La disposición transitoria primera, apartado tercero, del Real
Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula
el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local,
con habilitación de carácter nacional, establece que los
funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escalas extinguidos que
no resulten integrados inicialmente en las subescalas en las que
se estructura la habilitación nacional podrán integrarse en las
mismas, siempre que acrediten haber obtenido los niveles de titulación
exigidos en cada caso.
En virtud de lo expuesto, y una vez acreditadas las titulaciones
exigidas,
Este Ministerio dispone integrar en la Subescala de
Secretaría-Intervención a los Funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, procedentes del extinguido
Cuerpo de Secretarios de tercera categoría, que a continuación se
relacionan:
M.a Victoria Colom Canal. Documento nacional de identidad:
77.104.169.
Julio Delgado Embid. Documento nacional de identidad:
3.066.090.
César Marañón Lizana. Documento nacional de identidad:
75.010.271.
María Paloma Medina Martos. Documento nacional de
identidad: 25.971.723.
Bernardo Negueruela García. Documento nacional de
identidad: 12.722.334.
Enrique María Rivas Yanes. Documento nacional de identidad:
2.188.129.
Fernando Javier Rumazo Carrera. Documento nacional de
identidad: 13.731.249.
Anna Sas Canadell. Documento nacional de identidad:
39.648.583.
Rafael Luis Tamayo Bonilla. Documento nacional de identidad:
24.104.618.
Esta Orden es definitiva en la vía administrativa, y contra la
misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el
Ministro en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar
de la misma manera, ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo que corresponda, todo ello con arreglo a lo
dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -según redacción
dada por Ley 4/1999-, y en los artículos 9.a) y 46-1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, así como en las normas concordantes de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y de
la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta
Judicial.
Madrid, 12 de noviembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden
de 28 de marzo de 2001, "Boletín Oficial del Estado" de 18 de
abril), el Secretario de Estado de Organización Territorial del
Estado, Gabriel Elorriaga Pisarik.
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