En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,
de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 41, de 16
de febrero) por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2002 y con el fin de atender las necesidades de personal
en la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15 de abril), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes
de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación
(código 5024), con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 46 plazas de
la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos
Públicos de Investigación (código 5024) por el sistema general de acceso
libre, entre ciudadanos con dominio del castellano, de acuerdo
con las especialidades y los destinos que figuran en el anexo I.
1.2 Del total de plazas se reservará un 3 por 100 para ser
cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de
modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública. Este cupo de reserva asciende
a dos plazas.
En consideración a la modalidad de la presente convocatoria
por especialidades, dicho cupo de reserva será aplicado en aquella
especialidad a la que concurra alguna persona con el grado de
discapacidad requerido, y en las condiciones previstas en la citada
disposición adicional de la Ley 23/1988, de 28 de julio. En el
supuesto de que superen las pruebas concursantes que acrediten
el grado de discapacidad requerido en número mayor al de plazas
reservadas, la reserva se aplicará al que obtuviese mayor
puntuación final.
1.3 A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3); la Ley
23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas
para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"
del 29); la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre acceso a
determinados sectores de la Función Pública de los nacionales
de los demás Estados Miembros de la Unión Europea ("Boletín
Oficial del Estado" del 24); el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado
("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril) y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
1.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados
en cada una de las especialidades, se efectuará de acuerdo con
la suma total de las puntuaciones obtenidas por éstos en los
ejercicios de que consta el proceso selectivo.
No se podrán declarar aprobados en el proceso selectivo a
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas
por especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que
contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
1.5 El procedimiento de selección de los aspirantes constará
sólo de fase de oposición.
1.6 La fase de oposición constará de los ejercicios
eliminatorios, que se desarrollarán en castellano, que a continuación se
indican:
1.6.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito,
en un plazo máximo de una hora, un cuestionario de cincuenta
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta, basado en las materias comunes a que hace referencia
el anexo II.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar
que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad
de los aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores
en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
1.6.2 Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por
escrito, en un plazo máximo de dos horas, de cinco preguntas
propuestas por el Tribunal relacionadas con el programa de cada
especialidad que figura en el anexo II.
1.6.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un
supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza
convocada de acuerdo con el programa que se recoge en el anexo
II de la presente convocatoria. Los opositores deberán realizar
por escrito un resumen del desarrollo y ejecución de la prueba
realizada.
El Tribunal señalará el tiempo máximo disponible para la
realización de la prueba, que no podrá superar en ningún caso cinco
horas.
1.7 Las Pruebas Selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario orientativo: El primer ejercicio se iniciará a
partir del mes de febrero de 2003. La duración máxima de la
fase de oposición será de seis meses a contar desde la fecha de
celebración del primer ejercicio.
1.8 El programa que ha de regir las pruebas selectivas en
cada especialidad, es el que figura en el anexo II de la presente
convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de
Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de
Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Bachiller superior, BUP,
Formación Profesional de segundo grado o equivalente. Los
estudios efectuados en Centros en el extranjero deberán estar ya
homologados.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no
deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada
por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial
del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen
en el Organismo Internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que
ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,
se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para
la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar
a tal calificación y participar en las pruebas de las que ha sido
eximido en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.
Tal renuncia deberá llevarse a cabo mediante escrito dirigido al
órgano convocante, que se acompañará a la instancia por la que
se solicita la participación en las pruebas selectivas
2.3 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas
selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus
solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación, y mantenerlos hasta el
momento de su toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid); en
la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina,
50, de Madrid); en el Instituto Nacional de Administración Pública
(calle Atocha, 106, de Madrid); en las representaciones
diplomáticas o consulares de España en el extranjero; en las sedes centrales
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano,
117, de Madrid); del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, de
Madrid); del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología
Agraria y Alimentaria (carretera de A Coruña, kilómetro 7,500, de
Madrid); del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos
Rosas, 23, de Madrid) y del Instituto Español de Oceanografía
(avenida de Brasil, 31, de Madrid).
A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional
de identidad o pasaporte.
Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni
concurrir a más de una especialidad.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y
Tecnología ". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar
Secretaría General de Política Científica.
En el recuadro número 15 se señalará "Ayudantes de
Investigación de OPIS", consignándose el código 5024 en el espacio
reservado para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se
consignará "L" (acceso libre).
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
En el recuadro número 20. Provincia de examen: se hará
constar "Madrid".
En el epígrafe número 24. "Títulos Académicos Oficiales" se
hará constar la titulación que se posee para participar en estas
pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.c) de esta
convocatoria.
En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará
constar expresamente la especialidad a la que concurre, elegida
de entre las propuestas en la presente convocatoria (ver anexo I).
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar para el órgano
convocante, hoja número 1 del modelo de solicitud) se hará en
los Registros Generales del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (calle de Serrano 117, 28071 Madrid); del Centro de
Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
(avenida de la Complutense 22, 28071 Madrid); del Instituto
Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
(carretera de A Coruña kilómetro 7,500, 28071 Madrid); del
Instituto Español de Oceanografía (avenida del Brasil 31, 28071
Madrid) y del Instituto Geológico y Minero de España (calle de
Ríos Rosas 23, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en
el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de
examen será de 12,26 euros que se consignará en el recuadro
destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la
tasa de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier
Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que
actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria,
sin que sea preciso indicar un número de cuenta corriente al efecto.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno
ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número
0182-9091-53-0201500751, abierta en el Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, con el título "Tesoro Público. Ministerio de Ciencia
y Tecnología. Tasa 28020. Derechos de examen" El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad
bancaria.
Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Asimismo estarán exentas las personas que figuren como
demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior
a la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la presente convocatoria, siempre que en este plazo no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubieran negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de
rentas superiores en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante
de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo.
En cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará mediante
una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos
documentos se deberán acompañar a la solicitud.
Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo
acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se
realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión
de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en
los 3 ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el pago
se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá
acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.
La falta de una justificación del abono de los derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2
3.4 Las solicitudes se dirigirán al ilustrísimo señor Secretario
general de Política Científica.
3.5 Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su
caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de
Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haber solicitado estos documentos deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.6 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, podrán solicitar expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
Estos requisitos también deberán ser cumplimentados, en su
caso, por los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, a que se refiere la base 1.2. Estos
aspirantes marcarán con una cruz la casilla que figura en el
recuadro 22, cuando opten por presentarse por el turno de reserva
de discapacitados.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de un
mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", declarando
aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación en este último caso de los mismos y de las respectivas
causas de exclusión e indicando los lugares en que se encuentra
expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y
excluidos. En esta lista deberán constar, en todo caso, los
apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad
o pasaporte. Además, se determinará fecha, lugar y hora de
celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el
mismo órgano que dictó la resolución, o directamente recurso
contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano
competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la
relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en
la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,
que se expondrán al público en el Ministerio de Ciencia y
Tecnología, en las sedes de los organismos públicos de investigación
dependientes del mismo, en la Dirección General de la Función
Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto
pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos
de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
por causa imputable al interesado.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas, estará
constituido en la forma que se determina en el anexo III de esta
convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,
la autoridad convocante hará público el nombramiento de los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas anteriores.
5.4 Previa convocatoria del Presidente y con la antelación
suficiente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia del
Presidente y Secretario, y la mitad, al menos, de sus miembros,
titulares o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en
su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos,
de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de
forma que los aspirantes con minusvalía gocen de las condiciones
adecuadas para la realización de los ejercicios. En este sentido
se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten
en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones posibles en
tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas
al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo
de plazas reservadas a personas con discapacidad para el
desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los
funcionarios de la Escala a que se opta, podrá recabar el
correspondiente dictamen del órgano competente del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente.
En este caso, hasta que se emita el dictamen, el aspirante podrá
participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en
suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión
en dicho proceso hasta la recepción del dictamen.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el
Tribunal tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid,
teléfonos (91) 585 52 65/5263.
5.9 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrán
la categoría segunda, de conformidad con lo establecido en el
artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
5.10 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que
el de plazas convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores de iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con
la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de fecha 18 de marzo de 2002 por la que se hace público
el resultado del sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002
("Boletín Oficial del Estado" de 2 de abril).
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del
segundo y tercer ejercicio se efectuará por el Tribunal, al menos,
en los locales donde se haya celebrado el primero, con veinticuatro
horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación
del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será
publicado en los locales donde se haya celebrado y por cualquier
otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante, poniendo en su conocimiento las
inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes
en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante
el órgano competente del orden jurisdiccional del
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
6.5 Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos
de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan
indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro
de Ciencia y Tecnología, en el plazo de un mes a partir del día
siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, y en el apartado 2 del artículo 14 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
7. Calificación de los ejercicios
7.1 Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos siendo
necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación
errónea se penalizará con 0,25 puntos.
7.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos siendo
necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.
7.3 Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos siendo
necesario obtener un mínimo de 5 para superarlo.
7.4 Al calcular el valor medio de las puntuaciones, en el
segundo y tercer ejercicio, se excluirá del cómputo de
puntuaciones la más alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda
ser excluida más de una máxima y una mínima.
7.5 En los tres ejercicios, la calificación se hará al término
de cada ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran
superado y sus puntuaciones.
7.6 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
tres ejercicios.
En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas
de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que
hubiese obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio. De
persistir el empate se acudirá a la puntuación del primero y tercero
ejercicio sucesivamente.
8. Lista de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal, y en aquellos otros que estime
oportuno, la relación de aprobados en cada especialidad, por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su número de
documento nacional de identidad o pasaporte.
El Presidente del Tribunal enviará una copia certificada de la
relación de aprobados a la autoridad convocante.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos
9.1 En el plazo de veinte días naturales contados desde el
día siguiente a aquel en que se publicaron las listas de aprobados
en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados deberán
presentar en los Registros Generales del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas (calle de Serrano, 117, 28071 Madrid); del
Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas (avenida de la Complutense, 22, 28071 Madrid); del
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaria (carretera de A Coruña, kilómetro 7,500, 28071 Madrid);
del Instituto Español de Oceanografía (avenida del Brasil, 31,
28071 Madrid) y del Instituto Geológico y Minero de España (calle
de Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid) o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de
identidad o pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.c)
o certificación académica que acredite su posesión. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán presentar
fotocopia compulsada de la credencial a que se refiere dicha base.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV
a esta convocatoria.
d) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
deberán presentar fotocopia compulsada del documento que
acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las
autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública, según el
modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
e) Los aspirantes extranjeros que no residan en España
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no
la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos
estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos
ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del Ministerio u organismo del que
dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten
en su expediente personal.
9.3 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen
de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
10. Nombramientos de funcionarios de carrera
y toma de posesión
10.1 Los candidatos propuestos por la autoridad convocante
serán nombrados funcionarios de carrera por el Secretario de
Estado para la Administración Pública, con especificación del destino
adjudicado. Los nombramientos serán publicados en el "Boletín
Oficial del Estado".
La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios
de carrera, se efectuará en el plazo de un mes a partir del día
siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el
"Boletín Oficial del Estado".
11. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las Resoluciones de los Tribunales, conforme a lo
previsto en la mencionada Ley.
Toda la información relativa a esta convocatoria está disponible
en la Web del Consejo Superior de Investigaciones Científicas:
www.csic.es.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 18 de noviembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden
de 30 de noviembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 5
de diciembre), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.
Ilmos. Sres. Subdirectora general de Recursos Humanos del
Ministerio de Ciencia y Tecnología y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Especialidades
Núm.
de
plazas
DestinoDenominación
Instrumentación analítica.
Técnicas y equipos.
CSIC- Ctro. N. de
Biotecnología.
1
CSIC-Insto. Biol. y Genét.
Molec. Valladolid.
1
CSIC-Insto. Bioquímic.
Vegetal y Fotosíntesis.
1
CSIC-Insto. Invest.
Biomédicas Madrid.
1
CSIC-Insto. Neurobiología "R.
y Cajal".
1
CSIC-Ctro. N. Invest.
Metalúrgicas.
1
CSIC-Ctro. Química "Lora
Tamayo".
1
CIEMAT.(Madrid). 1
IGME- Tres Cantos (Madrid). 2
Núm.
de
plazas
DestinoDenominación
Laboratorio y técnicas de
biología, química y
agroalimentación.
CSIC-Insto. de Historia.
CSIC-Insto. Biol. Mol. Y Cel.
Plantas "P.Yufera".
1
1
CSIC-Insto. Biología
Molecular Barcelona.
2
CSIC-Insto. Cardiovascular. 1
CSIC-Insto. Invest. Recursos
Cinegéticos.
1
CSIC-Estación Exp. la
Mayora.
1
CSIC-Estación Exp. del
Zaidín.
1
CSIC-Misión Biológica de
Galicia.
1
CSIC-Insto. Carboquímica. 1
CSIC-Insto. Tecnología
Química Valencia.
1
CIEMAT-Madrid. 1
INIA-S.D.G. Investigación y
Tecnología.
1
Experimentación vegetal y
agraria.
CSIC-Insto. Pirenaico de
Ecología.
1
CSIC-Ctro. Edafolog. y Biol.
Aplicada del Segura.
1
CSIC-Estación Exp. Aula Dei. 1
INIA-S.D.G. Investigación y
Tecnología.
1
Electrónica, automática y
ordenadores.
CSIC-Ctro. Investigaciones
Biológicas.
1
CSIC-Insto. Estruc. Materia
Madrid.
1
CSIC-Insto. Catálisis y
Petroleoquímica.
1
CIEMAT (Madrid). 2
CIEMAT (Soria). 1
Diseño, desarrollo y control de
instalaciones de equipos.
CSIC-Museo Nacional de
Ciencias Naturales.
1
CSIC-Insto. Ciencias
Materiales Aragón.
1
CSIC-Insto. Productos N. y
Agrobiol. de Canarias.
1
Laboratorio de geología. CSIC-Insto. Andaluz Ciencias
de la Tierra.
1
CSIC-Insto. Ciencias de la
Tierra "J. Almera".
1
Humanidades. CSIC-Insto. Arqueología de
Mérida.
1
Procesado y caracterización
de materiales.
CSIC-Insto. Óptica. 1
CSIC-Insto. Ciencias
Materiales Sevilla.
1
Experimentación
oceanográfico pesquera.
IEO-Subdirección Gral. de
Investigación.
5
ANEXO II
Materias comunes a todos los opositores
1. La Constitución Española de 1978. Características,
derechos fundamentales y libertades públicas.
2. La Administración General del Estado. Organización y
funcionamiento de la Administración.
3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Derechos y Deberes.
5. La selección de personal al servicio de las Administraciones
Públicas: Sistemas. Situaciones administrativas.
6. El Convenio Único.
7. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
8. El sistema de Ciencia y Tecnología en España. El Plan
Nacional de Investigación.
9. Los Organismos Públicos de Investigación. Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones
Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de
Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español
de Oceanografía e Instituto Geológico y Minero de España.
10. Los programas comunitarios de investigación. El V
Programa Marco.
11. Normas de trabajo en laboratorio. Nociones básicas de
manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Normas
de seguridad y prevención de riesgos.
12. Técnicas informáticas en laboratorio. Gestión y
mantenimiento de bancos de datos.
13. Nociones de estadística.
14. Redacción de informes.
15. Manejo y calibración de equipos de laboratorio.
16. Registro de resultados experimentales en cuadernos de
laboratorio.
17. Trazabilidad de experimentos.
18. Representación gráfica de resultados experimentales.
19. Uso de catálogos y relación con proveedores.
20. Planificación del mantenimiento de equipos e
instalaciones.
21. Medidas y cálculo de errores.
22. Almacenamiento de información. Concepto, evolución y
perspectiva.
23. Preparación de presentaciones con medios informáticos.
24. Reciclado de materiales y equipos de laboratorio.
25. Contaminación y degradación del medio ambiente
asociado a la actividad de laboratorio.
Programa de materias específicas
Especialidad: Instrumentación Analítica. Técnicas y Equipos
1. Leyes fundamentales de la materia. Cambios de estado.
Propiedades extensivas e intensivas. Ejemplos.
2. Estructura atómica y molecular. Determinación de fórmulas
empíricas y moleculares. Determinación de pesos moleculares a
partir de las fórmulas.
3. Ácidos y bases. Concepto de pH. Métodos de
determinación, electrodos selectivos de iones.
4. Métodos básicos de análisis químico. Preparación de
muestras. Métodos de pesada.
5. Cromatografía de gases y líquidos. Fundamentos básicos.
Preparación de muestras.
6. Análisis de imagen y Microscopia confocal. Fundamentos
básicos. Preparación de muestras.
7. Resonancia magnética nuclear. Fundamentos básicos.
Preparación de muestras.
8. Preparación de muestras para espectroscopia infrarroja.
Análisis de sólidos y líquidos.
9. Espectroscopia ultravioleta-visible. Fundamentos básicos.
Análisis de muestras.
10. Espectrometría de masas. Fundamentos básicos.
Preparación de muestras.
11. Acreditación de laboratorios de ensayo/calibración.
Normas ISO.
12. Buenas prácticas de Laboratorio. Normativa.
13. Técnicas ELISA.
14. Técnicas de Rayos X.
15. La centrifugación como técnica de laboratorio.
16. Microscopía electrónica de transmisión.
17. Microscopía electrónica de barrido.
18. Tomografía.
19. Informatización de equipos y manejo de datos de medida.
20. Protocolos de uso y mantenimiento de equipos.
Trazabilidad de medidas.
21. Microscopía óptica.
22. Equipos de análisis térmicos.
23. Equipos que utilizan radiaciones. Apantallamiento.
24. Estructura y composición de la célula eucariota animal
y vegetal.
25. Estructura y composición de la célula procariota animal
y vegetal.
Especialidad: Laboratorio y técnicas de biología, química
y agroalimentación
1. Leyes fundamentales de la materia. Cambios de estado.
Propiedades extensivas e intensivas.
2. Estructura básica de la célula eucariota y procariota.
3. Métodos básicos de análisis químico. Preparación de
muestras. Métodos de pesada.
4. Cromatografía de gases y líquidos. Fundamentos básicos.
Preparación de muestras.
5. Técnicas básicas de cristalización de proteínas.
6. Técnicas de extracción de ácidos nucleicos. Secuenciación
del ADN. Amplificación de Ácidos Nucleicos, PCR y RT-PCR.
7. Síntesis química. Principios básicos. Procedimientos
experimentales de aislamiento y purificación de compuestos químicos
en laboratorios.
8. Cultivos celulares. Cultivos primarios. Líneas estables.
Mantenimiento y conservación.
9. Preparación de reactivos y soluciones. Molaridad y
Normalidad de las soluciones.
10. Tipos de centrífugas. Técnicas de centrifugación.
11. Las plantas y animales transgénicos. Principios
fundamentales.
12. Utilización de instalaciones radiactivas y de bioseguridad.
13. Técnicas de conservación en tecnología de alimentos.
14. Tipos y aplicaciones de la electroforesis en gel.
15. Morfología y composición de los virus. Su clasificación.
Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e identificación.
16. Morfología y composición de las bacterias. Su
clasificación. Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e
identificación.
17. Morfología y composición de hongos y levaduras. Su
clasificación. Métodos de cultivo. Técnicas para su aislamiento e
identificación.
18. Reactividad catalítica. Test de reactividad y métodos de
análisis.
19. Técnicas espectroscópicas básicas para el análisis de
compuestos.
20. Principios básicos de experimentación animal. Técnicas
y procedimientos relacionados con la experimentación animal.
21. Mantenimiento de colecciones vegetales.
22. Métodos de propagación de plantas.
23. Cultivos bajo invernadero. Control de riegos.
24. Cultivos bajo condiciones controladas. Cámaras
climáticas.
25. Fertilización de plantas.
Especialidad: Experimentación vegetal y agraria
1. Técnicas relacionadas con la investigación animal.
2. Mantenimiento de colecciones vegetales.
3. Métodos de propagación de plantas.
4. Control de riegos.
5. Cultivos bajo invernadero.
6. Cultivos bajo condiciones controladas. Cámaras climáticas.
7. Fertilización de plantas.
8. Mantenimiento y gestión de fincas agropecuarias.
9. Mantenimiento y gestión de animalarios.
10. Aprovechamiento de residuos agrícolas.
11. Mantenimiento y gestión de invernaderos.
12. Plantas y animales transgénicos: Producción y control.
13. Técnicas de diagnóstico en patología vegetal y animal.
14. Utilización de residuos urbanos como enmendantes
agrarios. Compostaje de residuos.
15. Agricultura de secano y regadío.
16. Calidad del agua para riego: El agua como factor de
producción en agricultura.
17. Técnicas de producción ganadera y forestal.
18. Técnicas de recolección y preparación de muestras en
explotación vegetal y agraria.
19. Control de la producción animal.
20. Conservación de germoplasma vegetal.
21. Conservación de germoplasma animal.
22. Mantenimiento y catalogación de colecciones animales
y vegetales.
23. Control de nutrición de plantas y animales.
24. Utilización de instalaciones radioactivas y de bioseguridad.
25. Aprovechamiento del agua. Riego por goteo.
Especialidad: Electrónica, automática y ordenadores
1. Dispositivos electrónicos y optoelectrónicos.
2. Sistemas electrónicos.
3. Instrumentación electrónica: Fundamentos y técnicas.
4. Captura y procesamiento de datos experimentales.
5. Calibración de instrumentos electrónicos.
6. Programación de instrumentos y buses de control.
7. Arquitectura de computadores: Conceptos básicos.
8. Interconexiones y comunicaciones entre placas y circuitos
lógicos.
9. Fundamentos de control.
10. Técnicas de control en tiempo real.
11. Conceptos de electricidad y magnetismo. Campo
electromagnético.
12. Análisis de circuitos. Filtros eléctricos: Análisis y diseño.
13. Respuesta en frecuencia.
14. Dispositivos semiconductores: Diodos, transistores, BJT
y MOST.
15. Circuitos integrados. FPGAS.
16. Circuitos impresos.
17. Circuitos secuenciales y combinacionales. Familias lógicas.
18. Computadores analógicos y digitales.
19. Sensores y actuadores.
20. Convertidores A/D y D/A.
21. Microprocesadores y autómatas programables.
22. Instalación, configuración, administración y
mantenimiento de redes.
23. Diseño de circuitos electrónicos asistido por ordenador.
24. Robots.
25. Gestión y mantenimiento de aplicaciones de "software"
científico.
Especialidad: Diseño, desarrollo y control de instalaciones
y equipos
1. Técnicas generales de aplicación en el diseño gráfico.
2. Programas informáticos para el diseño de instalaciones
y equipos.
3. Producción de fluidos para investigación. Agua, gases,
vacío, aire a presión.
4. Gestión de residuos de la actividad investigadora.
5. Contaminación ambiental, fuentes de emisiones,
legislaciones de la UE.
6. Seguridad en laboratorios e instalaciones de investigación
y desarrollo. Factores de riesgo y condiciones de seguridad.
7. Técnicas analíticas. Gravimetría y volumetría. Aspectos
prácticos, instrumental, fuentes de error.
8. Técnicas analíticas instrumentales. Espectrofotometría
UV, espectroscopía IR, RMN y espectrometría de masas.
Fundamento y aplicaciones prácticas.
9. Fuentes de energía. Producción y almacenamiento.
10. Electrónica analógica y digital. Interfases de conversión
de datos.
11. Plantas piloto.
12. Instalaciones de laboratorio.
13. Fluidos y gases en los laboratorios. Distribución, pureza
y contaminación.
14. Mantenimiento de plantas e instalaciones.
15. Redes informáticas.
16. Automatización de procesos.
17. Implementación y mantenimiento de instalaciones de
distribución de comunicaciones.
18. Animalarios.
19. Invernaderos.
20. Climatización.
21. Sistemas de detección y extinción de incendios en
laboratorios e instalaciones.
22. Documentación de instalaciones y equipos: Acceso,
manuales, trazabilidad de operaciones.
23. Instalaciones eléctricas.
24. Salas limpias para equipos radiactivos, biológicos y
electrónicos.
25. Equipos de industria agroalimentaria.
Especialidad: Laboratorio de geología
1. La atmósfera y la meteorología.
2. Contaminación de aire y agua.
3. Hidrosfera. Aguas naturales. Sondeos y aforos, conceptos
básicos.
4. Técnicas de análisis de aguas naturales.
5. Tabla periódica de los elementos e isótopos.
6. La estructura de la tierra.
7. Rocas y minerales.
8. Los procesos geológicos.
9. Prospecciones y trabajo de campo. Toma de muestras.
10. Toma de muestras control remoto y/o automatizado.
11. Laboratorio y técnicas analíticas en geología.
12. Equipos e instrumentación de análisis en geología.
13. Informática aplicada a la geología.
14. Rocas sedimentarias y magmáticas.
15. Rocas industriales y ornamentales.
16. Mecánica de suelos. Mecánica de rocas.
17. Minerales. Clasificación y yacimientos.
18. Minerales y rocas radioactivas.
19. Procesos de extracción química de minerales.
20. Procesos de extracción física de minerales.
21. Carbón, petróleo y gas.
22. Volcanes y sismología.
23. Conceptos básicos de geodesia.
24. Nociones de cristalografía.
25. Nociones básicas sobre técnicas de preparación y estudio
de muestras paleontológicas.
Especialidad: Humanidades
1. Información y documentación científica. El proceso de
transferencia de la información científica. Fuentes de información.
Fuentes primarias y secundarias. El ciclo documental.
2. El análisis documental. La clasificación. Indización
mediante descriptores. Resúmenes. Clases de resúmenes.
3. Los lenguajes documentales. Técnicas tradicionales y
nuevas experiencias. Clasificaciones. Clasificaciones universales
y sectoriales.
4. Los lenguajes documentales. Normalización del
vocabulario. Glosarios, léxicos. Los tesauros: Construcción, evaluación
y uso. Clasificaciones versus tesauros.
5. Bases de datos documentales: Estructura de la
información, registros y campos. Tipología de las bases de datos.
6. La conservación de bienes arqueológicos.
7. Ingreso y registro de fondos arqueológicos: Fichas de
registro y libros de registro.
8. Gestión de fondos documentales vinculados a la actividad
arqueológica.
9. Fuentes de información en Ciencias Sociales y
Humanidades.
10. Catalogación de fondos de cultura material: Fichas de
catalogación.
11. La información científica en la red. Localización, acceso,
identificación. Recuperación de recursos en Internet.
12. Movimientos externos, internos y baja de fondos
arqueológicos: Exposiciones, y expurgo arqueológico.
13. Redacción de memorias arqueológicas.
14. Creación de portales especializados: Gestión de un portal
científico-técnico. Contenidos, diseño, actualización y
administración del mismo.
15. Documentación gráfica arqueológica. Planimetría y
dibujo de materiales. Tipos de soporte, registro y documentación.
16. El sistema español de I+D: Localización de información
y recursos vía web.
17. Gestión de yacimientos, parques arqueológicos y centros
de interpretación.
18. La documentación del territorio. Cartas arqueológicas.
19. Gestión y mantenimiento de aplicaciones de software
científico.
20. Arte y arquitectura hispanorromana.
21. Cerámica y cultura material andalusí.
22. Escultura y necrópolis prerromanas hispánicas.
23. Excavación arqueológica y método de registro "Harris".
24. Cronología absoluta y cronología relativa. Métodos
arqueométricos.
25. Arqueología: Tipología y fuentes epigráficas y
numismáticas.
Especialidad: Procesado y caracterización de materiales
1. Estructura atómica de la materia. Estructura del átomo
y Tabla Periódica.
2. Nociones básicas sobre enlace químico. Tipos de enlace.
3. Radiación electromagnética. Interacción de la radiación
electromagnética con los sólidos.
4. Técnicas básicas de determinación de la composición
química de materiales.
5. Fases cristalinas de materiales. Difracción de rayos X.
Preparación de muestras.
6. Propiedades básicas de los materiales y métodos de
estudio. Propiedades eléctricas, mecánicas, ópticas y magnéticas.
7. Materiales cerámicos y vidrios. Obtención y técnicas de
procesado.
8. Metales y aleaciones. Propiedades, aplicaciones y
técnicas de procesado.
9. Polímeros y Materiales compuestos. Propiedades,
aplicaciones y técnicas de procesado.
10. Materiales en forma de lámina delgada. Métodos de
preparación.
11. Diagramas de fase.
12. Crecimiento en fase vapor.
13. Crecimiento cristalino.
14. Materiales conductores, aislantes y semiconductores.
15. Propiedades ópticas de los materiales.
16. Caracterización óptica de materiales.
17. Métodos de caracterización eléctrica de materiales.
18. Métodos de caracterización térmica de materiales.
19. Aceleradores y grandes equipos para la caracterización
de materiales.
20. Microscopia óptica.
21. Microscopia electrónica.
22. Rayos X para la caracterización de materiales.
23. Métodos de análisis superficial de materiales.
24. Procesado de materiales por métodos electroquímicos.
25. Procesos de inyección.
Especialidad: Experimentación oceanográfico pesquera
1. La Oceanografía. Definición, división y objetivos. La toma
de muestras en Oceanografía: Significado e importancia.
2. Material fungible de uso más frecuente en los laboratorios
de análisis oceanográficos.
3. Aparatos utilizados para determinar las variables físicas
del mar. Descripción y uso de botellas, batitermógrafos, batisondas
y otros.
4. Medidas directas de corrientes. Aparatos y sistemas de
operación.
5. Las mareas. Generalidades. Aparatos para su medida.
Lecturas de mareogramas.
6. Oxígeno disuelto en agua de mar. Técnicas de
determinación.
7. Balanzas analíticas. Uso, manejo y mantenimiento.
8. Funciones de ayuda técnica en un laboratorio de química
analítica aplicada al medio marino. Tipos de datos y su
preparación.
9. Métodos y técnicas de prospección utilizados en Geología
marina. Muestreos directos e indirectos.
10. El plancton. Muestreos de fito y zooplancton. Redes,
botellas y otros aparatos, su utilización. Manejo y conservación de
muestras.
11. Funciones de ayuda técnica en muestreos de plancton
y producción primaria. Aparatos y su manejo. Tipos de datos y
su preparación.
12. El bentos. Metodología para su estudio en fondos rocosos
y fondos blandos. Manejo y conservación de muestras.
13. Utilización y conservación de lupas, microscopios y otro
material óptico.
14. Técnicas de determinación de clorofilas. Técnicas de
determinación de producción primaria con carbono 14.
Precauciones a tomar.
15. Cultivo de animales marinos. Técnicas generales y
especies cultivadas más importantes. Fases del cultivo. Organización
general de una planta de cultivos.
16. Funciones de ayuda en una planta de cultivo de peces.
Aparatos y su manejo. Tipo de datos y su preparación.
17. Campañas de investigación pesquera. Objetivos.
Adquisición, manejo y tratamiento de datos a bordo.
18. Funciones de ayuda técnica en una campaña de
investigación en prospecciones pesqueras por arrastres. Aparatos y su
manejo. Tipos de datos y su preparación.
19. Artes de pesca pelágica. Datos que deben recogerse a
bordo y en puerto en muestreos de pesca pelágica.
20. Artes de pesca demersal. Datos que deben recogerse a
bordo y en puerto en muestreos de pesca demersal.
21. Funciones de ayuda técnica en una campaña de
investigación en prospecciones pesqueras por métodos acústicos.
Aparatos y su manejo. Tipos de datos y su preparación.
22. Funciones de ayuda técnica en investigaciones sobre
maduración y fecundidad de peces. Obtención de muestras.
Metodología. Tallas de maduración. Aparatos.
23. Funciones de ayuda técnica de observadores a bordo de
un buque que realiza una marea de pesca comercial. Aparatos
y su manejo. Datos y su preparación.
24. Funciones de ayuda técnica en investigaciones en
crecimiento de peces. Obtención de muestras. Metodología. Aparatos
y su manejo. Claves talla/edad.
25. Procesamiento automático de datos
oceanográfico-pesqueros. Principales herramientas informáticas más utilizadas:
Bases de datos, hojas electrónicas y sistemas de tratamientos de
textos. Breve idea de su funcionamiento.
Especialidad: Fabricación y montaje en instalaciones de I+D
1. Técnicas generales de aplicación en el diseño gráfico.
2. Programas informáticos para el diseño de piezas y
equipos.
3. Estados de la materia. Propiedades fundamentales.
4. Estructura de la Materia. Átomos y Moléculas. El sistema
periódico.
5. Elementos químicos. Metales, no metales y metaloides.
6. Elementos químicos. Mezclas y Combinaciones.
7. Materiales estructurales. Metales y Aleaciones.
8. Elementos de Taller. Calibres de Medida.
9. Máquinas y Herramientas. Torno y Fresa.
10. Máquinas y Herramientas. Centros de Mecanizado.
11. Máquinas y Herramientas. Chapistería y Fundición.
12. Soldadura.
13. Equipos hidráulicos. Bombas y Compresores.
14. Equipos hidráulicos. Válvulas y acumuladores. Actuadores.
15. Componentes Eléctricos y Electrónicos. Elementos simples.
16. Equipos Electrónicos. Analógicos y Digitales.
17. Equipos Digitales. Calibración de Equipos.
18. Ensayos Mecánicos. Tipos de Ensayos y Probetas.
19. Plantas Piloto e Instalaciones.
20. Mantenimiento General. Instalaciones eléctricas.
21. Mantenimiento General. Instalaciones hidráulicas y
neumáticas.
22. Documentación. Generación de documentos técnicos y
planos.
23. Documentación. Gestión de Bases de datos.
24. Materiales de Taller. Almacén y Gestión.
25. Almacén. Soporte informático.
ANEXO III
Tribunal
Tribunal titular:
Presidente: Castellano Orozco, J. María. Titul. Sup. Insto. de
la Grasa.
Vocal: Cebrián Echarri, Marta. Titul. Técnico. Ctro. Invest.
Biológicas.
Vocal: Franco Fernández, Concepción. Técn. Fac. Sup. OO.AA.
IEO.
Vocal: Bueren Roncero, Juan. Invest. Titu. de OPIS. CIEMAT.
Secretaria: Paino Mirones, Cecilia. Gest. Empleo INEM. Organ.
Central (CSIC).
Tribunal suplente:
Presidente: De la Fuente Briz, Pilar. Téc. Sup. Espe. OPI. IGME.
Vocal.: López Moyano, M.a Victoria. Ayud Diplo. Insto. Quí.
Físi. Rocasolano.
Vocal: Gorostiza Murcia, Concepción. Cuerp. Supe. G. S. y
Técn. Admón. del Est. CIEMAT.
Vocal: García Rodríguez, Mariano. Técn. Fac. Sup. OO.AA.
IEO.
Secretaria: Pérez Santacruz, M. Eugenia. Gener. Adm. Admon.
Estado. Organ. Central (CSIC).
MATERIAS ESPECÍFICAS
Instrumentación analítica. Técnicas y equipos
Ureña Rodríguez, Dionisio. Ayud. Invest. Insto. Biolog.
Molecular.
Martín Rubí, Juan Antonio. Inves. Titu. OPI. IGME.
Laboratorio y técnicas de biología, química y agroalimentación
Arias Neira, M.a Luisa. Invest. Titulares OPIS. INIA-Servicios
Centrales.
Lapaz Jorge, Dolores. Ayu. Diplo. Ctro. Edaf y Biol. Apl-Segura.
Experimentación vegetal y agraria
Cal y Cortina, M.a Antonieta de. Invest. Titulares OPIS.
INIA-Servicios Centrales.
Martín Jiménez, Ángela. Titu. Téc. Insto. Agrobio. Galicia.
Electrónica, automática y ordenadores
Acosta Ruano, Blas José. Ayu. Diplo. Insto. Automática Indust.
Cordero Martín, Román. Tit. Técnico. Insto. Automática Indust.
Diseño, desarrollo y control de instalaciones de equipos
Pueyo Pérez, Encarnación. Titu. Sup. Insto. Ferment. Indust.
Huidobro Pérez-Villamil, M. Almudena. Titu. Téc. Insto. del
Frío.
Laboratorio de geología
Díaz Cusi, Jordi. Cient. Titu. Insto. Cien. de la Tierra J. Almera.
Maestro Garriga, M. Nieves. Ayud. Invest. Insto. Cien. del Mar.
Humanidades
Primo Peña, Elena. Tecn. Gest. OO.AA. Ctro. Infor. Doc. Cientí.
Baranda Ortiz, Piedad. Titu. Técn. Organ. Central. CSIC.
Procesado y caracterización de materiales
Escudero Baquero, Esther. Titu. Sup. Ctro. N. Invst.
Metalúrgicas.
Delgado Yustos, Dámaso. Ayud. Dipl. Insto. Cien. Tecnolo.
Polím.
Experimentación oceanográfico pesquera
Salat Umbert, Jorge. Titu. Sup. Insto. Ciencias del Mar.
Cubero Marqueda, M.a Paloma. Preparadores del IEO.
IEO-Serv. Centrales.
Fabricación y montaje de instalaciones de I+D
Cerrada Canales, Marcos. Invest. Titu.de OPIS. CIEMAT.
Jiménez Moreno, José M.a Titu. Sup. OO.AA. MCYT.
CIEMAT-Serv. Centrales.
ANEXO IV
Don/doña ...........................................................
domicilio en.............................................................
documento nacional de identidad número .................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala - ..........- Ayudantes de
Investigación de Organismos Públicos de Investigación, que no
ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas (*).
(*) En el supuesto contemplado en la base 9.1.c) se sustituirá "que
no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas"
por "que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal que
impida en.............................................................. el acceso
a la función pública" (nombre del país).
En ..............a ..... de ................. de 200 ...
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