De conformidad con lo establecido en los artículos 9,
apartado 1.a), y 10, apartado 1, del Real Decreto 2378/1985, de 18
de diciembre, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado,
formarán parte del mismo un número determinado de Consejeros,
representantes de la enseñanza pública, nombrados por la Ministra
de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de sus centrales
y asociaciones sindicales más representativas.
Según dispone el artículo 12, apartado 1.d), del referido Real
Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del
Consejo por revocación del mandato conferido por las
organizaciones respectivas que los designaron.
Por otra parte, la propuesta que efectúen las centrales y
asociaciones sindicales mencionadas comprenderá la de los
Consejeros titulares y Consejeros sustitutos de los mismos, de
conformidad con lo que al respecto regula el artículo 11 del Real Decreto
2378/1985.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a
propuesta de A. N. P. E.-Sindicato Independiente, he dispuesto:
Primero.-El cese como Consejero titular y sustituto del Consejo
Escolar del Estado, por el grupo de Profesores de la enseñanza
pública, de los siguientes representantes:
Titular: Don José Manuel Dávila Sánchez.
Sustituto: Don Pedro Arce Díez.
Segundo.-El nombramiento como Consejero titular y sustituto
del Consejo Escolar del Estado, por el mismo grupo, de los
siguientes representantes:
Titular: Don Nicolás Fernández Guisado.
Sustituto: Don Isidro Regañas Cuesta.
Tercero.-El cese como Consejeros sustitutos del Consejo
Escolar del Estado, por el grupo de Profesores de la enseñanza pública,
de don Narciso Simón Galindo y de doña Araceli Balfagón Pérez.
Cuarto.-El nombramiento como Consejeros sustitutos del
Consejo Escolar del Estado, por el mismo grupo, de los siguientes
representantes:
Sustituto del Consejero titular don Daniel Lucendo Serrano:
Don Manuel Astariz Castro.
Sustituto del Consejero titular don Juan Miguel Molina Serrano:
Don Josep María Ferrán i Torrent.
Quinto.-El mandato de los Consejeros nombrados por la
presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la
que habrían de cesar los Consejeros, en cuyo lugar se les nombra,
de conformidad con la correlación asignada a los mismos en los
apartados anteriores, según lo previsto en los artículos 10.2 y
13 del Real Decreto 2378/1985, de 18 de diciembre.
Madrid, 22 de noviembre de 2002.
DEL CASTILLO VERA
Ilmo. Sr. Presidente del Consejo Escolar del Estado.
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