboral de la AECI en el exterior y
prestará servicios en la Oficina Técnica de Cooperación, órgano
de la AECI integrado en el Consulado General de España en
Jerusalén.
Desempeñará las siguientes funciones:
Apoyo, en general, a las labores del Coordinador General de
la Cooperación Española.
Gestión y administración de la Oficina Técnica de Cooperación
de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) en
Jerusalén.
Gestión de los recursos económicos asignados por la AECI a
los programas de cooperación en la zona de actuación.
Elaboración de informes y memorias de los programas de
cooperación.
Gestión, seguimiento y control de los programas bilaterales
de cooperación.
II. Régimen de contratación
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca,
suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real
Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido
en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo
para los Adjuntos a Coordinadores Generales de la Cooperación
Española y con mención expresa del posible traslado de mutuo
acuerdo a otro país a plaza de similares características.
Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el
contrato y en la Resolución de la Presidencia de la AECI de 6
de mayo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" número 122, del 21).
Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la
categoría de Adjunto al Coordinador General de la Cooperación
Española en los Territorios Palestinos (Jerusalén), por la Comisión
Interministerial de Retribuciones.
III. Requisitos de los aspirantes
Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los
Trabajadores.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas
incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones
correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
e) Ser titulado superior o medio universitario,
preferentemente en materias técnicas (Ingeniero o Arquitecto) o en ciencias
económicas.
f) Tener formación y experiencia en el ámbito de la
cooperación para el desarrollo.
g) Tener muy buen conocimiento del idioma inglés (hablado
y escrito), que será el principal instrumento de trabajo (el
incumplimiento de este requisito limitaría mucho el desarrollo de la
mayor parte de las tareas a desarrollar en la OTC).
IV. Méritos específicos
a) Experiencia en metodología de proyectos, gestión,
seguimiento y control de proyectos de cooperación.
b) Experiencia en cooperación sobre el terreno en países en
vías de desarrollo, especialmente árabes.
c) Conocimientos de la legislación laboral y administrativa
española, especialmente en el ámbito de la cooperación al
desarrollo.
d) Buenos conocimientos de informática.
e) Conocimientos del idioma árabe.
f) Capacidad de trabajo en equipos multiculturales.
V. Solicitudes
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán
hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae
diri
gida al excelentísimo señor Secretario general de la Agencia
Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General,
avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid) citando expresamente
"Plaza de Adjunto al Coordinador General de la Cooperación
Española en los Territorios Palestinos (Jerusalén)", sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y de Procedimiento Administrativo común, en el plazo de 15 días
naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de
esta convocatoria.
VI. Proceso de selección
La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con
los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión
constituida de la siguiente forma:
Presidente: El Director general de Cooperación con África, Asia
y Europa Oriental.
Vicepresidente: El Subdirector general de Cooperación con
Países del Mediterráneo y Europa Oriental.
Vocales: 2 funcionarios nombrados por el Secretario general
de la AECI, junto con sus suplentes.
Secretaria: La Vicesecretaria General de la AECI, que actuará
con voz y voto.
La Comisión de Valoración establecerá los criterios para
evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos
requeridos en la presente convocatoria.
Aquellos que resulten preseleccionados podrán ser citados para
la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre
aspectos del currículum vitae del candidato, puntos concretos de
los méritos aducidos, sus conocimientos sobre el país de destino
y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros aspectos
que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato
para el puesto.
Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará
una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la
Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,
disponiendo la contratación del candidato designado.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 23 de enero de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12
de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga
y Salamanca.
Ilmos. Sres. Directores generales de Cooperación con
Iberoamérica; de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental; de
Relaciones Culturales y Científicas; Director del Gabinete
Técnico de la Secretaría General, y Vicesecretaría General de la AECI.
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