Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 27 de diciembre de 2001.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 15 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Y de otra parte, la Honorable señora doña Irene Rigau Oliver, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña, nombramiento efectuado por el Decreto 300/1999, de 29 de noviembre, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, según lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación al artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña suscribieron, en fecha de 9 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación, 839/1996, de 10 de mayo que establece su estructura orgánica y la Orden de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Cataluña de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
En la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2001, y en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre de presupuestos de la C.A. de Cataluña, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la C.A. de Cataluña y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Adicional suscrito el 21 de diciembre de 2000, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo Adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Cataluña y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de Colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional» el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Cataluña incorporan, al Convenio de Colaboración de fecha 9 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.
La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2001, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de mil doscientos cuarenta y seis millones, novecientas veintisiete mil quinientas (1.246.927.500) pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.3131.452, ochocientos ochenta y dos millones, quinientas sesenta y seis mil cuatrocientas (882.566.400) pesetas, concepto 19.04.3131.457, ciento cuarenta y tres millones, setecientas diecinueve mil quinientas (143.719.500) pesetas, y concepto: 19.04.3131.750, doscientos veinte millones seiscientas cuarenta y un mil seiscientas (220.641.600) pesetas.
La Comunidad Autónoma de Cataluña y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de mil trescientos sesenta y cuatro millones, quinientas sesenta y cinco mil ochocientas once (1.364.565.811) pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2001, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en nombre y representación del Gobierno de la Nación, Juan Carlos Aparicio Pérez.‒La Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña en nombre y representación de la Comunidad Autónoma, Irene Rigau Oliver.
Comunidad Autónoma de Cataluña
C.A./C.L. ‒ Pesetas |
M.T. y A.S. ‒ Pesetas |
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Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452 | ||
Proyectos Mantenimiento: | ||
Barcelona. Residencia/Centro de Día «La Vemeda». | 50.917.823 | 50.917.823 |
Barcelona. Residencia/Centro de Día «Les Corts». | 117.019.529 | 83.832.972 |
Barcelona. Residencia/Centro de Día «Horta». | 87.156.202 | 87.156.201 |
Mollet del Valles (Barcelona). Residencia/Centro de Día «Sta. Rosa». | 93.415.696 | 93.415.695 |
Sant Feliu de Llobregart (Barcelona). Residencia/Centro de Día «Can Samarach». | 31.443.514 | 31.443.514 |
Sant Vicent de Castellet (Barcelona). Residencia/Centro de Día. | 69.680.845 | 69.680.844 |
Figueres (Girona). Residencia/Centro de Día «Els Ares». | 52.029.098 | 52.029.097 |
Campdevanol (Girona). Residencia Centro de Día. | 36.939.071 | 36.939.070 |
Bellpuig (Lérida). Residencia/Centro de Día. | 37.343.559 | 37.343.558 |
Balaguer (Lérida). Residencia/Centro de Día «Comtes d’Urgell». | 85.950.149 | 85.950.149 |
Tarragona. Residencia/Centro de Día «La Mercé». | 75.382.000 | 75.382.000 |
Proyectos de mantenimiento dirigidos a enfermos de Alzheimer y otras demencias: | ||
Barcelona. Residencia Centro de Día «La Verneda». | 43.549.381 | 43.549.381 |
Sant Feliu de Llobregat (Barcelona). Residencia/Centro de Día «Can Samaranch». | 26.893.247 | 26.893.247 |
Figueres (Girona). Residencia/Centro de Día «Els Ares». | 44.499.840 | 44.499.840 |
Campdevanol (Girona). Residencia Centro de Día. | 31.593.528 | 31.593.528 |
Bellpuig (Lérida). Residencia/Centro de Día. | 31.939.481 | 31.939.481 |
Total. | 915.752.963 | 882.566.400 |
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457 | ||
Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias: | ||
Barcelona. Centro de Día Alzheimer Centro Educacional. | 20.752.073 | 10.017.127 |
Barcelona. Centro de Día «Eixample». | 14.998.500 | 14.998.500 |
Barcelona. Residencia/Centro de Día Psicogeriátrica, paseig Universal. | 20.547.176 | 20.547.176 |
Barcelona. Asesoramiento a familias cuidadoras. | 2.600.000 | 2.600.000 |
Sta. Coloma de Gramanet (Barcelona). Residencia/Centro de Día Psicogeriátrica, «Torreribera». | 42.539.682 | 42.539.681 |
Mataró (Barcelona). Residencia/Centro de Día Psicogeriátrica. | 34.803.205 | 34.803.205 |
Sant Boi de Llobregat (Barcelona). Residencia/Centro de Día Psicogeriátrica. | 18.213.812 | 18.213.811 |
Total. | 154.454.448 | 143.719.500 |
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750 | ||
Proyectos Inversiones: | ||
Barcelona. Residencia/ Centro de Día. | 116.963.000 | 116.963.000 |
Sant Feliu de Llobregat (Barcelona). Residencia/Centro de Día. | 77.358.400 | 3.641.600 |
Proyectos de Inversiones dirigidos a enfermos de Alzheimer y otras demencias: | ||
Barcelona. Residencia/Centro de Día «Barceloneta». | 100.037.000 | 100.037.000 |
Total. | 294.358.400 | 220.641.600 |
Suma totales. | 1.364.565.811 | 1.246.927.500 |
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