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Documento BOE-A-2002-23676

Orden APU/3060/2002, de 12 de noviembre, por la que se integran en la Subescala de Secretaría-Intervención, funcionarios pertenecientes al extinguido Cuerpo Nacional de Secretarios de tercera categoría.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2002, páginas 42594 a 42594 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2002-23676

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria primera, apartado tercero, del Real

Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula

el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local,

con habilitación de carácter nacional, establece que los

funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escalas extinguidos que

no resulten integrados inicialmente en las subescalas en las que

se estructura la habilitación nacional podrán integrarse en las

mismas, siempre que acrediten haber obtenido los niveles de titulación

exigidos en cada caso.

En virtud de lo expuesto, y una vez acreditadas las titulaciones

exigidas,

Este Ministerio dispone integrar en la Subescala de

Secretaría-Intervención a los Funcionarios de Administración Local con

habilitación de carácter nacional, procedentes del extinguido

Cuerpo de Secretarios de tercera categoría, que a continuación se

relacionan:

M.a Victoria Colom Canal. Documento nacional de identidad:

77.104.169.

Julio Delgado Embid. Documento nacional de identidad:

3.066.090.

César Marañón Lizana. Documento nacional de identidad:

75.010.271.

María Paloma Medina Martos. Documento nacional de

identidad: 25.971.723.

Bernardo Negueruela García. Documento nacional de

identidad: 12.722.334.

Enrique María Rivas Yanes. Documento nacional de identidad:

2.188.129.

Fernando Javier Rumazo Carrera. Documento nacional de

identidad: 13.731.249.

Anna Sas Canadell. Documento nacional de identidad:

39.648.583.

Rafael Luis Tamayo Bonilla. Documento nacional de identidad:

24.104.618.

Esta Orden es definitiva en la vía administrativa, y contra la

misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el

Ministro en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", o directamente

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar

de la misma manera, ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo que corresponda, todo ello con arreglo a lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -según redacción

dada por Ley 4/1999-, y en los artículos 9.a) y 46-1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, así como en las normas concordantes de

la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y de

la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta

Judicial.

Madrid, 12 de noviembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden

de 28 de marzo de 2001, "Boletín Oficial del Estado" de 18 de

abril), el Secretario de Estado de Organización Territorial del

Estado, Gabriel Elorriaga Pisarik.

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